Opinión
Prólogo de «Jaque a la libertad. El derecho de no asociación»
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3 años agoon
Tengo el privilegio de prologar la obra Jaque a la libertad. El derecho de no asociación, que constituye la más reciente producción intelectual de mi admirado amigo Miguel Guerrero, sin du- das una de las plumas más brillante del periodismo dominicano.
En esos años de discusión legislativa Miguel Guerrero participó activamente no sólo a través de su habitual columna periodística, sino también mediante exposiciones leídas en vistas públicas celebradas en el Congreso Nacional, en los que expresó su oposición a la colegiación obligatoria fundado en las libertades de asociación y de libre expresión y difusión del pensamiento consagradas constitucionalmente.
Asimismo, importantes sectores de la vida nacional, como la Sociedad Dominicana de Diarios y el entonces Consejo Nacional de Hombres de Empresas; voces respetables de la Iglesia Católica, como el Arzobispo Metropolitano de Santo Domingo, monseñor Nicolas De Jesús López Rodríguez y el Obispo auxiliar de la Diócesis de Santiago de los Caballeros, monseñor Jesús María De Jesús Moya; así como juristas de la talla de Ramón Tapia Espinal, Jottin Cury, José Manuel Machado y los expresidentes de la Suprema Corte de Justicia Néstor Contín Aybar y Manuel Ramón Ruiz Tejada, fijaron posiciones no sólo durante el proceso legislativo, sino también con posterioridad a su aprobación, con planteamientos respecto de atentados a la Constitución, no solo en lo atinente a las libertades públicas de asociación y libertad de expresión, sino además a la libertad de empresa. Se cuestionaba asimismo la potestad disciplinaria que le era delegada al Colegio respecto de actuaciones de los periodistas que podían llegar incluso a la suspensión del ejercicio profesional, y, finalmente, el establecimiento de un tributo para beneficio exclusivo de una clase profesional.
Paralelamente, la discusión en torno a la constitucionalidad o no de la colegiación obligatoria de los periodistas tuvo el ingre- diente que se derivaba de la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de considerar la obligatoriedad como contrario a la libertad de asociación. En efecto, a propósito de la ley de colegiación de periodistas de Costa Rica, ante una opinión consultiva solicitada por el gobierno de ese país el 8 de julio de 1985, la Corte dijo el 13 de noviembre del mismo año “que la colegiación obligatoria de periodistas, en cuanto impida el acceso de cualquier persona al uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para transmitir información, es incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
Como reacción a la aprobación, se produjo un acontecimiento probablemente inédito en nuestra historia jurídica, como lo fue la autoincriminación que hicieron “directores de Periódicos Nacionales por si y a nombre de sus respectivas empresas periodísticas” por violación de varias disposiciones de la Ley 148 de 1983. Con esa estrategia, que hacía uso de un mecanismo procesal previsto en el viejo Código de Instrucción Criminal, se aprovechó para atacar por vía de excepción, la inconstitucionalidad de la ley por vicios de forma y fondo.
En primera instancia, sin entrar a considerar el tema constitucional planteado, el tribunal declaró “irrecibible el apodera- miento”, mediante sentencia del 20 de julio de 1985. Apelada esa decisión, la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, mediante sentencia de fecha 14 de marzo de 1989, no obstante confirmar la irascibilidad del apoderamiento, entró a pronunciarse sobre un aspecto constitucional, declarando por vía de excepción como inconstitucional por vicio de forma la Ley 148, bajo el fundamento de que se había “establecido que esta fue conocida y aprobada en tres (3) Legislaturas, en violación a lo dispuesto por el artículo 41, párrafo 1ro. de la Constitución de la República”.
Frente a esa decisión, los directores de medios auto incriminados, en una inteligente estrategia jurídica, interpusieron recurso de casación en el que invocaban violaciones constitucionales de fondo, de cara a una posible reintroducción futura de la colegiación obligatoria al Congreso, toda vez que la decisión de la corte no se había referido sino a un aspecto formal de la ley. La Suprema Corte de Justicia el 1 de septiembre de 1989, no se limitó al aspecto constitucional del vicio de procedimiento en la aprobación de la ley, sino que abordó los aspectos sustantivos invocados por los recurrentes, considerando también inconstitucional la exigencia de la obligatoriedad de la colegiación obligatoria. Asimismo, estableció que era contrario a la libertad de trabajo la exigencia de la colegiación en ciertos cargos propios de la empre- sa periodística contenido en la Ley 148, y sostuvo que el gravamen para el sostenimiento del Colegio establecido en la ley resultaba inconstitucional por ser contrario al principio de igualdad.
Aunque el tema central de la obra que prologo gira en torno a los intentos por establecer en nuestro país, desde finales de la década del 70 del siglo pasado, la colegiación obligatoria de los periodistas, su contenido desborda la mera descripción de acontecimientos en el plano legislativo durante los gobiernos del Partido Revolucionario Dominicano entre los años 1978-1982, partido que desde antes de asumir el poder el 16 de agosto de 1978 había expresado su simpatía y apoyo a la aspiración de una parte de la clase periodística dominicana de regular el oficio en el marco de una colegiación obligatoria, tal y como había sido propuesto en el año 1977 por el Sindicato Nacional de Periodistas Profesionales.
En efecto, el libro Jaque a la libertad. El derecho de no asocia- ción, es también un ejercicio testimonial sobre lo que ha sido la trayectoria del autor respecto de elementos esenciales para la vida en democracia, como lo constituyen las libertades de prensa y de libre expresión del pensamiento.
Dentro de ese andar de la brillante carrera periodística de Mi- guel Guerrero se recrean episodios ocurridos desde la segunda mitad de la década del 70 del siglo pasado, que tocan aspectos geopolíticos de tiempos de la guerra fría, como los debates en el seno de la UNESCO respecto de propuestas de control estatal de los medios de comunicación; decisiones estratégicas del presidente Balaguer de cara a sus aspiraciones a un nuevo período presidencial a partir de 1978 como lo constituyeron, la adhesión de la República Dominicana a la Convención Americana de Derechos Humanos, la celebración en nuestro país de la Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Diarios en 1977, y las posicio- nes neutrales del presidente Balaguer sobre el anteproyecto de ley de colegiación auspiciado por el sindicato periodístico.
Termino mis palabras, felicitando a Miguel Guerrero por este nuevo esfuerzo intelectual, escrito con rigor y profundidad, sobre un acontecimiento histórico que fue tema de debates en nuestro país durante casi 15 años, y que resulta desconocido para muchos jóvenes que hoy no sólo disfrutan de un clima de libertades públi- cas, sino además de la posibilidad de expresarse más allá de lo que hasta hace relativamente poco tiempo eran los medios tradiciona- les para la expresión y difusión del pensamiento.
Olivo A. Rodríguez Huertas
Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma establece que la Secretaría de la Corte Penal Internacional , sin perjuicio de las funciones y atribuciones del Fiscal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del estatuto de referencia, estará encargada de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte Penal Internacional y de prestarle servicios.
De conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional la Secretaría será dirigida por el Secretario, que será el principal funcionario administrativo de la Corte. El Secretario ejercerá sus funciones bajo la autoridad del Presidente de la CPI.
El Estatuto de la Corte Penal Internacional señala, además, que el Secretario y el Secretario Adjunto deberán ser personas que gocen de consideración moral y tener un alto nivel de competencia y un excelente conocimiento y dominio de al menos uno de los idiomas de trabajo de la Corte.
El Estatuto de Roma también establece que los magistrados elegirán al Secretario de la Corte Penal Internacional en votación secreta por mayoría absoluta y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Asamblea de los Estados Partes. De ser necesario elegirán por recomendación del Secretario y con arreglo al mismo procedimiento, un Secretario Adjunto.
En cuanto al procedimiento de elección del Secretario de la Corte Penal Internacional, el Estatuto de Roma establece que el mismo será elegido por un periodo de cinco años en régimen de de dejación exclusiva y podrá ser reelegido una sola vez. El Secretario Adjunto será elegido por un periodo de cinco años, o por uno más breve, si así lo deciden los magistrados por mayoría absoluta en el entendimiento de que prestara sus servicios según será necesario.
Finalmente, el Secretario establecerá una Dependencia de Víctimas y Testigos dentro de la Secretaria. Esta Dependencia, en consulta con la Fiscalía, adoptará medidas de protección y dispositivos de seguridad y prestará asesoramiento y otro tipo de asistencia a testigos y víctimas que comparezcan ante la CPI, y a otras personas que estén peligro en razón del testimonio prestado . La Dependencia contara con personal especializado para atender a las víctimas de traumas, incluidos los relacionados con delitos de violencia sexual.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Opinión
Cerca de US$50 mil millones en costo financiero de la deuda: ¿qué país construimos a cambio?
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1 día agoon
octubre 21, 2026Por Isaias Ramos
Hay cifras capaces de desnudar décadas de discurso económico.
Cerca de US$50 mil millones.
Esa es la magnitud que arroja nuestra reconstrucción del costo financiero de la deuda del Gobierno Central dominicano entre 2004 y 2026, utilizando las ejecuciones oficiales de DIGEPRES hasta 2025 y lo presupuestado para 2026.
No estamos incluyendo amortización de capital.
Entre 2004 y 2025, las cuentas públicas registran aproximadamente RD$2.285 billones en la clasificación funcional de intereses y comisiones. Incorporando el presupuesto de 2026 y convirtiendo cada año a dólares, el acumulado se aproxima a US$50 mil millones, con variaciones según la clasificación financiera y el tipo de cambio utilizados.
La cifra adquiere una dimensión extraordinaria frente a las necesidades fundamentales que todavía enfrenta nuestra nación.
Un estudio publicado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en 2021 estimó entonces en US$32,175 millones las inversiones necesarias hasta 2030 para atender importantes brechas dominicanas en agua y saneamiento, electricidad, telecomunicaciones y transporte.
¡La factura financiera reconstruida equivale aproximadamente a una vez y media aquella estimación de infraestructura!
Son magnitudes de períodos y bases de precios diferentes, no recursos automáticamente intercambiables. Pero su contraste revela la escala del costo financiero y obliga a examinar nuestras prioridades.
La cuestión no es atribuir obras al pago de intereses, sino determinar si el endeudamiento que originó esa factura produjo beneficios económicos y sociales suficientes para justificar su costo.
¿Qué país construimos a cambio de semejante factura?
Durante décadas, el debate sobre la deuda pública ha girado alrededor de un indicador que, presentado aisladamente, puede transmitir una tranquilidad injustificada: la relación deuda/PIB.
El indicador es legítimo, pero insuficiente.
El PIB mide el tamaño de la economía, no los ingresos fiscales disponibles. Los intereses deben financiarse con ingresos públicos o nuevo endeudamiento, comprometiendo capacidad fiscal presente o futura.
Para 2026, DIGEPRES presupuestó RD$324,257 millones en intereses bajo la clasificación económica, equivalentes al 26.2% de los ingresos tributarios previstos. La clasificación funcional más amplia alcanza RD$362,550 millones, equivalentes al 29.3%, pero incorpora conceptos adicionales asociados al Banco Central que no deben confundirse con intereses estrictos.
De cada RD$100 proyectados en impuestos, aproximadamente RD$26 equivalen solamente a intereses. Y todavía falta amortizar capital.
Mientras tanto, el FMI ha advertido que una inversión pública cercana al 2.5% del PIB continúa siendo insuficiente para atender nuestras necesidades de infraestructura y desarrollo.
Hemos desarrollado una enorme capacidad para financiar obligaciones, mientras persisten profundas deficiencias en los servicios esenciales que deberían sostener el bienestar y la productividad nacional.
El proyecto presupuestario de 2027 añade otra dimensión: contempla RD$351,327 millones en intereses y RD$44,556 millones para recapitalizar el Banco Central. Aunque son obligaciones contables diferentes, su suma ronda RD$396,000 millones, superando la asignación proyectada para el Ministerio de Educación, que no representa la totalidad del gasto educativo nacional.
La deuda convencional tampoco cuenta toda la historia.
En 2024, RD Vial registró RD$5,624 millones en intereses devengados, frente a RD$6,576 millones de resultado operativo. Su costo financiero equivalió al 85.5% de ese resultado contable, aunque no necesariamente del efectivo disponible.
Este caso plantea preguntas que deben extenderse a los demás fideicomisos públicos, empresas estatales, garantías y contratos de largo plazo:
¿Cuánto deben? ¿Qué ingresos futuros tienen comprometidos? ¿Qué patrimonio han creado? ¿Qué beneficios económicos y sociales concretos aportan a la nación?
Porque la responsabilidad fiscal no consiste solamente en demostrar capacidad de pago.
Consiste también en demostrar qué recibe la sociedad a cambio de las obligaciones que asume.
Frente a esta realidad, la respuesta nacional no puede limitarse a denunciar el pasado ni continuar administrando sus consecuencias.
Gobierno y oposición deberían presentar programas fiscales cuantificados, sometidos al escrutinio público, que expliquen cómo reducirán sostenidamente el costo del endeudamiento sin sacrificar inversión productiva ni servicios esenciales.
República Dominicana necesita un compromiso de Estado de 18 años, desde 2027 hasta 2044, bicentenario de nuestra Independencia Nacional.
No proponemos deuda cero. Proponemos una deuda baja, sostenible y manejable, acompañada de equilibrio fiscal estructural, fortalecimiento de la recaudación, revisión de privilegios injustificados, eficiencia del gasto y recuperación legal del patrimonio público.
El endeudamiento debe orientarse principalmente hacia inversiones cuya rentabilidad económica o social justifique sus costos y riesgos, preservando excepciones transparentes para emergencias.
La transformación exige compromisos verificables: para 2030, publicar un balance fiscal ampliado y establecer una trayectoria plurianual de reducción del déficit estructural; para 2035, evaluar las metas legales de deuda y la presión de intereses sobre ingresos; para 2040, comprobar avances en inversión productiva, reducción de deuda y servicios esenciales; y para 2044, evaluar los resultados de sostenibilidad fiscal y fortalecimiento patrimonial.
Las metas deberán sustentarse en proyecciones públicas de ingresos, gastos, balance primario, deuda e inversión, bajo escenarios económicos favorables, centrales y adversos, con revisiones periódicas y evaluación independiente.
Hacienda deberá publicar sus resultados anualmente; el Congreso ejercer su función fiscalizadora y los organismos de control verificar su cumplimiento. La transición deberá preservar la estabilidad económica y la protección social.
Deuda para crear patrimonio, no para perpetuar déficits.
Después de una factura financiera cercana a US$50 mil millones, no basta con celebrar nuevas emisiones de bonos.
Obtener crédito no demuestra que se haya creado riqueza. Refinanciar no equivale a reducir deuda. Y crecimiento económico no garantiza desarrollo.
Las generaciones que todavía no han nacido heredarán consecuencias de decisiones que nunca tomaron.
Que en 2044 República Dominicana no celebre solamente dos siglos de independencia política, sino también una nueva etapa de autonomía fiscal y económica.
Porque la verdadera independencia también consiste en que el país que entreguemos a nuestros hijos valga más que la deuda que les dejamos.
Por Oscar López Reyes
En la réplica y amplificación con la rapidez más impresionante, la Inteligencia Artificial (IA) crea y reproduce un alto porcentaje de datos incorrectos, imprecisos, desactualizados e inexistentes, muchos de ellos memorables y que, aunque no reconoce sus inexactitudes y falsedades, tampoco exclama: ¡oh, excúsame! ¡Muchas gracias! Lógico que así sea, porque no comprende y carece de la aptitud y el talento para interpretar la información, ya que no piensa y opera condicionada con la probabilidad estadística y no basada en el razonamiento humano crítico y profundo.
El panorama de la información digital ha sido transformado por la IA, la cual desempeña un papel central en la producción y el ensanchamiento de la alteración intencional de una proporción sin precedentes. Esta tecnología permite la difusión multitudinaria de contenido sintético de textos compendiados, a bajo costo, desafiando la integridad de la vida cotidiana y la participación democrática.
¿Cuáles son las desventajas y riesgos críticos asociados a la IA?
1.- Producción de desinformación y deepfakes: La IA permite generar videos y audios sintéticos que copian con gran precisión a las personas reales, que se utiliza para distorsionar la realidad y manipular la opinión pública.
2.- Alucinaciones y falta de veracidad: Los modelos de lenguaje suelen engendrar información que parece coherente y gramaticalmente correcta, pero que contiene hechos totalmente inciertos o inventados, que los convierte en fuentes de información poco confiables.
3.- Bots para distorsión social: Los bots (programas de software automatizados en internet) impulsados por IA emulan el comportamiento humano para construir una ficticia sensación de consenso (astroturfing), amplificar narrativas polarizadoras y acosar a usuarios con opiniones divergentes.
4.- Fraude con identidades sintéticas: La tecnología permite diseñar rasgos amañados con rostros y voces realistas para cometer estafas financieras y suplantar la identidad de figuras públicas o ejecutivos.
5.- Microsegmentación y torcida psicológica: La IA analiza trazos de datos para enviar mensajes de propaganda personalizados que explotan los sesgos y temores específicos de los individuos a una escala industrial.
6.- Riesgos graves para la salud mental: Han sido acreditados temas en los cuales chatbots de IA han ofrecido consejos peligrosos, llegando incluso a sugerir métodos de suicidio a personas en situaciones vulnerables.
7.- Asesoría médica incorrecta: Estudios indican que los consejos de salud proporcionados por chatbots suelen ser incompletos, incorrectos o carecen del contexto necesario, lo que puede llevar a diagnósticos equivocados.
8.- Sesgos y discriminación algorítmica: Muchos sistemas de IA están entrenados con conjuntos de datos limitados o sesgados, lo que puede provocar que la tecnología ignore a grupos minoritarios o perpetúe prejuicios sociales.
9.- Privacidad y protección de datos: El funcionamiento de la IA requiere el procesamiento de grandes volúmenes de datos personales, lo que a menudo entra en conflicto con las leyes de privacidad (como el GDPR) y expone a los usuarios a un rastreo masivo.
10.- Erosión de la confianza pública: La proliferación de noticias falsas y contenido fabricado por IA degrada la confianza ciudadana en las instituciones democráticas, los medios de comunicación y los procesos electorales.
¿Cuáles son las principales modalidades de desinformación impulsadas por IA?
Primero: Contenido sintético y deepfakes. Entre 2023 y 2024, los incidentes documentados aumentaron aproximadamente un 257 %. Además, solo durante el primer trimestre de 2025 se registraron más incidentes que en todo 2024.
11.- Impacto político: Han sido documentados hechos críticos, como el video falso del presidente de Ucrania, Volodomir Zelenski, pidiendo la rendición en 2022 y audios manipulados en Eslovaquia para sembrar dudas sobre la integridad electoral.
12.- Interferencia electoral: En India, en 2024 fueron utilizados recursos tecnológicos (deepfakes) para superar barreras lingüísticas: líderes políticos aparecieron hablando en videos en idiomas que no dominan, para manipular a diversos grupos étnicos.
13.- Acoso y daño reputacional: La falsificación de multimedia (deepfakes) se ha extendido al acoso personal, como la cuestión de la parlamentaria norirlandesa Cara Hunter, quien fue víctima de pornografía sintética generada para intimidarla.
Segundo: Generación de texto y «fake news».
Los Modelos de Lenguaje de Gran Tamaño (LLM) pueden producir noticias falsas, en más del 50% de los casos, que los humanos no logran distinguir del periodismo auténtico.
14.- Proliferación de sitios: Para 2024 se identificaron más de 1,200 sitios de noticias falsas generadas por IA, que representa un aumento de diez veces en un año.
15.- Arma política en Brasil: En Brasil, la desinformación creada con IA se triplicó entre 2024 y 2025, pasando de ser mayoritariamente estafas comerciales a convertirse en un arma política con sesgo ideológico en el 45% de los casos analizados.
Tercero: Identidades sintéticas y redes de bots.
La IA facilita la producción de «granjas de troles» altamente convincentes mediante fotos de perfil generadas por redes neuronales (GAN), que no son cónsonos con personas reales.
16.- Automatización Avanzada: Herramientas como «Meliorator» han sido utilizadas por servicios de inteligencia de Rusia para gestionar ejércitos de cuentas falsas en Twitter (X), que imitan comportamientos humanos para difundir propaganda sobre la guerra en Ucrania.
17.- Escala del tráfico: Se estima que el 42% de todo el tráfico web en 2024 fue generado por bots, de los cuales el 65% se clasificaron como maliciosos.
¿Conoce los riesgos críticos y falta de confiabilidad?
La incidencia de la IA no sólo proviene de actores malintencionados, sino de las limitaciones intrínsecas de la tecnología:
18.- Citas y testimonios inventados: El 12 de mayo de 2026, Steven Rosenbaum publicó en Nueva York el libro “El futuro de la verdad: cómo la IA transforma la verdad”, que provocó un escándalo, porque contenía múltiples citas y testimonios alterados o falsos derivados de la inteligencia artificial.
19.- Consejos médicos erróneos: Un estudio de 2026 de la revista científica Nature Medicine reveló que los chatbots de IA no superan a las búsquedas tradicionales en calidad de consejos de salud: el 34% de los usuarios identificaron afecciones correctas, pero los modelos suelen ofrecer información incompleta o inventada («alucinaciones»).
20.- Salud mental y seguridad: En 2025 fueron reportados casos en los cuales chatbots ofrecieron consejos peligrosos, como el de una joven de 17 años refugiada de Ucrania, que residía en Polonia, nombrada Viktoria, a quien el sistema le sugirió métodos para suicidarse, en lugar de brindarle ayuda profesional.
21.- Envenenamiento de datos: La IA es vulnerable a la manipulación de sus fuentes de entrenamiento: bastan 250 documentos maliciosos para corromper un modelo y hacer que genere respuestas desastrosas.
22.- Fraude financiero: La IA ha facilitado esquemas de fraude masivo, como ocurrió en 2024 con Michael Smith, domiciliado en Carolina del Norte, Estados Unidos, que ganó millones creando cuentas falsas y canciones generadas por IA para manipular las reproducciones en plataformas como Spotify y Apple Music.
Anotemos respuestas regulatorias y recomendaciones:
La respuesta global es fragmentada, destacando el acta de IA de la Unión Europea (UE, 2024) con sus mandatos de transparencia, frente a enfoques más específicos en EE. UU. o modelos de censura estricta en China.
Para fortalecer la resiliencia democrática, las fuentes recomiendan un marco de gobernanza basado en cuatro facetas:
23.- Resiliencia cognitiva: Integrar la alfabetización digital y el pensamiento crítico en los currículos escolares para que los ciudadanos detecten manipulaciones.
24.- Cooperación internacional: Establecer una alianza global de seguridad de IA para compartir inteligencia sobre amenazas en tiempo real y armonizar regulaciones entre países 29.
25.- Mecanismos adaptativos: Implementar «sandboxes» (códigos o archivos sospechosos) regulatorios y revisiones periódicas de las leyes (cada 18-24 meses) para no quedar rezagados ante el avance tecnológico.
26.- Auditorías de sesgo: Obligar a realizar auditorías de los conjuntos de datos de entrenamiento para evitar que la IA ignore la desinformación dirigida a grupos minoritarios.
Cierre: La IA actúa como un arma y un escudo en la brega por la verdad. Mientras su capacidad para escalar la mentira crece, su uso responsable en la detección y la educación ciudadana son las únicas vías para proteger la esfera pública digital.
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Referencias bibliograficas:
1.- Inteligencia artificial generativa con modelos de ChatGPT y OpenAI, Valent0ina Alto, Editora Anaya Multimedia, Madrid, España, 2023.
2.- Domina la inteligencia artificial antes de que ella te domine a ti: IA101 estrategias para impulsar tu carrera y mejorar tu vida, Lasse Rouhiainen, Alienta Editorial. Barcelona, España, 2026.
3.- Generación IA: guía para un uso responsable, creativo y seguro de la inteligencia artificial, María Lázaro Ávila, Ediciones Anaya Multimedia, Madrid, España, 2026.
4.- Inteligencia Artificial. Guía definitiva desde los orígenes a la IA generativa, Adrián González Sánchez y Laura Sánchez Fernández, Ediciones Anaya Multimedia, Madrid, España, 2025.
5.- Liderando la era de la IA generativa: Playbook ejecutivo para convertirse en el líder que impulsa la transformación de su empresa, Adrián González Sánchez, Marcombo, Alpha Editorial, Barcelona, España, 2026.
6. Artículo académico (PMC / Frontiers in Artificial Intelligence). Romanishyn, A., Malytska, O., y Goncharuk, V. (2025, 31 de julio). AI-driven disinformation: policy recommendations for democratic resilience. Frontiers in Artificial Intelligence, 8, 1569115. https://pmc.ncbi.nlm.nih.gov/articles/PMC12351547/.
7. Noticia de Agencia (Agência Brasil). Agência Brasil. (2026, 6 de febrero). Contenidos falsos creados con IA se triplican entre 2024 y 2025.,.
8. Reportaje periodístico (El Nacional / BBC). Titheradge, N., y Malchevska, O. (2026, 22 de marzo). ¿Por qué ChatGPT aconsejó a una joven rusa suicidarse? El Nacional, p. 7.,.
9. Artículo de opinión/tecnología (Vía Tecnológica). Díaz, R. (s.f.). La IA no es confiable, y esta es la razón. Vía Tecnológica.
10. Artículo sobre salud (The New York Times / Estudio). Rosenbluth, T. (2025, 29 de octubre). Los consejos de salud de los chatbots de IA suelen ser erróneos, según un estudio.
11. Breve de prensa (Fraude con IA). Agencias. (s.f.). Gana millones por fraude con IA.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático y escritor.
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