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Procuraduría tiene seis meses para concluir acusación del caso Odebrecht
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNEl abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Dos meses es el tiempo que ha transcurrido desde la imposición de medida de coerción contra los acusados de recibir sobornos por parte de la empresa constructora Odebrecht, desde el año 2001 hasta el 2014.
El magistrado Francisco Ortega Polanco, de la Suprema Corte de Justicia, fijó que la presentación de la acusación formal tiene que presentarse en un plazo de ocho meses por parte del Ministerio Público a partir de las imposiciones de medida.
“Si bien el proceso se ha declarado complejo, para los expedientes que tienen que ver con funcionarios públicos la ley establece que los medios de comunicación pueden acceder a esa información”
Este viernes 4 de agosto se completó el círculo con el dictamen de la garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida, contra el exdirector técnico de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana, Bernardo Castellanos, quien se encontraba fuera del país por asuntos de negocios.
Castellanos, el imputado número 14, arribó el miércoles 2 de agosto luego de ser requerido en varias ocasiones por las autoridades dominicanas desde que se emitió una orden de arresto en perjurio de los señalados de recibir sobornos.
Bernardo Castellanos de Moya salió en libertad en la tarde de este mares 8 de agosto, luego de pagar una fianza que le impusiera un juez el viernes pasado, ante el que compareció por ser uno de los imputados de los sobornos que pagó en el país la brasileña Odebrecht para adjudicarse infraestructuras públicas.
Además de los cinco millones de pesos de fianza , el juez de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega, impuso a Castellanos impedimento de salida del país y presentación cada mes ante la Procuraduría General de la República.
“Como estamos en la fase de investigación, el juez lo que hace es que impone medidas de coerción a los imputados para que el Ministerio Público en el tiempo que duran las medidas pueda ampliar la investigación”, explicó el abogado penalista Bartolomé Pujals.
Pujals destacó que dicho periodo tiene como objetivo determinar si las pruebas que el Ministerio Público obtenga son lo suficientemente contundentes para que llegue a juicio, y pueda lograr una condena.
Agregó que la investigación preliminar que dio lugar al expediente inicial de 336 páginas, debe profundizarse. “Esa investigación se supone que se debe profundizar, y uno de los puntos son los resultados del acuerdo con Odebrecht del cual el pueblo no tiene conocimiento a pesar de que el Procurador dijo que había recibido una serie de correos electrónicos”.
Criticó que parte de los datos importantes que se deben utilizar para un mejor sustento de la acusación final, son los documentos que debe otorgar la empresa Odebrecht por el acuerdo arribado con la Procuraduría General de la República.
“Algo que no se da en cuenta en la medida de coerción porque esta solo se sustentó en las delaciones premiadas que se obtuvieron a partir del acuerdo de cooperación que se suscribió con las autoridades de Brasil”, resaltó el también miembro del movimiento Somos Pueblo.
Añadió que debido a esto la magistrada Miriam Germán Brito, mediante su voto disidente destacó la debilidad probatoria del expediente que podría dar cara a una presentación acusatoria carente de sustento.
El abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.
“Deben de presentarla, porque lo primero es que debió haberla presentado conjuntamente con las demás declaraciones de las delaciones premiadas”, indicó.
El experto en temas judiciales, el Ministerio Público además de los resultados del acuerdo de Odebrecht no ha hecho ningún intento de ir a Brasil para refrendar, robustecer u obtener mayor información sobre el caso, lo cual se puede hacer a través del acuerdo de cooperación que se firmó con Brasil y el acuerdo con Odebrecht.
Argumentó que el Ministerio Público puede hacer uso de la reserva de información, pero antes emitir una resolución manifestando el proceso de discreción.
“Si el Ministerio Público va a hacer uso de la reserva o sea que se va a reservar las pruebas por un asunto de asegurar el curso de la investigación por lo que sea, tendría que emitir un auto o dictamen donde establezca las razones por las cuales no va a presentar esas pruebas; y no mediante notas de prensas y declaraciones demagógicas”, expresó.
A su juicio la Procuraduría General de la República ha tratado de utilizar dicho expediente como una forma de garantizar la impunidad a la compañía de Odebrecht.
Empero concluyó que el gobierno dominicano “está apelando a la misma estrategia que desde el primer día utilizado de apostar al desgaste de la exigencia ciudadana y buscar una manera de sacar este tema de la palestra pública ”.
acento.com.do
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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23 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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24 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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24 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
