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Opinión

¿Populismo penal? ¡Oh no!

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Por Rosario Espinal

Una estrategia reciente adoptada por abogados dominicanos (de profesión o no) para defender imputados y liberarlos de prisión preventiva es apelar al concepto de populismo penal. Se utilizó con los encartados del caso Odebrecht, y ahora suena de nuevo en el caso OMSA.

¿Qué es el populismo penal? En pocas palabras, se refiere a la pena exagerada impuesta contra imputados para complacer al pueblo que reclama justicia.

El concepto de populismo penal supone que el pueblo exagera en la búsqueda de justicia, y, por ende, algunos pagan injustamente con una pena excesiva, sea como medida de coerción preventiva o en el juicio final de condena.

Al concepto de populismo penal se ha unido también el argumento harto conocido en el caso Odebrecht, de que, quien no constituye peligro de fuga, no debe ser enviado a prisión preventiva mientras se investiga el caso. Bajo este criterio, en gran medida, están fuera de la cárcel los 14 encartados del caso Odebrecht.

En un país con justicia honesta, donde hay tradición establecida de dictar penas en función de la magnitud del delito, sería insensato esperar mayores penas que las merecidas por algún imputado. Si se impusieran, tendríamos populismo penal.

En la República Dominicana, sin embargo, es todo lo contrario. Casi nunca se hace justicia ante delitos cometidos por políticos, militares, policías o empresarios, aunque haya evidencias que apunten a la culpabilidad. El poder político y económico salva mucha gente de cumplir penas.

Por eso, pedir justicia o esperar justicia en el caso dominicano no es populismo penal; es una pequeña esperanza de castigar los culpables ante tanta impunidad de estafa al público.

El argumento del peligro de fuga es más bien irrisorio. Quienes más posibilidad tienen de fugarse son las personas con más recursos económicos. Un pobre que se roba tres gallinas no tiene dónde huir. Su único destino sería Haití, donde probablemente no quiera ir. Los ricos tienen visa, pueden comprar un pasaje, o incluso, si son muy ricos, alquilar un avión privado para marcharse.

En teoría, lo ideal sería que cada quien espere juicio en su casa. Así sería incluso más barato para el Estado, y por ende, para la ciudadanía. Pero en la República Dominicana, donde con poder se evade la justicia, y donde la mayoría de la población no cree en el sistema judicial, pedir tantas concesiones para imputados con evidencias de culpabilidad, es una jugarreta política.

La encuesta de Mark Penn y Noticias SIN, publicada recientemente, muestra que 68% de la población encuestada piensa que no se hará justicia en el caso Odebrecht.

O sea, ante el escándalo más grande de sobornos conocido en el país, con información que provino de fuera, y en torno al cual hubo grandes movilizaciones sociales, la mayoría de la ciudadanía piensa que no se hará justicia. ¡Increíble! Si en enero crecieron las expectativas, en octubre ya se han diluido.

En la República Dominicana no hay populismo penal. Lo que sí hay es impunidad por doquier y falta de confianza en la justicia.

Pero ojo: cuando la impunidad reina por mucho tiempo, puede eventualmente surgir una figura política que, con necesidad de legitimación rápida, recurra al populismo penal.

Cuando eso sucede, si es que sucede, la justicia no se hace en los tribunales con el debido proceso, sino en las calles con apresamientos arbitrarios y matanzas.

Por eso, a los que mal usan el término populismo penal, que lo guarden para cuando realmente se amerite su uso. En la República Dominicana actual hay impunidad, no populismo penal.

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Opinión

La Brecha entre la Constitución y la Realidad

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Por Isaías Ramos

En una nación cuya Constitución proclama un Estado social y democrático de derecho, deberíamos esperar que los gobernantes actúen conforme a esos principios fundamentales. Sin embargo, lo que observamos es una clase política que, al ignorar la Carta Magna, prioriza sus propios intereses por encima del bienestar colectivo.

La promesa de un Estado social implica garantizar derechos básicos y protección social para todos los ciudadanos, especialmente los más vulnerables. No obstante, esta élite política y económica perpetúa un sistema neoliberal que beneficia a unos pocos privilegiados mientras deja atrás a quienes más necesitan ayuda. Esto ha resultado en una población cada vez más desilusionada, sumida en la desesperanza y la desconfianza hacia un sistema político que ha fallado en representar sus intereses.

La democracia debería ser el sistema que represente la voluntad del pueblo, asegurando la participación equitativa de todos los sectores en las decisiones políticas. Pero, en la práctica, enfrentamos una partidocracia dominante que, mediante prácticas clientelistas y corruptas, mantiene su poder y ha dejado al pueblo con una sensación de impotencia ante la corrupción, el desempleo y la pérdida de calidad de vida.

En este contexto, es crucial reflexionar sobre la brecha entre lo que establece nuestra Constitución y la realidad política actual. La corrupción y el endeudamiento excesivo reflejan la ineficacia y el cinismo de la clase política, que ha abandonado la promesa constitucional de velar por el interés general y trabajar por el bienestar común. Estos problemas no solo están presentes en el gobierno actual, sino que también han sido perpetuados por los partidos tradicionales que han gobernado previamente, creando un ciclo de saqueo, perversión y despojo.

Ante esta situación desoladora, la población debe plantearse seriamente su rol en las próximas elecciones. La corrupción sistémica y la manipulación política exigen cautela a la hora de votar. En estas circunstancias, una respuesta legítima puede ser abstenerse de votar o votar nulo, enviando un mensaje claro de repudio hacia la clase política dominante. En última instancia, si votar es considerado esencial, es imperativo elegir con sumo cuidado, optando por partidos políticos que no representen un pasado y presente de robo, saqueo, corrupción y endeudamiento.

Es vital que la mayoría de la población reconozca la opresión que enfrenta, uniéndose para desafiar a la clase política que traiciona los principios constitucionales. Debemos recordarles su responsabilidad de servir al pueblo y no solo a sus propios intereses, instándolos a abandonar sus agendas particulares en favor de un proyecto nacional basado en la equidad y la justicia.

En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que el pueblo dominicano tiene un papel crucial en este proceso: alzar su voz contra las injusticias y luchar por un sistema político más justo y transparente. Es hora de enfrentarse a este sistema inmoral e injusto, exigiendo transparencia, rendición de cuentas y un verdadero compromiso con los valores democráticos y sociales.

Con valentía, determinación y fe en un cambio posible, podemos construir juntos una nación donde se respeten los derechos de todos los ciudadanos, donde la democracia represente genuinamente la voluntad popular y donde el bienestar común sea el pilar de un futuro más brillante para las generaciones venideras.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La detención provisional de una persona  ante  la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Cuando la Corte Penal Internacional ya haya despachado la orden de detención  de conformidad con el artículo 58 del Estatuto, pero no cuente con la documentación requerida para fundamentar la solicitud a un Estado para la detención y entrega, los artículos 58 y 59 le permiten a la Corte solicitar al Estado la detención provisional de la persona  sujeto de la orden. Tal solicitud para una detención provisional podrá ser utilizada solo en casos de urgencia.

Cabe   destacar que la solicitud de detención provisional deberá ser por escrito, pero podrá comunicarse por cualquier medio capaz de dejar constancia escrita, como el correo electrónico. Estos requisitos para la solicitud están enumerados en el artículo 91 del Estatuto de la CPI. En ese orden los Estados están obligados a ejecutar la solicitud inmediatamente.

Si la información requerida para fundamentar la orden de arresto  y entrega no esta disponible para el Estado en cierto periodo de tiempo se establecerá en las Reglas de Procedimientos y Prueba. Sin embargo una vez que los documentos estén disponibles, los Estados deberán inmediatamente arrestar de nuevo a la persona.

Procede señalar, que si la persona  podrá voluntariamente consentir su entrega a la Corte aun si  el Estado no recibe la información que fundamente su detención, siempre que esto sea permitido por el derecho interno del Estado requerido. En tal caso de que esté pendiente una decisión sobre la admisibilidad del caso bajo el artículo 19, cuando una orden de detención ya se haya emitido.

En el marco de las obligaciones  los Estados Partes deberán tomar inmediatamente las medidas necesarias en respuesta a las solicitudes de la CPI para la ejecución de órdenes de detención, inclusive las órdenes de detención provisional. Esta obligación es también aplicable a las órdenes despachadas  posteriormente para una persona liberada bajo el artículo 92 del Estatuto de Roma debido a que la documentación requerida  no fue recibida al momento de la detención provisional.

Si la Corte Penal Internacional  así lo  solicita, los Estados Partes deberán informar sobre cualquier requisito  especial bajo el derecho interno sobre los contenidos de la solicitud de detención y de entrega de la persona.

Todos los oficiales y autoridades de los Estados que tengan contacto con la persona detenida, deberán presumir su inocencia  hasta que no se le demuestre su culpabilidad ante la Corte Penal Internacional, de conformidad con el derecho aplicable.

Si una persona ha sido detenida provisionalmente y el tiempo límite para recibir la documentación  que la fundamente no ha expirado aún; la persona sujeto de la orden de detención provisional voluntariamente consciente su entrega a la Corte y esto se permite bajo el derecho interno del Estado  requerido; entonces el Estado deberá proceder con la entrega de la persona a la Corte lo más pronto posible.

Cuando se solicite, los Estados deberán asistir al Fiscal de la Corte Penal Internacional en la prevención de que ciertas personas evadan la justicia, cuando esté pendiente la decisión de admisibilidad del caso bajo el artículo 19 del Estatuto de Roma, cuando ya se emitió una orden de detención.

Finalmente, los Estados deberán tomar las medidas cautelares con el propósito de decomisar, cuando se solicite, luego del despacho de una orden  de detención o comparecencia de la persona.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

José Guillermo Sued, un lujo de locutor y mejor ser humano.

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Por José Cabral

La crisis de valores que impacta fuertemente a la sociedad dominicana no ha dejado espacios para amigos sinceros y lo peor de todo es que ésta se ha llevado de paro la hermandad, la solidaridad y la reciprocidad.

Conozco y he tratado con mucha deferencia a José Guillermo, porque aparte de su sinceridad y amigo inigualable era un excelente profesional de la radio que todo santiaguero se sentía orgulloso de sus dotes y manejo excelente  de la palabra hablada.

Recuerdo los días en que fuimos parte, ya unos años después, del equipo de softbol de la Asociación de Cronistas Deportivos y también de la asociación de locutores de Santiago.

No puedo olvidar lo bien que la pasamos cuando fuimos en reiteradas ocasiones a intercambios de este deporte con algunos equipos de Ponce, Puerto Rico, la cual tiene particularidades muy parecidas a Santiago, nuestra ciudad amada.

Todos estos recuerdos inolvidables llevan ahora a tener que escuchar, porque hace muchos años que no lo veo físicamente, la paraplejía que lo aqueja luego de sufrir una caída en una cabaña que tiene en Jarabacoa.

José Guillermo es un ser extraordinario que nunca lo he visto ofender a nadie, cuyo nivel de tolerancia y de comprensión tal vez sea difícil encontrarlas en estos tiempos.

Sin embargo, José Guillermo ha sido bendecido por tener una familia que lo ama y que siempre estará a su lado, principalmente su hija Pamela, quien han mostrado un amor inigualable por su padre.

A Pamela la conocí desde pequeñita e incluso en algún momento tuve el privilegio de cargarla, lo cual me hace sentir orgulloso, no necesariamente por su proyección pública, sino por el amor que profesa hacia su progenitor.

De José Guillermo recuerdo aquellos momentos en que laborábamos en el Noticiero Mundo Noticias, donde el hacia la voz noticiosa conjuntamente Jaime Thomas, entre cuyos directores estuvo el periodista Huchi Lora, así como otros profesionales del periodismo.

Traigo este episodio a colación porque en el año 1978, en pleno apogeo del Gobierno de Joaquín Balaguer, sufrimos las consecuencias de ser jóvenes profesionales con una total entrega a los mejores intereses del país, con una gran vocación de servicio,

José Guillermo fue quien me recogió en el 1978 luego de la derrota de Balaguer en la cárcel pública San Luis, localizada en la calle del mismo nombre, tras permanecer recluido en ella por algunos meses por una acusación de un hecho que no cometí.

Pero fue José Guillermo quien logró que el procurador fiscal de entonces, Lorenzo Rodríguez, firmara la orden de libertad porque después de ordenarse ésta mediante un recurso de habeas corpus conocido por la entonces jueza Semírame Olivo de Pichardo todo el mundo se desapareció y sólo quedaron en el escenario  Negro Veras, el general Guaro Estrella, padre de Eduardo Estrella, y el amigo entrañable hoy afectado de una dolencia que le arruina la vida a cualquiera.

Luego de esos hechos mi reencuentro con José Guillermo Sued fue en los años 90 cuando el amigo José Francisco Hernández fue escogido como candidato vicepresidencial del profesor Juan Bosch y en cuyo proyecto también estaban Julián Serulle, Miguel Vega y el cirujano y gran ser humano Higinio López.

José sé que el destino nos tiene reservada nuestra suerte, pero tu recuperación tiene que ser una recompensa a tu bondad y extraordinario ser humano que siempre ha sido.

Que Dios te bendiga siempre

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