Mediante sentencia número SCJ-SS-23-0154, de fecha 31 de enero de 2023, los jueces de la citada Sala establecen que en materia donde existe libertad de pruebas, el juez tiene amplio poder de apreciación de las mismas y deducir consecuencias.
Sobre la valoración probatoria “es oportuno establecer que ha sido juzgado por esta Segunda Sala que el juez idóneo para decidir sobre las pruebas testimoniales es aquel que pone en escena en el juicio, el principio de inmediación en torno a la misma”.
El citado artículo 408 del Código Penal puntualiza que “el perjuicio provocado con el abuso de confianza debe recaer sobre el propietario, poseedor o detentador, quien ha confiado o entregado a otro, bajo uno de los contratos estipulados, las cosas indicadas en el referido texto legal, y este las sustrae al no cumplir con su obligación de devolución”.
En ese sentido, los jueces de la Sala Penal: Francisco Antonio Jerez Mena (presidente), Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco, rechazaron el recurso de casación contra la sentencia penal núm. 216-2014, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís el 21 de marzo 2014, decisión que fue recurrida por las imputadas luego de ser condenadas penal y civilmente por el hecho en cuestión.

A pesar de que las fotocopias no constituyen pruebas fehacientes, no menos cierto es que el contenido de las mismas pueden ayudar al juez a edificar su convicción, si la ponderación de estas es corroborada por otras circunstancias y elementos que han aflorado en el curso del proceso, según lo decidió la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Nasry Asfura, presidente de Honduras, felicitó a su homólogo dominicano, Luis Abinader, por la organización de los XXV Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026, que concluyen este sábado en la capital dominicana.


Santo Domingo, R.D.-La lectura integra de la sentencia número 249-02-2026 SSEN-00040 fue reprogramada para el 23 de septiembre a las dos de la tarde por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual condena a Adam Caceres Silvestre y Juan Carlos Torres Robipu, acusados de corrupción y lavado de activos.
BARAHONA.- Ciento nueve armas de fuego de diferentes marcas y calibres, además de municiones, drogas y objetos vinculados a actividades delictivas en las provincias de la region de Enriquillo, fueron ocupados por la Dirección Regional Sur de la Policía Nacional.