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Opinión

Pederastia y homofobia en la Iglesia Católica

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Por Rosario Espinal

En el pasado, cuando las restricciones para vivir la homosexualidad con normalidad eran inmensas, ingresar a una orden religiosa con practica del celibato, constituía un mecanismo de protección personal. La divinidad del oficio removía sospechas y daba inmenso poder y estatus social.

En la medida que aumentaron los escándalos de sacerdotes pederastas, se hizo evidente que la sexualidad reprimida y externada de manera aberrante con menores, ha sido un grave problema en la Iglesia Católica.

Ante los primeros escándalos en Estados Unidos, se quiso atribuir el asunto a una aberración de la sociedad norteamericana. Pero la secuencia de escándalos en Irlanda, Holanda, Alemania, ahora Australia, y otros países mostraron que el problema no era de una sociedad específica, sino que estaba en la misma Iglesia.

Esto obligó eventualmente a la jerarquía eclesial a no buscar más chivos expiatorios, y a reconocer que no podía seguir siendo refugio de delincuentes sexuales que evaden la ley al amparo de una institución cuya misión debe ser el bien. El problema, además, ha costado muchos millones de dólares en indemnizaciones.

El Vaticano tiene derecho a mantener el celibato si lo desea. Lo que no puede es albergar sacerdotes sin la madurez personal y sexual necesaria para el trabajo pastoral, ni encubrir criminales mediante su rotación en parroquias, aumentando así el número de víctimas como sucedió por mucho tiempo.

La Iglesia Católica, ni ninguna otra, debe tampoco dedicarse a promover la homofobia, negando a las personas homosexuales el derecho a vivir dignamente según su condición humana.

Si en las décadas de 1940, 1950 o 1960, los homosexuales hubiesen sido aceptados en las sociedades, y hubiesen podido vivir dignamente de acuerdo a su orientación sexual, muchos no hubiesen ingresado a una congregación religiosa para encubrir su homosexualidad y lograr aprecio y poder social.

La homofobia en la Iglesia Católica ha convivido en sus entrañas con horrendos actos de pederastia por parte de algunos sacerdotes, y con el ocultamiento del crimen por sus superiores para salvar el pellejo institucional.

En vez de arrogancia o victimización, la jerarquía católica debió expresar desde el inicio mayor dosis de modestia y transparencia.

El problema de la pederastia no emana de que haya una conspiración contra la Iglesia Católica en el mundo como se quiso decir, sino de la magnitud de los crímenes cometidos por algunos religiosos que optaron por ejercer poder sexual sobre menores, y fueron encubiertos en sus actividades delictivas.

En la República Dominicana se dieron dos sonados casos recientes de abusos y encubrimientos: el del ex Nuncio Wesolowski y del llamado padre Gil en Juncalito. Ambos salieron huyendo del país con la complicidad de superiores justo antes de que explotara la noticia.

Gil enfrentó la justicia en Polonia (no aquí, donde debió hacerlo), y Wesolowski murió en arresto domiciliario en el Vaticano sin enfrentar mayor castigo, pues ni siquiera asistió a la audiencia alegando problemas de salud.

Mientras todo eso ocurrió, los menores dominicanos abusados por esos dos sacerdotes, quedaron en esta isla tropical sufriendo no solo su pobreza, sino también el abuso sexual.

Como ocurre con frecuencia, a menos que haya una indemnización monetaria que compense en algo los males físicos y emocionales, los abusados tienen un solo destino:  sufrir en soledad el abuso.

A diferencia de otros países con mayor tradición en la defensa de derechos humanos, en República Dominicana es difícil encontrar prominentes abogados que defiendan víctimas pobres ante los poderosos. Esto es parte de la impunidad perenne que profundiza las injusticias y las desigualdades en esta tierra.

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Opinión

Impugnación de la competencia  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser  competente  en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.

De acuerdo  con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:

  1. a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
  2. b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
  3. c)Un Estado  cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.

El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas

.

La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.

En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.

Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia  o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.

Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:

  1. a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el  párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
  2. b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
  3. c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.

La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.

Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.

Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones  hayan dado origen a la suspensión.

Rommelsantosdiaz@gmailcom

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Opinión

Ante un inveterado simulador

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Por Nelson Encarnación

Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.

Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.

Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.

Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.

Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.

Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.

En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.

Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.

Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.

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Opinión

Sobre Miriam, Berenice y Camacho

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Por Narciso Isa Conde

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.

Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.

Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.

Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.

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