Nacionales
Peritos piden demoler el Jet Set y encuentran el punto de inicio del colapso.
Published
1 año agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo. Las autoridades recibieron el informe técnico pericial judicial de la comisión experta nombrada para analizar el desplome del techo del Jet Set, la cual encontró el punto exacto donde comenzó el colapso, la inexistencia de solicitud de permisos para hacer mejoras y una corrosión avanzada en los elementos de soporte de la estructura, la cual recomiendan sea demolida por completo.
El reporte, al cual El Informe con Alicia Ortega, de Noticias SIN, tuvo acceso, arroja luz sobre las verdaderas causas del colapso del techo del centro de espectáculos Jet Set, ocurrido el pasado 7 de abril, y que dejó 235 muertos y más de 180 heridos.
El documento, elaborado por un equipo de expertos estructurales y forenses, concluye que la tragedia fue consecuencia directa de una combinación de deficiencias en el diseño estructural, intervenciones no autorizadas en la infraestructura original y una falta sistemática de mantenimiento.
Los expertos fueron los ingenieros civiles Leonardo De Jesus Reyes Madera, Eduardo A. Fierro (Estados Unidos) y Máximo José Corominas Quezada. Usaron técnicas especializadas y sometieron a pruebas de resistencia en el Laboratorio de Estructura de la Onesvie.
El análisis técnico determinó que el colapso de la cubierta del Jet Set no fue un hecho fortuito, sino el resultado de múltiples factores acumulados a lo largo de los años:
Hallaron deficiencias de origen. La estructura del techo presentaba una serie de errores en el diseño desde su construcción original, con una distribución irregular de las cargas y una capacidad estructural por debajo de los estándares requeridos para un edificio de uso público con alta concentración de personas.
También hubo modificaciones sin supervisión técnica. El equipo pericial identificó intervenciones estructurales realizadas en al menos dos ocasiones (en 2008 y 2019) sin las debidas licencias ni supervisión profesional. Estas modificaciones incluyeron la adición de luminarias, estructuras suspendidas y sistemas de climatización que aumentaron significativamente el peso muerto sobre el techo.
«No se obtuvo información oficial de parte de las instituciones competentes (MOPC y MIVED) relativo a intervenciones previas correspondientes al local comercial donde operaba específicamente el Jet Set Club al momento del siniestro. Durante su etapa como discoteca, el edificio fue intervenido en varias ocasiones. En el año 2010 se realizó una remodelación general, que incluyó mejoras en la infraestructura, sistemas de climatización y adecuaciones estéticas orientadas a la funcionalidad de la recreación nocturna…», sostiene el documento.
«Cinco años más tarde, en 2015, se llevaron a cabo nuevas adecuaciones. Estas incluyeron la instalación de un escenario renovado en la parte oeste En la (ver Imagen 7), sistemas de iluminación profesional, una pista de baile actualizada y nuevas áreas de bar. También se construyó una zona VIP ubicada en un segundo nivel En la (ver Imagen 8), lo que implicó modificaciones estructurales verificadas por el levantamiento físico. De igual manera, se añadieron anexos funcionales sobre la cubierta del edificio: casetas técnicas, equipos de climatización y ductos», expresan los expertos.
El inmueble presentaba un estado de corrosión avanzada. Las inspecciones revelaron un avanzado estado de deterioro en los elementos metálicos de soporte, como vigas y uniones soldadas, provocados por filtraciones de agua no tratadas durante años. “La corrosión redujo drásticamente la capacidad resistente de la estructura”, establece el informe.
A ello se sumó la falta de mantenimiento, pues no se encontraron registros de inspecciones estructurales periódicas ni de intervenciones de mantenimiento preventivo. La acumulación de residuos y humedad en la cubierta, sumada a la falta de drenaje adecuado, agravó las condiciones del sistema portante.
Negligencia operativa y responsabilidades compartidas
El informe no sólo señala fallas estructurales, sino también una cadena de negligencias administrativas.
Los expertos sostienen que los responsables de la operación del Jet Set, incluyendo sus propietarios y personal técnico, “no tomaron las medidas mínimas para garantizar la seguridad del inmueble”, a pesar de señales previas de deterioro como grietas, filtraciones y ruidos en la estructura.
Aunque el colapso ocurrió durante un evento multitudinario, el informe afirma que “la tragedia pudo haberse evitado si se hubieran seguido protocolos básicos de seguridad y mantenimiento edilicio”.
Sostiene que el techo fue sometido a una carga imposible de soportar con el paso de los años, lo cual se incremente en tiempo reciente.
«El techo del edificio del Jet Set Club ha sido observado mediante una serie de imágenes satelitales tomadas entre los años 2011 y 2025, obtenidas a través de la plataforma Google Earth. El análisis cronológico de estas imágenes evidencia una ocupación constante pero progresivamente creciente de la cubierta del edificio. Desde los primeros registros, ya en el año 2011, se observan 7 elementos visibles, como equipos mecánicos aislados o pequeñas unidades técnicas, lo que indica que el techo ha sido utilizado desde el 2011 con fines operativos. En los años siguientes, esta tendencia se mantiene sin cambios significativos, en 2012 y 2013», expresan los expertos.
«A partir de 2014, se registra un aumento a 9 elementos, y en 2015 la cantidad asciende de forma notable a 12 unidades, evidenciando una expansión más intensa del uso técnico de la cubierta. Para el año 2016, el número de equipos se estabiliza en 14 elementos, cifra que se mantiene constante a lo largo de 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, aunque con variaciones en la distribución, el tamaño y el tipo de equipos instalados. Durante estos años, también se observan cambios visibles en la superficie del techo, lo cual sugiere la aplicación de impermeabilización o recubrimientos reflectivos, así como la reorganización de los equipos ya existentes», sostiene el escrito.
«En el período más reciente, entre 2022 y 2025, el número de elementos sobre el techo alcanza su punto máximo con 17 instalaciones visibles, incluyendo casetas técnicas, ductos, unidades de climatización de mayor volumen y tinacos para suministro de agua, lo que refuerza el uso intensivo del techo como área operativa auxiliar. Esta evolución progresiva, tanto en cantidad como en diversidad de componentes, ha generado un aumento en la sobrecarga funcional de la cubierta, asociada a la instalación continua de equipos y sistemas técnicos. A su vez, ha transformado visualmente la fisonomía del techo, consolidando su papel como parte activa del funcionamiento general del edificio», indica.
Recomendaciones de los expertos
Como parte del documento, los peritos realizaron una serie de recomendaciones orientadas tanto a la prevención de futuras tragedias como a la necesidad de reformar los mecanismos de control en edificaciones de uso público. Entre las sugerencias se incluyen:
Demoler el resto del edificio, no reparación, solo «demolición y reconstrucción».
La implementación obligatoria de inspecciones estructurales cada cinco años para locales de alta concurrencia.
La creación de una base de datos nacional de edificaciones, donde se registren modificaciones y mantenimientos.
La exigencia de contar con un ingeniero estructural residente para obras o reformas de cierta magnitud.
Sanciones más severas para propietarios y técnicos que incumplan normas de seguridad edilicia.
Implicaciones judiciales
Este informe es una pieza clave en el proceso judicial que enfrentan los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, gerente y administradora del Jet Set. La Fiscalía ha sustentado su solicitud de prisión preventiva y arresto domiciliario, respectivamente, en los hallazgos del documento, acusándolos de homicidio involuntario y lesiones involuntarias múltiples.
La contundencia del informe pericial refuerza la tesis del Ministerio Público de que hubo una conducta negligente y reiterada por parte de la administración del centro nocturno, lo que agrava la responsabilidad penal.
Una tragedia que pudo evitarse
El caso del Jet Set ha reabierto el debate sobre la seguridad de las edificaciones comerciales en el país.
Mientras familiares de las víctimas claman justicia, expertos y legisladores comienzan a discutir posibles reformas legales que garanticen el cumplimiento estricto de las normas estructurales y de mantenimiento.
Este informe no solo ofrece respuestas técnicas, sino que también sirve como espejo para una sociedad que, con demasiada frecuencia, posterga la seguridad en nombre del espectáculo.
Nacionales
RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.
Published
20 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
Nacionales
TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes
Published
20 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.
En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.
La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.
Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.
La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.
Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.
Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.
El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.
«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.
La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.
Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.
Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.
Nacionales
Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
Published
21 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.
Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.
Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.
Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.
El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.
No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.
El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.
