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ONG frente al sistema bancario: controles para abrir cuentas se convierten en una carrera de obstáculos
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3 semanas agoon
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Elba GarcíaAsociaciones sin fines de lucro denuncian un proceso cada vez más riguroso para acceder al sistema financiero, mientras los bancos justifican sus controles en las normas contra el lavado de activos y la obligación de conocer el origen y destino de los fondos
Por Elba García
Constituir legalmente una asociación sin fines de lucro en la República Dominicana, obtener su reconocimiento jurídico y registrarla ante las autoridades fiscales no siempre garantiza que la organización pueda comenzar de inmediato a manejar sus recursos a través del sistema financiero.
Para numerosas fundaciones, asociaciones comunitarias, organizaciones religiosas, culturales, deportivas y de asistencia social, la apertura de una cuenta bancaria puede convertirse en un proceso caracterizado por solicitudes sucesivas de documentos, verificaciones sobre sus miembros directivos, preguntas sobre el origen de los fondos, identificación de donantes, descripción de proyectos y evaluaciones internas cuyo resultado no siempre es inmediato.
La situación plantea un debate que va más allá de una simple relación entre un banco y su cliente: ¿hasta qué punto los controles excesivos para prevenir el lavado de activos pueden convertirse en una barrera para organizaciones creadas precisamente para realizar actividades de interés social?
Las asociaciones sin fines de lucro tienen personalidad jurídica
En República Dominicana, las asociaciones sin fines de lucro se encuentran reguladas principalmente por la Ley núm. 122-05 sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) define estas organizaciones como asociaciones constituidas para desarrollar actividades de bien social o interés público, sin perseguir la distribución de beneficios económicos entre sus miembros.
Una organización constituida conforme a la normativa correspondiente puede obtener su incorporación, su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y cumplir con las obligaciones fiscales previstas para este tipo de entidades.
Para la inscripción en el RNC, la DGII exige, entre otros documentos, el formulario correspondiente, el certificado o resolución de registro emitido por la Procuraduría General de la República y, cuando corresponda, documentación relativa al nombre comercial.
Sin embargo, cuando la entidad llega al banco, comienza otra fase de comprobaciones.
¿Qué pueden exigir realmente los bancos?
Contrario a lo que ocurre en la actualidad en los principales bancos del pais, cuya interpretación sobrepasa su condicion de sujeto obligado para sustituir el mandato de la ley que crea las entidades sin fines de lucro, la que no dispone de una prohibición general que impida que éstas puedan abrir cuentas bancarias, sobre todo si han cumplido con todas las formalidades de ley.
Lo que sí existe es un régimen reforzado de conocimiento del cliente y debida diligencia.
El Instructivo sobre Debida Diligencia de la Superintendencia de Bancos, aprobado mediante la Circular SB núm. 005/22, contempla específicamente a las asociaciones sin fines de lucro, organizaciones no gubernamentales y asociaciones civiles de naturaleza caritativa o religiosa.
La normativa permite a las entidades financieras requerir información detallada sobre la organización, incluyendo su nombre, domicilio, objetivos, áreas de actuación, proyectos desarrollados o en ejecución y, especialmente, el origen de los fondos destinados a financiar sus actividades, pero jamás estos deben convertirse en un escollo para organizaciones que ya se han sometido a las exigencias de la ley sobre la materia.
También contempla la identificación de asociados, miembros de la asamblea, integrantes de la junta o consejo directivo y otras personas vinculadas a la administración de la organización.
Una larga lista de documentos
Entre los documentos que pueden formar parte de la debida diligencia figuran:
la resolución de incorporación emitida por la Procuraduría General de la República; los estatutos debidamente certificados; el acta de la Asamblea General Constitutiva; la nómina de miembros; el acta mediante la cual fue elegida la junta directiva vigente; y la resolución o acta del órgano correspondiente autorizando expresamente la apertura de la cuenta bancaria y designando las personas que tendrán firmas autorizadas.
Esto significa que buena parte de los requerimientos bancarios tiene una base regulatoria.
La controversia aparece cuando, además de estos documentos, las organizaciones reciben solicitudes sucesivas, exigencias adicionales o períodos prolongados de evaluación que dificultan conocer cuándo concluirá el proceso.
El origen de los fondos está bajo especial vigilancia
Uno de los aspectos centrales para las instituciones financieras es determinar de dónde procederá el dinero que recibirá la organización.
Las ONG pueden manejar fondos provenientes de donaciones nacionales e internacionales, cooperación extranjera, aportaciones privadas, subvenciones estatales, organismos multilaterales, actividades de recaudación y otros mecanismos legítimos.
Precisamente por esa diversidad de fuentes, el sistema de prevención de lavado de activos obliga a las instituciones financieras a analizar el perfil de la entidad y la naturaleza de sus operaciones.
La Superintendencia de Bancos mantiene vigentes disposiciones relacionadas con la evaluación del origen de los fondos y los beneficiarios finales dentro de los procesos de debida diligencia.
Por tanto, preguntar quién aporta los recursos, de dónde proceden, cuáles serán los montos aproximados de movimientos o qué proyectos serán financiados no constituye, por sí solo, una actuación irregular.
El problema está en la proporcionalidad
El desafío surge cuando una política diseñada para administrar riesgos termina funcionando, en los hechos, como una forma de exclusión financiera.
Una pequeña asociación comunitaria que maneja recursos modestos no necesariamente presenta el mismo nivel de riesgo que una organización que recibe millones de dólares desde múltiples jurisdicciones internacionales.
El principio que debería prevalecer es precisamente el enfoque basado en riesgo.
No todas las asociaciones presentan las mismas características y, por tanto, las medidas de debida diligencia deberían guardar proporcionalidad con el perfil, volumen de operaciones, procedencia de los recursos y naturaleza de las actividades de cada cliente.
Tratar automáticamente a toda organización sin fines de lucro como una entidad de alto riesgo puede generar consecuencias contrarias a los propios objetivos de transparencia que persigue el sistema.
Sin cuenta bancaria también resulta difícil cumplir con el Estado
Existe además una paradoja.
El Estado exige transparencia financiera a las asociaciones sin fines de lucro.
La DGII establece entre sus obligaciones la presentación de informaciones sobre ingresos, desembolsos y movimientos de las cuentas bancarias, además de datos relativos a miembros y beneficiarios finales.
Para determinados procedimientos fiscales y exenciones también pueden solicitarse movimientos bancarios e informaciones sobre donaciones internacionales recibidas por las asociaciones.
Por consiguiente, el acceso al sistema bancario no constituye únicamente una comodidad para estas organizaciones.
Es una herramienta necesaria para garantizar trazabilidad, transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento tributario.
Cuando una organización legalmente constituida tiene dificultades excesivas para obtener una cuenta bancaria, puede verse obligada a retrasar proyectos, recibir recursos de manera limitada o incluso recurrir temporalmente a mecanismos menos eficientes para administrar sus fondos.
Y eso puede producir justamente el efecto contrario al perseguido por las normas de prevención.
Bancarizar también significa transparentar
Mientras mayor sea el número de operaciones que pasan formalmente por el sistema financiero, mayor capacidad existe para identificar su origen, destino y beneficiarios.
Por eso, una política pública efectiva contra el lavado de activos no debería limitarse a imponer controles.
También debe procurar que las organizaciones legítimas puedan incorporarse al sistema financiero mediante procedimientos claros, proporcionales y predecibles.
La propia Superintendencia de Bancos ha desarrollado durante los últimos años políticas destinadas a ampliar la inclusión financiera y, en julio de 2026, actualizó los lineamientos de vinculación digital para permitir que personas físicas y jurídicas puedan contratar productos y servicios financieros mediante procesos de onboarding digital.
La inclusión financiera y la prevención del lavado de activos no tienen por qué ser objetivos incompatibles.
¿Puede un banco negarse a abrir una cuenta?
Las entidades financieras tienen responsabilidad sobre los riesgos que asumen y deben evaluar individualmente las relaciones comerciales que establecen.
Esto significa que la presentación de los documentos constitutivos de una ONG no produce automáticamente un derecho incondicional a que cualquier banco apruebe una cuenta sin realizar sus controles internos.
Sin embargo, existe una diferencia importante entre una evaluación de riesgo legítima y una política indiscriminada que excluya de hecho a una categoría completa de organizaciones.
Si una asociación se encuentra debidamente incorporada, cuenta con RNC, identifica a sus directivos y firmantes, explica el propósito de la cuenta y puede justificar razonablemente el origen de sus recursos, el proceso de evaluación debería desarrollarse bajo parámetros objetivos y proporcionales.
La ausencia de información clara acerca de cuáles documentos faltan, las solicitudes repetidas de información ya entregada o los procesos que se prolongan indefinidamente pueden afectar la seguridad jurídica del usuario financiero.
El impacto alcanza a las comunidades
Las consecuencias no recaen únicamente sobre los directivos de una fundación.
Una cuenta bancaria puede ser indispensable para recibir una donación destinada a medicamentos, ejecutar un proyecto educativo, financiar un programa deportivo, ayudar a personas vulnerables, recibir cooperación internacional o administrar recursos destinados a comunidades de escasos ingresos.
Por eso, cuando una organización legítima queda durante semanas o meses sin acceso al sistema financiero, también pueden verse perjudicados los ciudadanos que dependen de sus programas.
Las asociaciones sin fines de lucro forman parte del tejido social dominicano y realizan actividades que, en muchos casos, complementan las acciones del Estado.
El reto: control sin exclusión
La lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otras operaciones ilícitas exige controles estrictos.
Nadie razonablemente puede defender un sistema bancario en el que organizaciones ficticias puedan abrir cuentas y movilizar grandes cantidades de dinero sin explicar su procedencia.
Pero el extremo contrario tampoco es conveniente.
Un modelo en el cual cada organización legítima sea sometida a obstáculos desproporcionados puede incentivar la informalidad, retrasar programas sociales y debilitar la inclusión financiera.
La solución parece estar en establecer procedimientos más transparentes: listas uniformes de documentos básicos, plazos razonables de evaluación, mecanismos claros para subsanar expedientes y explicaciones suficientes cuando existan impedimentos relacionados con la debida diligencia.
Una necesaria reflexión
La pregunta que debería hacerse el sistema financiero dominicano no es si debe controlar a las asociaciones sin fines de lucro.
Debe hacerlo.
La verdadera interrogante es cómo hacerlo sin impedir que organizaciones legítimas tengan acceso a los instrumentos financieros indispensables para cumplir precisamente con las obligaciones de transparencia que el Estado les exige.
Prevención y apertura no son conceptos incompatibles.
Los bancos necesitan saber quién está detrás de una organización, de dónde procede su dinero y para qué será utilizado.
Pero las asociaciones que cumplen con la ley también necesitan reglas claras, procesos previsibles y respuestas oportunas.
En un Estado que promueve la formalización, la transparencia y la inclusión financiera, la debida diligencia debe servir para separar las operaciones legítimas de las sospechosas, no para convertir la apertura de una cuenta bancaria en una barrera infranqueable para todo un sector de la sociedad civil.
La Licenciada Elba Rosa García Hernández es abogada, comunicadora y activista social dominicana, con base en Santiago de los Caballeros. Es cofundadora de la firma legal "La Ley & Usted" y ejerce como litigante especialista en derecho civil, inmobiliario, penal y electoral y además se desempaña como jefa de información del periódico digital larepublicaonline.com, quien además es egresada de Derecho, Mercadeo y Secretario Ejecutivo de las universidades Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y Abierta para Adultos (UAPA). Cuenta con formación en derecho inmobiliario, periodismo digital y marketing. Litiga casos complejos y se desempeña como consultora legal para diversas empresas corporativas. Es reconocida por su participación como panelista y comunicadora en plataformas digitales, donde analiza temas de relevancia jurídica, política y derechos humanos. Ha sido reconocida por su liderazgo y servicio social en la República Dominicana.
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Los pesticidas en los alimentos son un riesgo invisible para la salud humana y un desafío para el Estado en R. D.
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2 días agoon
septiembre 28, 2026Es un problema que está presente todos los días sobre nuestras mesas con los productos agrícolas que consumimos como tomates, lechugas, ajíes, pepinos, plátanos, frutas, vegetales, entre otros.
Por Elba García
Estos productos son asociados con una alimentación saludable, pero detrás de cada uno de ellos existe una pregunta que pocas veces se hace el consumidor, como qué cantidad de pesticidas fue utilizada durante su producción y cuántas de esas sustancias podrían permanecer en el alimento que finalmente consumimos.
El uso de plaguicidas, insecticidas, herbicidas y fungicidas forma parte de la agricultura moderna, a los fines de combatir insectos, hongos, malezas y otras amenazas capaces de destruir plantaciones enteras.
Por tanto, el problema no está necesariamente en utilizar productos fitosanitarios autorizados, sino también en que el verdadero peligro aparece cuando se utilizan productos prohibidos en una sociedad sin controles eficientes y donde se aplican dosis superiores a las permitidas, se mezclan sustancias incorrectamente o no se respeta el periodo que debe transcurrir entre la última aplicación y la cosecha.
La Organización Mundial de la Salud advierte que los pesticidas pueden ser potencialmente tóxicos para los seres humanos y producir efectos agudos o crónicos dependiendo del producto, la dosis y la forma de exposición y ya en el país ha habido secuelas en este sentido.
El mayor riesgo comienza en el campo, donde los primeros expuestos son los propios trabajadores agrícolas, porque quien prepara el producto, quien llena una mochila de fumigación, quien aplica el químico, quien permanece dentro de la plantación y también las personas que viven cerca de áreas donde se realización las aplicaciones sufre una mayor exposición, especialmente cuando no utilizan correctamente guantes, mascarillas, ropa protectora y demás equipo de seguridad.
Según la OMS, entre sus posibles manifestaciones pueden encontrarse irritaciones de piel y ojos, mareos, náuseas, vómitos, dificultades respiratorias y alteraciones neurológicas, dependiendo de la sustancia involucrada y de la cantidad recibida, pero peor aún se corre el riesgo de padecer de enfermedades catastróficas como cáncer
La misma OMS señala que determinadas exposiciones elevadas o prolongadas a pesticidas pueden relacionarse, según la sustancia, con efectos además sobre el sistema nervioso, la reproducción y otros problemas de salud, las cuales en algún momento provocaron prácticamente una epidemia de cirrosis hepática en el país.
Sin embargo, no todos los pesticidas pueden colocarse bajo una misma categoría de riesgo, ya que cada sustancia posee características toxicológicas diferentes.
El problema abordado en este reportaje toma otra dimensión cuando los productos del campo llegan a la mesa del consumidor, lo que indica que el riesgo no termina necesariamente cuando concluye la fumigación.
Porque una parte de los productos utilizados puede permanecer como residuo en frutas, verduras, cereales y otros productos agrícolas, lo que motiva que haya los llamados límites máximos de residuos, conocidos como LMR.
Estos límites establecen cuánto residuo de una sustancia puede permanecer legalmente en determinado alimento, lo cual en la República Dominicana se dispone de una base oficial máxima de los mismos que contempla diferentes principios activos y los compara, entre otros parámetros, con estándares del CODEX Alimentarius, Estados Unidos y la Unión Europea.
La OMS y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura evalúan periódicamente pesticidas y establecen parámetros científicos destinados a determinar niveles de exposición considerados aceptables para los consumidores.
En el informe conjunto correspondiente a 2025 fueron evaluados 38 pesticidas, incluyendo aspectos de toxicología y exposición alimentaria, lo cual permite establecer que la presencia de un residuo de pesticida en un alimento no significa automáticamente que ese producto es peligroso.
Realmente el riesgo depende de cuál sustancia está presente, y fundamentalmente, de su concentración y del nivel de exposición del consumidor, ya que el problema aparece cuando los residuos superan los límites de seguridad establecidos.
El principal desafío en esta materia ocurre cuando falla el control en muchos países agrícolas, porque no basta con establecer normas, dado que es necesario comprobar que realmente se cumplen.
Un sistema efectivo necesita vigilancia desde la importación y comercialización del pesticida hasta su utilización en la finca y además necesita de agricultores capacitados, y registros de los productos utilizados, lo cual no es tan fácil en el país por los bajos niveles de fiscalización y control del Estado.
De igual modo se imponen inspecciones, laboratorios, toma periódica de muestras, análisis de frutas y vegetales, control de los establecimientos que comercializan agroquímicos, a los fines de promover sanciones cuando se detecten prácticas que puedan poner en peligro la salud humana o el medio ambiente.
La propia Organización Mundial de la Salud sostiene que, debido a que los pesticidas son sustancias intrínsecamente tóxicas utilizadas deliberadamente en el ambiente, su producción, distribución y aplicación requieren regulación estricta, además del monitoreo periódico de residuos en alimentos y en el medio ambiente.
En República Dominicana no existe un marco de regulación y vigilancia de plaguicidas eficiente, pese a que en el 2024 el Ministerio de Agricultura dijo que actualizó disposiciones relacionadas con el registro de los mismos y reafirmó su responsabilidad de supervisar los productos que se formulan, comercializan, utilizan o aplican en territorio dominicano, procurando reducir los riesgos para la salud y el medio ambiente.
En la teoría, aunque no en la práctica, también existen programas oficiales para el monitoreo de residuos en frutas y vegetales nacionales e importados, pese a que el funcionario competente regularmente insiste en la existencia de control.
De cualquier modo, la interrogante al respecto debe versar sobre si son suficientes la vigilancia, la frecuencia de análisis, la capacidad de fiscalización y la educación de todos los productores para garantizar que cada producto agrícola que llega al consumidor cumpla con los niveles establecidos.
Pero si se profundizara la discusión sobre este particular, necesariamente habría que decir que, de acuerdo con un informe de monitoreo divulgado por el Ministerio de Agricultura fueron analizadas 1,188 muestras de frutas y vegetales, de las cuales el 97 por ciento se encuentra conforme con los parámetros técnicos utilizados, mientras que solo una proporción reducida presentó residuos que excedían los niveles establecidos.
De ser como lo plantea el órgano oficial y competente, entonces podría decirse por qué los controles son necesarios, porque cuando la mayoría de las muestras cumple, basta la existencia de productos fuera de los parámetros.
Hay otra realidad que preocupa y es cuando un producto sale del país hacia mercados internacionales, el mismo debe enfrentarse a controles establecidos por los compradores, como los Estados Unidos y la Unión Europea, quienes aplican limites específicos de residuos de pesticidas.
Otro informe que habría que determinar su efectividad es que el Ministerio de Agricultura dijo que reforzó en zonas fronterizas dominicanas medidas que incluían monitoreo de residuos de plaguicidas en productos destinados a exportación hacia Estados Unidos y Europa, lo cual plantea otra pregunta.
¿Debe existir el mismo nivel de vigilancia sobre los alimentos destinados al mercado dominicano que sobre aquellos destinados a la exportación?
La respuesta desde el punto de vista de la salud pública debería conducir a un principio fundamental:
el consumidor dominicano merece los mismos niveles de inocuidad y seguridad alimentaria.
También sería un error generar la percepción de que consumir frutas y vegetales representa automáticamente un peligro, aunque hay una gran diferencia de los productos destinados a la exportación y los que se comercializan en el mercado local.
Aunque la Organización Mundial de la Salud explica que la población general normalmente está expuesta a niveles mucho menores de pesticidas que los trabajadores que los manipulan directamente, el consumidor al final de la jornada resulta ser el más perjudicado por la existencia del elemento cuantitativo.
Además, la evaluación científica internacional busca precisamente establecer límites que permitan utilizar determinados productos agrícolas sin representar riesgos inaceptables para el consumidor.
El problema surge con el uso incorrecto.
Cuando se aplica más cantidad de la recomendada.
Cuando se fumiga demasiado cerca de la cosecha.
Cuando alguien utiliza sustancias no autorizadas.
Cuando los trabajadores manipulan productos sin protección.
Cuando se contaminan fuentes de agua.
O cuando los mecanismos de vigilancia no detectan a tiempo las irregularidades.
No obstante, también debe decirse que el consumidor también puede adoptar algunas medidas básicas, como la recomendación de la Organización Mundial de la Salud de que se debe lavar adecuadamente frutas y vegetales, y, cuándo es apropiado para determinados alimentos, pelarlos.
Estas medidas pueden contribuir a disminuir ciertos residuos superficiales y otros contaminantes microbiológicos, pero algo debe quedar claro que la responsabilidad principal no puede recaer sobre quien compra los alimentos, porque debe entenderse que el consumidor no cuenta con un laboratorio en su casa, lo que imposibilita si una lechuga contiene determinado pesticida.
Es decir, que no puede determinar con mirar un tomate qué producto químico fue utilizado hace algunos días, pero esta inocuidad alimentaria depende fundamentalmente de controles anteriores a la comercialización.
El gran reto de la República Dominicana como un país con una importante actividad agrícola es que miles de familias viven de la producción de frutas, vegetales, arroz, plátanos, café, cacao, habichuelas y otros productos y que se hace necesario protegerla.
Pero también es necesario proteger a quienes trabajan la tierra y a quienes consumen sus productos, por lo que el problema debe trascender el debate del uso o no de pesticidas, sino qué productos se usan y en qué cantidades.
Además, ¿quién supervisa su aplicación?
¿y si se respetan los tiempos antes de cosechar?
¿con qué frecuencia se analizan los alimentos que llegan a nuestros mercados?
¿qué ocurre cuando un producto supera los límites permitidos?
¿se informa al consumidor?
Porque si bien es cierto que es de primer orden garantizar alimentos suficientes, también es fundamental que los mismos sean seguros, porque en una sociedad donde cada día millones de personas consumen productos provenientes directamente de la agricultura, controlar adecuadamente los pesticidas no debe ser considerado solamente un asunto del campo, sino que se trata de un asunto de salud pública.
Es una cuestión ambiental.
Es un asunto de seguridad alimentaria.
Y, sobre todo, es una responsabilidad que comienza en la finca…
pero termina en la mesa de cada familia dominicana.
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Peregunta obligada del momento ¿Qué pesa más en la sociedad dominicana: el miedo o la vergüenza?
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1 semana agoon
septiembre 23, 2026Por Elba García
En la sociedad dominicana existen sentimientos que, aunque muchas veces permanecen ocultos, condicionan decisiones personales, familiares y hasta colectivas. Dos de ellos tienen una presencia particularmente fuerte: el miedo y la vergüenza.
Miedo a denunciar una injusticia. Miedo a perder el empleo. Miedo a enfrentar a quien tiene poder. Miedo a las consecuencias de hablar.
Pero también vergüenza: de reconocer dificultades económicas, de admitir que se sufre violencia, de pedir ayuda, de aceptar un fracaso o de revelar una realidad que no coincide con la imagen que se proyecta ante los demás.
De ahí surge una pregunta que merece una reflexión profunda: ¿qué pesa más en la sociedad dominicana, el miedo o la vergüenza?
El peso del “qué dirán”
Durante generaciones, en numerosos hogares dominicanos se ha repetido una expresión aparentemente sencilla, pero cargada de significado: “¿Qué va a decir la gente?”
La frase forma parte de una cultura en la que la valoración social puede llegar a influir considerablemente sobre las decisiones individuales. Cuando una persona comienza a organizar su vida pensando permanentemente en la opinión de los demás, la vergüenza deja de ser un sentimiento pasajero y puede convertirse en una forma de presión social.
De ahí que algunas personas aparenten una estabilidad económica que realmente no poseen, permanezcan en relaciones profundamente deterioradas para evitar comentarios o escondan conflictos familiares, adicciones, violencia, problemas financieros y otras situaciones que consideran vergonzosas.
En determinadas circunstancias, la apariencia termina ocupando un lugar más importante que la propia realidad.
No se trata únicamente de preservar la intimidad, algo legítimo y necesario, sino de analizar hasta qué punto el temor al juicio social impide reconocer problemas que requieren atención.
El miedo también impone silencio
Junto a la vergüenza aparece otra fuerza igualmente poderosa: el miedo.
Una persona puede conocer una irregularidad y decidir no denunciarla por temor a las consecuencias. Un trabajador puede considerar injusta una situación laboral y guardar silencio porque necesita conservar su empleo. Una víctima puede tardar meses o años en hablar porque teme represalias.
También puede ocurrir que un ciudadano prefiera no enfrentarse a una persona con poder político, económico o social porque entiende que hacerlo podría ocasionarle problemas.
En esos casos, el silencio no necesariamente significa indiferencia, conformidad o complicidad.
Muchas veces significa miedo.
Ese temor adquiere especial relevancia cuando comienza a limitar la participación ciudadana, la denuncia de abusos, la búsqueda de justicia o la capacidad de reclamar derechos.
Una sociedad en la que amplios sectores sienten que hablar puede tener consecuencias negativas corre el riesgo de normalizar situaciones que deberían ser cuestionadas.
Cuando miedo y vergüenza se encuentran
La situación se vuelve todavía más compleja cuando ambos sentimientos aparecen simultáneamente.
Una persona que sufre violencia puede sentir miedo de su agresor y, al mismo tiempo, vergüenza de contar lo que está viviendo.
Una familia con graves dificultades económicas puede temer perder su vivienda, pero también experimentar vergüenza de solicitar ayuda.
Una persona víctima de una estafa puede callar no solamente por temor a las consecuencias, sino porque le cuesta reconocer públicamente que fue engañada.
En esos escenarios, miedo y vergüenza dejan de competir.
Se convierten en aliados del silencio.
Ese silencio puede prolongar situaciones dolorosas, impedir la búsqueda de ayuda y mantener ocultos problemas que, con una intervención oportuna, podrían enfrentarse de otra manera.
¿Cuál pesa más?
No existe una respuesta única aplicable a toda la sociedad dominicana.
El miedo suele aparecer cuando una persona percibe que hablar, actuar o enfrentarse a determinada situación podría producirle consecuencias negativas.
La vergüenza, en cambio, guarda una relación más directa con la mirada ajena: con la posibilidad de ser juzgado, señalado, ridiculizado o rechazado.
Existe, sin embargo, una diferencia importante.
El miedo puede impedir que una persona actúe; la vergüenza puede impedir incluso que reconozca públicamente lo que le está ocurriendo.
Cuando una sociedad concede una importancia excesiva a las apariencias, al prestigio y al “qué dirán”, muchos problemas terminan escondidos detrás de una imagen de normalidad.
La dificultad no consiste en sentir miedo o vergüenza, porque ambos son sentimientos humanos. El verdadero problema aparece cuando comienzan a gobernar las decisiones de las personas.
Las redes sociales y la nueva cultura de la apariencia
Las redes sociales han añadido una dimensión distinta a este fenómeno.
Nunca como ahora había existido una exposición tan permanente de la vida privada. Fotografías de viajes, vehículos, celebraciones, relaciones aparentemente perfectas, éxitos profesionales y estilos de vida cuidadosamente seleccionados forman parte de una vitrina digital que millones de personas observan diariamente.
Sin embargo, una fotografía no siempre cuenta una historia completa.
Detrás de una sonrisa pueden existir conflictos familiares. Detrás de una imagen de prosperidad puede existir endeudamiento. Y detrás de una relación presentada como perfecta puede esconderse una realidad profundamente distinta.
Las redes sociales no son responsables por sí solas de esta conducta, pero pueden reforzar la presión por proyectar éxito, felicidad y estabilidad.
Y vuelve entonces aquella vieja pregunta que durante generaciones ha acompañado a muchas familias:
“¿Qué van a pensar de mí?”
La diferencia es que hoy esa mirada ya no proviene únicamente del vecino, del familiar o del círculo cercano. Puede provenir de cientos o miles de personas conectadas a una pantalla.
Romper la cultura del silencio
Una sociedad saludable no debería obligar a sus ciudadanos a escoger entre vivir con miedo o vivir pendientes de la vergüenza.
Resulta necesario construir espacios sociales, familiares e institucionales donde una persona pueda pedir ayuda sin sentirse inferior; denunciar sin ser estigmatizada; reconocer un fracaso sin considerarse derrotada; y expresar una situación difícil sin convertirse automáticamente en objeto de burla o condena.
Reconocer un problema no representa necesariamente una debilidad.
En muchas ocasiones constituye el primer paso para enfrentarlo.
También es importante comprender que quienes atraviesan situaciones difíciles necesitan acompañamiento, orientación y respuestas institucionales efectivas, no únicamente discursos que les pidan valentía.
Superar el miedo y la vergüenza no depende exclusivamente de decisiones individuales. También exige instituciones confiables, comunidades solidarias y una cultura menos inclinada a juzgar y más dispuesta a comprender.
Una reflexión necesaria
Quizás la pregunta no sea solamente qué pesa más en la sociedad dominicana: el miedo o la vergüenza.
Tal vez convenga formular otras preguntas.
¿Cuántas decisiones dejamos de tomar por miedo?
¿Cuántas verdades escondemos por vergüenza?
¿Cuántas personas permanecen en silencio porque consideran que hablar puede traerles problemas?
¿Y cuántas veces vivimos intentando satisfacer la mirada de los demás en lugar de enfrentar nuestra propia realidad?
El miedo nos advierte: “No lo hagas, porque algo puede ocurrir.”
La vergüenza nos recuerda: “No lo digas, porque van a hablar de ti.”
Entre ambos sentimientos puede instalarse el silencio.
Un silencio que, cuando se prolonga, puede impedir denunciar una injusticia, buscar ayuda, reconocer un problema, defender un derecho o comenzar nuevamente.
Por eso, posiblemente el verdadero desafío de la sociedad dominicana no sea determinar cuál de los dos sentimientos pesa más.
El desafío consiste en lograr que ninguno pese tanto como para impedirnos hablar, actuar y enfrentar la realidad.
Porque una sociedad también comienza a transformarse cuando sus ciudadanos dejan de preguntarse únicamente “¿qué dirán?” y comienzan a preguntarse con mayor frecuencia:
“¿Qué debemos hacer?”
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El depredador del patrimonio público: una herida histórica que debilita la democracia dominicana
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1 semana agoon
septiembre 20, 2026La apropiación de los recursos del Estado trasciende el daño económico: erosiona la confianza ciudadana, debilita las instituciones y puede convertir prácticas irregulares en comportamientos socialmente tolerados.
Por Elba García.
La corrupción contra el patrimonio público no comienza necesariamente con la sustracción directa de dinero del Estado. Puede manifestarse también cuando una posición pública se utiliza para favorecer intereses particulares, familiares, empresariales o políticos por encima del interés colectivo.
Es lo que podría definirse, desde una perspectiva sociopolítica, como la conducta del “depredador del patrimonio público”: aquella que concibe los bienes del Estado no como recursos pertenecientes a toda la sociedad, sino como oportunidades disponibles para quienes circunstancialmente ejercen poder o mantienen acceso privilegiado a las estructuras públicas.
En República Dominicana, a prop0sito de los casos más escandolosos ocurridos en los últimos años, especialmente el del caso Senasa y el que ahora se deriva de éste bautizado por el Ministerio Público como 2.0, analizar este fenómeno obliga a mirar más allá de los expedientes judiciales y preguntarse por sus raíces históricas, sus manifestaciones culturales y, sobre todo, sus consecuencias para la democracia.
Una problemática que no comenzó ayer
La historia política dominicana ha atravesado extensos períodos caracterizados por el personalismo, el autoritarismo, la concentración del poder y la fragilidad de determinados controles institucionales.
Durante diferentes momentos históricos, las fronteras entre los intereses del gobernante y los recursos del Estado no siempre estuvieron suficientemente delimitadas.
Ese legado ayuda a comprender la persistencia de prácticas como el clientelismo, el favoritismo, el tráfico de influencias, el uso político de recursos públicos y otras formas de aprovechamiento particular de posiciones estatales.
Sin embargo, reconocer antecedentes históricos no significa sostener que la corrupción sea inherente a la sociedad dominicana.
Las sociedades evolucionan, las instituciones pueden fortalecerse y las prácticas que alguna vez fueron toleradas pueden dejar de serlo cuando existen mayores controles, transparencia y consecuencias jurídicas.
De práctica política a problema cultural

El peligro aumenta cuando determinadas conductas comienzan a normalizarse como se observa en la República Dominicana.
Una sociedad puede llegar a un punto en que el enriquecimiento sospechoso de quienes ejercen funciones públicas deje de provocar suficiente cuestionamiento y pase a interpretarse como una consecuencia casi natural del acceso al poder.
Ahí comienza una transformación cultural particularmente peligrosa.
El servidor público deja de ser visto como administrador temporal de bienes que pertenecen a todos y puede comenzar a ser percibido como beneficiario de las oportunidades proporcionadas por su cargo.
Expresiones populares que justifican que quien llega al poder “aproveche su oportunidad” reflejan precisamente una concepción patrimonialista del Estado que resulta incompatible con una administración pública moderna.
El dinero público no es de nadie: es de todos
El patrimonio público puede parecer un concepto abstracto, pero tiene consecuencias absolutamente concretas.
Cada recurso destinado al Estado representa potencialmente escuelas, hospitales, medicamentos, seguridad, carreteras, agua potable, viviendas, programas sociales, infraestructura y oportunidades de desarrollo.
Por eso, cuando los recursos públicos son desviados de su finalidad legal, el perjuicio no termina en las cuentas estatales.
Puede traducirse en obras que no se construyen, servicios que funcionan deficientemente o necesidades sociales que permanecen sin respuesta.
Y ese impacto puede ser especialmente severo sobre los sectores económicamente más vulnerables, que dependen en mayor proporción de los servicios públicos.
Cuando se deteriora la confianza
Existe otro daño menos visible y posiblemente más difícil de reparar: la pérdida de confianza ciudadana.
La democracia necesita ciudadanos convencidos de que las instituciones funcionan, de que existen consecuencias ante la violación de las normas y de que la ley se aplica independientemente de la posición económica, política o social de las personas.
Cuando se extiende la percepción de que algunos pueden enriquecerse mediante recursos públicos sin consecuencias, comienza a debilitarse la legitimidad institucional.
Entonces aparecen preguntas peligrosas para cualquier democracia:
¿Por qué cumplir las reglas si otros pueden violarlas?
¿Por qué pagar impuestos si existe la percepción de que parte de esos recursos puede terminar desviada?
¿Por qué confiar en las instituciones si estas no consiguen proteger adecuadamente el patrimonio colectivo?
La corrupción, por tanto, no solamente sustrae dinero.
También puede sustraer confianza.
Del funcionario corrupto a las redes de intereses
Los casos más complejos de corrupción raramente funcionan mediante la actuación aislada de una sola persona.
Pueden requerir redes de colaboración, intermediarios, empresas, funcionarios, mecanismos financieros o estructuras destinadas a facilitar u ocultar operaciones, como luce que ocurrió en el caso Senasa.
Cuando esas redes consiguen penetrar organismos administrativos, sistemas de contratación o mecanismos de fiscalización, el problema adquiere una dimensión superior.
Ya no se trata solamente de una persona que utiliza indebidamente recursos estatales.
Puede producirse una captura parcial de determinadas estructuras públicas, en las que procedimientos diseñados para proteger el interés general terminan utilizados para favorecer intereses particulares.
Ese escenario representa uno de los mayores riesgos para la institucionalidad democrática.
Justicia sin persecución política
Combatir la corrupción exige igualmente proteger otro principio esencial: el debido proceso.
La lucha contra la apropiación ilegal del patrimonio estatal no puede convertirse en instrumento de persecución política, mediática o personal.
Toda persona investigada conserva la presunción de inocencia mientras no exista una sentencia definitiva que establezca responsabilidad.
Por eso, una democracia madura debe ser capaz de mantener simultáneamente dos principios: firmeza frente a la corrupción y respeto absoluto de las garantías constitucionales.
Ni impunidad ni persecución.
El desafío de prevenir antes que recuperar
La respuesta estatal tampoco puede limitarse a recuperar recursos después de ocurrido el daño.
La prevención resulta fundamental.
Transparencia en las contrataciones, digitalización de procedimientos, trazabilidad de operaciones financieras, fortalecimiento de los organismos fiscalizadores, declaraciones patrimoniales verificables, acceso a la información pública y protección de denunciantes pueden reducir las oportunidades para utilizar recursos estatales de manera irregular.
A ello debe agregarse un sistema de consecuencias efectivo cuando los tribunales determinen responsabilidades.
La impunidad real o percibida constituye uno de los principales estímulos para la repetición de conductas ilícitas.
Una responsabilidad que también es ciudadana
El cambio cultural tampoco depende exclusivamente del Estado.
La ciudadanía, las organizaciones sociales, los medios de comunicación, las universidades, las empresas y los partidos políticos tienen responsabilidades en la construcción de una cultura de integridad.
No puede reclamarse honestidad al funcionario mientras socialmente se celebra el enriquecimiento inexplicable.
No puede exigirse transparencia mientras se justifica el favoritismo cuando beneficia al grupo propio.
Y no puede combatirse la corrupción únicamente cuando los señalados pertenecen al adversario político.
Proteger el patrimonio es proteger la democracia
La República Dominicana ha avanzado en legislación, mecanismos de transparencia, acceso a la información y persecución de delitos relacionados con la administración pública. Sin embargo, la construcción institucional es un proceso permanente.
El desafío consiste en lograr que proteger el patrimonio público deje de depender de personas, administraciones o coyunturas políticas y se convierta definitivamente en una política institucional del Estado.
Porque una democracia no se fortalece únicamente celebrando elecciones.
También necesita instituciones capaces de controlar el ejercicio del poder, funcionarios obligados a rendir cuentas y ciudadanos convencidos de que los recursos públicos pertenecen a todos.
El verdadero costo de la depredación del patrimonio público, entonces, no puede medirse exclusivamente en millones de pesos.
Se mide también en hospitales que pudieron funcionar mejor, escuelas que pudieron construirse, servicios que pudieron prestarse y oportunidades que pudieron llegar a quienes las necesitaban.
Pero, sobre todo, se mide en algo que ningún presupuesto puede reponer fácilmente:
la confianza de una sociedad en sus instituciones.
