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Otras vez sobre el tapete candidaturas independientes
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2 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.-Tras la aprobacion en primera lectura por parte del Senado del proyecto de ley que busca eliminar los articulos 156 y 157 de la Ley 20-23, organica del régimen electoralo, se han encendido los debates sobre el tema luego de dormir el sueno del olvido.
El jurista Alberto Fiallo Billini rechazó el marco jurídico propuesto por el senador Ramón Rogelio Genao (PRSC-La Vega) y su ratificación en la Cámara Alta, y advirtió que lo más grave es que se trata de “un enfrentamiento directo” con una sentencia del Tribunal Constitucional (TC), cuyas decisiones son vinculantes, “lo que no ha pasado en 16 años”.
El proponente del recurso ante el TC para regular las candidaturas independientes en el sistema electoral dominicano aclaró que, si bien el Congreso acostumbra a ignorar las sentencias exhortativas de la alta corte que le obligan a emitir una ley, ahora, con el proyecto aprobado en primera lectura, “no es tan sencillo” como no escuchar al Tribunal Constitucional, porque –a su juicio- se trata de un enfrentamiento directo con el órgano que interpreta la Carta Magna.
Dijo que el Congreso no puede legislar eliminando un derecho fundamental, como el de participar como candidato independiente.
“Participar como candidato independiente es una expresión del derecho a elegir, pero eso se dijo hace más de 30 años. En Latinoamérica tenemos de 18 países hispanoamericanos, tenemos 10 que tienen candidatos independientes: México tiene candidatos independientes desde hace más de 100 años, pero aquí lo importante es que el problema es que no se le puede obligar a una persona que para participar en política, para ser candidato, tenga que inscribirse en un partido político”, sostuvo.
Según el abogado, el derecho a participar como candidato independiente está avalado en la Constitución y tiene cerca de 100 años.
En la sentencia 0788 de 2024, el Tribunal Constitucional determinó que los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 impedían de forma excesiva o condicionada la postulación de candidatos independientes, al exigir que éstos dependieran de partidos u organizaciones políticas existentes.
Precisa que ese requisito limita el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegidos sin necesidad de vínculo partidario.
Frente Cívico y Social: el Congreso debe sujetarse a la Constitución y al TC
Sobre el tema se pronunció también el presidente del Frente Cívico y Social (FCS), Isaías Ramos, quien explicó que la aprobación de la pieza en el Senado no es tan simple como parece, ya que se trata del alcance que esta pudiera tener sobre los derechos políticos en la democracia.
Elías Wessin, presidente de la comisión especial de la Cámara de Diputados que estuvo a cargo de los proyectos de ley de candidaturas independientes, dijo que se sorprendió con la iniciativa del Senado, ya que la Cámara Baja estuvo apoderada de la misma propuesta, sometida por el diputado Rogelio Alfonso Genao (hijo del senador).
Detalló que la comisión especial de diputados rindió un informe no favorable, consensuado con la mayoría de los miembros de la comitiva, diciendo que había que buscarle una ruta adecuada a las candidaturas independientes mediante una modificación a la Constitución.
“Lo que hemos dicho es que, necesariamente, hay que introducir una modificación constitucional para que esas candidaturas sean factibles, porque sencillamente la Constitución dice claramente que cualquier candidatura debe expresarse bajo el esquema o la plataforma de los partidos políticos. Esa es la opinión y se mantiene igualita”, señaló.
El senador Ramón Rogelio Genao defendió su propuesta legislativa, la cual está pendiente de una segunda discusión en la Cámara Alta para pasar a la Cámara de Diputados. Dijo que con la sentencia 0788/24, el Tribunal Constitucional legisla y suplanta un poder que está definido por la Ley Suprema, que es el Congreso Nacional.
Señaló que, al eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley del Régimen Electoral, sale del país la discusión de las candidaturas independientes.
Recordó, además, que la Constitución establece las candidaturas sólo a través de partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
También se pronunció el vocero de los diputados del Partido de la Liberación de Dominicana (PLD), Gustavo Sánchez, al indicar que la solución más viable es que los candidatos independientes cumplan con los mismos requisitos que se les exigen a los partidos políticos.
Ricardo de los Santos: el Pleno puede hacer los reparos que considere
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos (PRM-Sánchez Ramírez), explicó que la iniciativa de ley apenas ha sido aprobada en primera discusión, pero que en la segunda el Pleno tiene la facultad de hacerle todos los reparos que considere.
La Cámara Alta aprobó ayer en primera lectura el proyecto legislativo que deroga los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.
Para poder ser efectiva, la pieza deberá ser acogida por el Senado en segunda discusión y en dos lecturas por la Cámara de Diputados. De ahí, la iniciativa iría al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
En las candidaturas independientes, las personas se postulan a un cargo de elección popular sin pertenecer a un partido, movimiento o agrupación política, y sin que los mismos sirvan de plataforma para su propuesta electoral.
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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.
Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.
La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.
De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.
De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.
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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.
En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.
El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.
Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.
Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.
Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).
Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.
El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.
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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción
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2 días agoon
mayo 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.
Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.
Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.
El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.
En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.
Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.
La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.
Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.
Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.
Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.
En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.
Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.
