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Revelan escena de crimen de adolescente se extendió por toda la casa cural

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SANTO DOMINGO. Varias interrogantes se formulan entorno al asesinato del adolescente y exmonaguillo Fernelis Carrión Saviñón, hecho por el cual le dictaron un año de prisión preventiva en la cárcel de Najayo al sacerdote Elvin Taveras Durán, señalado como el responsable del crimen ocurrido en la casa curial.

La solicitud de medida de coerción presentada por la Fiscalía de la Provincia Santo Domingo describe que Carrión Saviñón llegó el 4 de agosto a la residencia del sacerdote, ubicada en la calle Santa Cecilia del sector Los Rosales, frente a la parroquia Santa Cecilia, en horas de la mañana en un taxi pagado por el cura.

Según el Ministerio Público, al hacer la inspección de la casa curial, con orden de allanamiento y arresto, “se pudo comprobar que la escena del crimen se extendió desde el piso de la sala, cocina, baño de visita, silla, suaper, cubeta, escalera que conduce al segundo nivel y sus dos baños”. Describe, además, que el cadáver del menor de edad fue encontrado alrededor de las 5:30 de la tarde de ese mismo día en la carretera que conduce a Guerra-Bayaguana, específicamente en el paraje Yabacao, con herida cortante en el cuello y herida punzante en el lado derecho de la espalda, pero que en ese momento se desconocía la identidad de la víctima.

Aunque la instancia en la cual el juez, Julio Aybar, de la Oficina de Atención Permanente, se basó para imponer la prisión no habla de golpes en la cabeza, la dirección de comunicaciones de la Procuraduría informó que la víctima presentaba “dos martillazos contundentes en la parte de atrás de la cabeza”.

En la solicitud de medida el órgano investigador no estableció las circunstancias en las cuales se produjo el asesinato y traslado del cadáver hasta el lugar donde fue encontrado a plena luz del día.

Datos obtenidos por Diario Libre establecen que el homicidio se cometió alrededor de las 10:00 a.m., y que el cura salió de la casa con el cadáver a las 11:00 a.m. Según confesó, lo envolvió en manteles de la iglesia, y lo echó en un tanque que llevó en su vehículo hasta los matorrales de Bayaguana.

El taxista que llevó al menor dijo que Taveras Durán le pagó RD$300 y vio que la víctima y el imputado entraron de manera apresurada a la residencia.

Aunque el párroco, según la Policía, había admitido que cometió el hecho presuntamente porque el adolescente lo estaba chantajeando con publicar fotos íntimas de ambos, el Ministerio Público no hizo uso de esas declaraciones, ya que fueron obtenidas mediante una entrevista al procesado cuando no estuvo acompañado de su abogado.

Olga Diná Llaverías, fiscal de Santo Domingo Este, dijo que están haciendo su propia investigación, debido a que se trata de un caso “bastante complejo” y no descartan la participación de otras personas, así como otros escenarios.

“Por estos momentos, la confesión no representa un elemento probatorio, por eso el Ministerio Público tiene que agenciarse su propia prueba de manera legítima, conforme establece la ley y haciendo las diligencias de investigación pertinentes que también permita la ley. En estos momentos simple y sencillamente presentamos un caso con los elementos que presenta el Ministerio Público”, dijo Diná Llaverías.

Aunque en los últimos días se ha manejado la tesis de que Taveras Durán había estado abusando sexualmente del menor, la Fiscalía no ha determinado los cargos a imputar, ya que no se limitará a investigar el asesinato, sino que también se extenderá a todos los escenarios, informó la fiscal.

“En este momento no podemos hablar de pena, ustedes saben que el proceso penal tiene tres fases, (…) nosotros, al igual que la familia, necesitamos y queremos, como Ministerio Público, como sociedad, la pena máxima ante un hecho como este”, argumentó.

Describió que por el momento se han presentado elementos de prueba que vinculan al clérigo con el hecho a los fines de la imposición de medida cautelar, pero que la responsabilidad del Ministerio Público es presentar no sólo un elemento sino todas las pruebas necesarias para tener una acusación fuerte.

El padre de la víctima dijo sentirse satisfecho con la prisión y espera que sea condenado a pena máxima.

Otro allanamiento y defensa

La Fiscalía realizó ayer otro allanamiento como parte de las investigaciones, y en búsqueda de nuevos elementos que puedan ser usados como pruebas. El lugar del allanamiento no fue especificado por la Fiscalía. El Arzobispado de Santo Domingo contrató los servicios del abogado Miguel Liria para que asuma la defensa técnica del procesado. “Estoy representando a una parte de la iglesia católica que me pidió que asistiera, y como nosotros estamos cerca del movimiento católico, accedimos”, expresó. Explicó que esperará la resolución para determinar si la apelará o solicitará una revisión de la medida de coerción dispuesta para el suspendido sacerdote.

diariolibre.com

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.

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Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.

La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.

El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.

En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.

Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.

Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.

Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.

El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.

La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.

Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.

El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.

En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.

El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.

Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.

El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.

Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.

También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medinahermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.

La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.

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