Conecta con nosotros

Nacionales

Rent cars formales mueven 8 mil turistas por mes en el país

Published

on

Hertz es una de las 14 empresas formales que ofrecen el servicio de renta de autos en la en República Dominicana.

Hertz es una de las 14 empresas formales que ofrecen el servicio de renta de autos en la en República Dominicana.

En República Dominicana unos 8,000 turistas se movilizan cada mes en vehículos rentados a empresas formalmente constituidas del ramo y una cantidad no determinada a través de negocios que operan informalmente.

Las empresas-franquicias internacionales de rent cars formales que operan en el país son 14 y se distinguen de las “criollas”, primero porque cuentan con una serie de permisos que se requieren para eso y porque pagan sus impuestos correspondientes.

Los 14 rent cars tienen presencia no solo en el Gran Santo Domingo (Distrito Nacional y provincia Santo Domingo), sino en los principales puntos turísticos, como Bávaro, La Romana, Puerto Plata y Santiago, entre otros. Esa característica de los negocios constituye a la vez una garantía y una diferencia respecto a quienes operan sin control, que suelen tener apenas un punto u oficina en un lugar específico. Algunos de éstos tienen un local, por ejemplo, en La Caleta de Boca Chica o quizás una en Santiago.

Cuando una persona (en este caso un extranjero) necesita un carro en un país desconocido no quiere arriesgarse a contratar el servicio con una persona que no pueda responder luego, si se presentara un evento inesperado. Es ahí donde las compañías formales llevan la mejor parte. La mayor cantidad de unidades que tiene una empresa formal de renta de vehículos en el país oscila entre 600 y 700. Pero el promedio por empresa es de 200 y 300 unidades. Es decir, que de manera global las empresas formales de rent cars poseen entre 3,000 y 5,000 unidades. Y de esas unidades se alquila (se denomina nivel de ocupación) alrededor del 75% en temporada alta. El promedio de alquiler de autos es semanal, de acuerdo a datos ofrecidos por la presidenta y el director ejecutivo de la Asociación Dominicana de Rent Cars (ANDRI), Joan C. Flaquer, y Enrique Fernández, respectivamente.

Para operar formalmente como rent  car se requiere contar con una serie de permisos que otorga el Gobierno vía el Ministerio de Turismo (al menos para  zonas con actividad turística), y se requiere contar con un registro mercantil y un RNC, este último otorgado por la Dirección de Impuestos Internos. Con nada de eso cuentan las compañías informales, de las cuales pueden existir cientos en el territorio dominicano. Entre las rent cars formales presentes el país, cuyas empresas madres se ubican en el extranjeras figuran Hertz, AVIS, American International, Alamo, Dollar, Budget, National, Thrifty, Nelly, Ozavi, Advantage, Payless Car Rental y Europcar.

¿Cómo evitan el fraude?

Las principales compañías de rent cars formales para hacer las transacciones con las tarjetas de crédito utilizan como intermediario a la empresa Card Net, institución que ofrece a los rentadores capacitaciones sobre cómo identificar una tarjeta fraudulenta. Lo propio hace otro banco del país, que imparte seminarios sobre la materia. “Si uno recibe un documento falso, se identifica y existe un procedimiento sobre qué hacer al respecto”, indica Flaquer. “Y de hecho, la tarjeta en sí es un cedazo bastante poderoso, porque es difícil que un delincuente consiga una tarjeta de crédito legal”, agrega Enrique Fernández. Lo que quiere decir este conocedor del negocio, es que “desde que un cliente viene con una tarjeta, te la presenta y si está buena, significa que hay un banco que tuvo la confianza de extenderle un crédito abierto. Eso es una garantía para el cliente”.

El principal requisito para alquilar un auto es que el solicitante cuente con una tarjeta de crédito con suficiente disponibilidad. Algo así como una tarjeta “responsable”. Aunque no es muy común que se cometan hechos delictivos utilizando vehículos rentados, no significa que esos negocios estén totalmente libres de que eso ocurra. Flaquer sostiene que cuando eso sucede se genera un problema y una pérdida de ingreso porque, aunque no tiene nada que ver con el hecho, usualmente el vehículo, que es un activo de la empresa, queda retenido como evidencia del caso. En cuanto a las tarifas, hay que incluyen un día de renta (por ejemplo, de 10:00 de la mañana de un día a esa misma hora del día siguiente), tarifas semanales y mensuales (básicamente para compañías) que requieren el servicio.

Conocedores del negocio

Joan C. Flaquer
Presidenta de Asociación de Rent Cars
“La tarifa diaria más económica que tiene un rent cars es de US$22.00 y la más elevada US$26.00, en el carro más pequeño. Si el vehículo es superior el monto sube. Las empresas formales están orientadas a distintos segmentos del mercado. Pero sin duda hay para todos”.

Enrique Fernández
Director ejecutivo de ANDRI
“Entre los concesionarios de marcas de autos y los rent cars hay una relación comercial estrecha. Y eso se da porque las empresas que rentan autos normalmente lo hacen con unidades nuevas que les compran, precisamente, a los concesionarios del país”.

EL CARIBE

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

Continue Reading

Nacionales

Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

Continue Reading

Nacionales

Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group