Más Noticias
Ministerio Salud Pública reporta 731 casos coronavirus y un fallecimiento
Published
6 años agoon
By
LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud de la República Dominicana notificó 731 casos nuevos de coronavirus y un fallecimiento por esa causa.
Las cifras, que aparecen en el boletín número 267 de la Dirección General de Epidemiologia (DIGEPI), reflejan 829 contagios menos que el jueves, cuando fueron reportados 1,560.
El informe señala que en las últimas 24 horas fueron procesadas 7,414 pruebas, de las cuales fueron descartadas 626,435.
El total de muertos por COVID-19 en República Dominicana es de 2,359, el 32.60% de los cuales era hipertenso y el 20.81% diabético.
Entre los infectados hay 582 trabajadores de la salud, 295 embarazadas y 14,886 menores de 20 años.
Casos activos
Los casos activos son 31,216, para un acumulado de 152,452, mientras que 118,877 personas se han recuperado.
Ocupación hospitalaria
En el país hay disponibilidad de 2,808 camas para pacientes de COVID, de las cuales 842 están ocupadas (30%).
Hay disponibles 462 camas en unidades de cuidados intensivos, de las cuales 231 están ocupadas (50%), mientras que de 379 ventiladores disponibles en la red hospitalaria, hay 126 ocupados (33%).
Cifras de contagios y muertes por fechas
1 de Noviembre – 314 casos nuevos, 1 defunción
2 de Noviembre – 259 casos nuevos, cero defunciones
3 de noviembre – 256 casos nuevos, cero defunciones
4 de noviembre – 430 casos nuevos, dos defunciones
5 de noviembre – 546 casos nuevos, tres defunciones
6 de noviembre – 476 casos nuevos, una defunción
7 de noviembre – 345 casos nuevos, dos defunciones
8 de noviembre – 527 casos nuevos, dos defunciones
9 de noviembre – 421 casos nuevos, dos defunciones
10 de noviembre – 528 casos nuevos, cero defunciones
11 de noviembre – 134 nuevos contagios, cero defunciones
12 de noviembre – 371 nuevos contagios, cero defunciones
13 de noviembre – 918 nuevos contagios, cero defunciones
14 de noviembre — 671 nuevos contagios, dos defunciones
15 de noviembre – 499 nuevos contagios, 3 defunciones
16 de noviembre – 479 nuevos contagios, 1 defunción
17 de noviembre – 494 nuevos contagios, cero defunciones
18 de noviembre – 460 nuevos contagios, cero defunciones
19 de noviembre – 1026 nuevos contagios, cero defunciones
20 de noviembre – 601 nuevos contagios, tres defunciones
21 de noviembre – 986 nuevos contagios, dos defunciones
22 de noviembre – 640 nuevos contagios, dos defunciones
23 de noviembre – 419 nuevos contagios, una defunción
24 de noviembre – 282 nuevos contagios, dos defunciones
25 de noviembre – 567 nuevos contagios, dos defunciones
26 de noviembre – 1,258 nuevos contagios, dos defunciones
27 de noviembre – 855 nuevos contagios, cero defunciones
28 de noviembre – 876 nuevos contagios, cuatro defunciones
29 de noviembre – 820 nuevos contagios, dos defunciones
30 de noviembre – 515 nuevos contagios, una defunción
1 de diciembre — 314 nuevos contagios, dos defunciones
2 de diciembre — 895 nuevos contagios, una defunción
3 de diciembre — 812 nuevos contagios, una defunción
4 de diciembre — 671 nuevos contagios, ocho defunciones
5 de diciembre — 975 nuevos contagios, dos defunciones
6 de diciembre — 798 nuevos contagios, cero defunciones
7 de diciembre — 685 nuevos contagios, una defunción
8 de diciembre — 492 nuevos contagios, una defunción
9 de diciembre — 531 nuevos contagios, tres defunciones
10 de diciembre — 1,560 nuevos contagios, ocho defunciones
11 de diciembre — 731 nuevos contagios, una defunción
almomento.net
Más Noticias
A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.
Published
13 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).
El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.
La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.
En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.
Más Noticias
Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal
Published
14 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.
El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.
Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.
El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.
Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.
Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.
En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.
Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.
Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.
La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.
El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.
Más Noticias
Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.
Published
14 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en meses, segun denuncia de muchos afectados.
Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.
La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.
Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.
Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.
Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.
Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.
Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.
«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.
La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.
«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.
El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.
Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.
Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.
«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.
El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.
El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.
Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.
Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.
«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.
La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.
Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.
Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.
