Opinión
Posturas presidenciales frente a desfalcos
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6 meses agoon
Por Oscar López Reyes
Roedores humanos de siete leguas, que encubren su codicia y deslealtad en los invisibles desajustes de su química cerebral, inescrupulosamente han pululado en las vísceras de los gobiernos de la Era Democrática, cuyos mandantes han popularizado frases que, en su mayoría, perduran como retóricas en los entresijos de la impunidad esencialmente judicial. A contrapelo, los corruptos cabalgan con el peor lastre: la inexorable condena de la sociedad, bifurcada desde el Ministerio Público y la difusión mediática.
La oración que más resuena, por la vigencia en el presente ciclo, es la del presidente Luis Rodolfo Abinader Corona: “Tengo amigos, pero no cómplice”, que replica cuando altos funcionarios de su Gobierno han tenido que salir del tren administrativo, por su involucramiento en el peculado. Está en el candelero el insaciable ortopedista y traumatólogo Santiago Hazim, director ejecutivo del Seguro Nacional de Salud (Senasa, agosto de 2020-agosto de 2025), quien se cobija bajo rejas, imputado por el Ministerio Público de un desfalco inicialmente cuantificado en 15 mil millones de pesos. ¿Acaso sufría, sin darse cuenta, de una anomalía en la corteza prefrontal?
Antes de rememorar los estribillos de los presidentes de la Era Democrática, nos preguntamos si después de este salvajismo, el presidente Abinader Corona percutirá aún más el hacha de hierro batido, sin soltarla ni un instante, contra los envilecidos? ¿Se logrará, con la Inteligencia Artificial, detectar a tiempo el perfil delictivo-conductual de los aspirantes a cargos públicos?, ¿Quién acomete una inhumanidad como la adjudicada a un médico, más que un tonto-ingenuo padece de un trastorno antisocial de personalidad?, ¿cuántos más enfermos que Hazim -y con acusaciones menores- inundan las cárceles? y, ¿habrá, incuestionablemente, sanciones ejemplificantes para los miserables implicados en semejante defraudación?
“Tente quieto”, les dirían los abogados a los incriminados, para significarles que no estamos en China ni en Cuba, y que en la República Dominicana las leyes están preparadas para que los que tengan arraigo (dinero, propiedades, etc.) escapen del castigo penitenciario. En diciembre de 2025, la justicia del gigante asiático dispuso el fusilamiento del exbanquero Bai Tianhui (una sola bala de punta hueca en la nunca), por aceptar 156 millones de dólares en sobornos, y el Tribunal Supremo Popular de la mayor isla del Caribe sentenció a cadena perpetua a su exministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil, por cohecho y otros delitos.
En otro tercio o ángulo, la democracia disfrutada en la República Dominicana, también en el 2025 han sido dados pasos crecidos para actualizar y superar falencias del sistema de justicia, con la aprobación de la nueva legislación de Contrataciones Públicas (Ley 47-25), el novedoso Código Penal (Ley 74-25) y la modificación del Código Procesal Penal (Ley 97-25). Estas piezas amplían la fiscalización y el control en la administración pública, y la sancionabilidad penal a los infractores, en la búsqueda del escarmiento, la prevención de transgresiones y el cuidado de la dignidad humana.
Pasma con estupor el señorío de la hábil inteligencia, el cauteloso disimulo, la capacidad de manipulación, el encubrimiento y el engaño -en el poder de la influencia y la presión- tanto de extragobiernos o fácticos (no elegibles popularmente, como asociaciones empresariales y sin fines de lucro, iglesias, medios de comunicación, gremios profesionales y laborales, etc.), como de ciertas esferas de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Actos de esos conspicuos derivan -sin mover los labios ni sus tranzas de rostros anchos- en acomodamientos domiciliarios a quienes han perpetrado actos atroces, como los de Senasa.
Conscientes de la proliferación epidérmica de funcionarios con fisonomía corruptible -con cabezas peliagudas, colas largas y patas cortos- así como de ciudadanos de pelaje gris oscuro, los mandatarios dominicanos elegidos democráticamente en el período 1962-2025 han tirado gritos de reconocimiento de la plaga, compasión y advertencia:
1.- Juan Bosch y Gaviño: Propagó y observó con rigor los principios ético-morales. Aceptó la renuncia de su secretario de Industria y Comercio, Diego Bordas Hernández, luego de una bien sustentada denuncia de que favoreció con un contrato a una empresa de su propiedad. Hito: A los 7 meses, Bosch se convirtió en el primer presidente en ser DERROCADO por sus medidas contra privilegios y malversaciones.
2.- Joaquín Balaguer: “… si existiera corrupción, esta siempre se detendría en la puerta de mi despacho”, y “busco, con la linterna de Diógenes, a un hombre honesto”. Caracterización: Permisivo ante el enriquecimiento ilícito generalizado, con dos ñapas penales idiosincráticas: Aduanas e Hydro-Quebec. Novedad: PROGENITOR de la corrupción y la impunidad.
3.- Antonio Guzmán Fernández: Propuso reducir la discrecionalidad de los fondos públicos y los favores en la administración pública. Rasgos: Rígido en la honestidad. Hubo escasas denuncias sobre timadores, y no avaladas. Ocurrencia: primer presidente en SUICIDARSE por descubrimiento de corrupción.
4.- Salvador Jorge Blanco: “Manos limpias” en el Gobierno fue su consigna de campaña electoral. Signo: Temeroso, manipulable y complaciente. Instrucciones punitivas resaltantes: Corde, CDA e Inespre. Originalidad: El primer presidente dominicano en ser sometido a la Justicia y guardar PRISION por supuesta sobrevaluación en compras de mercancías militares.
5.- Leonel Fernández Reyna: Prometió Tolerancia Cero con sustracción de bienes gubernamentales y que no habrá padrinos para los corruptos. Trazo: permisivo hasta la saciedad. Instrumentaciones tribunalicias típicas: Peme, Super Tucanos, Sun Land, Indrhi y CDE. Suceso: El registro primario de los más GIGANTESCOS escándalos de sobornos y estafas, con 66 auditorías no investigadas, presentadas por la Cámara de Cuentas a la Procuraduría General de la República.
6.- Hipólito Mejía Domínguez: “Los ladrones son el mayor problema del país”. Brotaron como expedientes clásicos el Plan Renove y el subsidio del GLP. Marca: Relajamiento del poder. Acontecimiento: El primer presidente en denunciar un fraude por 55 mil millones (Baninter), que se tradujo en su EXCLUSION de la presidencia de la República para otro mandato.
7.- Danilo Medina Sánchez: “El que se equivoque deberá pagar”. Síntoma: Hacerse de la vista gorda ante quienes, con el dolo, acumularon voluminosas riquezas, y terminaron en sumarios inconfundibles: Odebrecht, “Peaje sombra” y operaciones Antipulpo, Coral, Caracol, Medusa y Calamar. Cualidad: romper RÉCORD de sometimientos judiciales a parientes y partidarios.
8.- Luis Abinader Corona: “Tengo amigos, pero no cómplice”. Señal: Consistente y flexible, según tareas y razonamientos. Causas peculiares: Senasa, Intrant, Inabie y Lotería. Hecho: Primer presidente en separar de funciones gubernamentales a más de 40 cercanos colaboradores políticos (solicitud de renuncia y desvinculación) y tramitar ENJUICIAMIENTOS judiciales por la comisión de irregularidades gerenciales.
Asentado que la apropiación indebida viaja como una infección sistémica por todos los torrentes sanguíneos del Estado en conductores disímiles, y por los señalamientos precedentes, colegimos que ha sido aupada por la afectividad a parientes, amistades y correligionarios; la creencia ciega en la honorabilidad de compañeros de batallas, la satisfacción exagerada de compromisos electorales y el clientelismo. Uno de los mencionados, que ha resucitado como un inocente gallito de peleas, llegó a pedirle al Ministerio Público que archivara expedientes con graves imputaciones, emulando al buen pastor con sus ovejas.
En esa mecha ardiente radica la diferenciación entre los ocho jefes de Estado singularizados: su postura frente a las defraudaciones, impertérrita como Bosch y Guzmán. Quiénes con salmos, bendiciones, silbidos amorosos y sacramentos, que otean con urbanidad en el globular de Judas Iscariote, caminan en la confabulación más perniciosa. Quiénes agachan, no destapan, guardan en indultos y no acuden a la justicia, por cobardía o para supuestamente no “desconsiderar” a sujetos vinculados a héroes, mártires o figuras públicas, se desvían por la tangente y comprometen su responsabilidad jurídica e histórica.
Para cumplir con la solemne misión de resguardar el patrimonio público, garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, propender al máximo bienestar colectivo y honrar su memoria histórica con la grandeza de su reputación, a los mandatarios le conviene borrar la ternura empática y receptiva individualizada, y junto a sus subordinados pronunciar un solo idioma: la actuación ética y transparente. Y, para perpetuar esa notoriedad, están compelidos a someter a la Justicia a los hijos de Jesucristo -si cometen felonías- para así homenajear a Jesucristo en su condena a los pecados y en la redención de los marginados.
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El autor: Escritor, gremialista, catedrático y columnista de El Nacional y decenas de digitales.
Por Narciso Isa Conde
Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.
La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.
La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.
No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.
No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.
No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.
A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.
Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.
El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,
Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:
La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.
En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.
Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios
La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.
La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.
Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.
La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.
Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.
Opinión
Cumplimiento de las solicitudes de la Corte Penal Internacional
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4 días agoon
junio 3, 2026Por Rommel Santos Diaz
Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.
En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.
El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.
Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.
Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.
En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga o haga ese Estado Parte.
Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para la ejecución de una solicitud de conformidad con las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.
Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente artículo.
Opinión
La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).
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4 días agoon
junio 3, 2026Por Robinson Lebrón
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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.
El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.
El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.
Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.
Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.
Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
rlebroncespedes@gmail.com
El autor es abogado y Docente Universitario.
