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Economía

Sectores advierten impacto económico y más informalidad por Ley Antilavado

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SANTO DOMINGO. A mediados del año pasado, cuando la Ley contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo fue aprobada, los empresarios mostraron temor por sus posibles efectos. Siete meses después y ya con todo el marco de normas en vigor, asumen que la aplicación de la Ley 155-17 ha tenido —y seguirá teniendo— un impacto sobre la actividad de sectores económicos que ahora están obligados a hacer cumplir la ley.

El presidente ejecutivo de la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (Acofave), Enrique Fernández, dijo que el año pasado registraron una caída de las ventas por el orden del 15% que estuvo influenciada, no solo por el enfriamiento generalizado de la economía, sino también por la expectativa generada por la aplicación de la ley contra el blanqueo de capitales.

La forma de hacer negocios para ellos registró un viraje importante desde junio del año pasado, cuando la norma general entró en vigor. Para empezar, no pueden aceptar pagos en efectivo por más de RD$500,000 (que ahora equivalen a US$10,250 al tipo de cambio actual) por la venta de un vehículo. Pero si un cliente espera hacer varios pagos para saltarse esa limitación, tampoco tendrá suerte: todos los sectores económicos que participan en el cumplimiento de la Ley 155-17 deben reportar si, al sumarse, varios pagos vinculados a la misma compra-venta, superan los US$15,000 o su equivalente en moneda nacional.

Al presidente ejecutivo de Acofave le resulta difícil cuantificar el impacto económico que la aplicación de las normas contra el lavado de activos tendrá sobre el sector que representa, pero entiende que lo habrá. En cualquier caso, considera que ese esfuerzo del gobierno por reducir el blanqueo de dinero, aunque proviene de presiones externas, es sano. Lo que exige Fernández es que la ley se le aplique a todo el sector automotor por igual: a concesionarios, dealers y hasta al empresario informal que vende un vehículo en la calle, sin oficina. No hacerlo provocará, a juicio del representante de Acofave, un crecimiento descontrolado de los vendedores informales de vehículos, una situación que terminará por hundir al sector formal y organizado.

Por su parte, el presidente de la Confederación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción (Copymecon), Eliseo Cristopher, coincidió en el impacto negativo que tendrán las normas antilavado en su sector, específicamente una disminución de la inversión en la construcción. También alertó sobre el riesgo de que la ley destruya la rama formal de la actividad.

“Antes de una aplicación tajante de esa Ley, debe existir un periodo determinado de concienciación, de que se entienda esta Ley, porque todavía el 99% de las pequeñas empresas que vienen aquí desconocen todavía, al día de hoy, la responsabilidad tan fuerte que asumen con esa Ley”, precisó.

Reconoció la importancia de la norma por lo que advirtió que no está en contra de la misma, pero consideró que debe haber un régimen especial con un organismo que dé apoyo a las Pymes en la investigación necesaria a la hora de vender un inmueble. Cristopher expresó que ese organismo debe funcionar para que las Pymes puedan llevar el nombre de un cliente para saber si puede hacer esas negociaciones y que sea esa entidad la que investigue al comprador de un inmueble.

Agregó que las pequeñas empresas de la construcción no cuentan con las estructuras para investigar si los recursos de los clientes vienen de fondos dudosos. “Para poner un ejemplo, a una pequeña empresa viene Juan, Marco o Pedro a comprar un apartamento, ya nosotros tenemos que tener un organismo que investigue de dónde salen esos fondos, ¿y cómo lo hacemos si lo que queremos es vender? Quiere decir que, si por alguna razón nosotros vendemos un apartamento a una persona con fondos dudosos, ya estamos nosotros violando la Ley”, explicó el dirigente empresarial.

Por su parte, la Asociación de Constructores y Promotores de la Vivienda (Acoprovi) analizará las recién publicadas normas que rigen los mecanismos con los que el sector prevendrá el lavado de dinero, por lo que todavía no emitirán una opinión. No obstante, a mediados del año pasado su presidenta, María Gatón, había indicado que la aplicación conllevaría a un aumento de los costos para las empresas porque ahora deben desempeñar roles que antes no estaban definidos en su estructura, como la debida diligencia.

Lo que debe conocer

Sujetos obligados
Las entidades financieras, cooperativas, constructoras, ventas de vehículos, casinos, bancas de apuestas, joyerías, casas de empeño, armerías, notarios, abogados y contadores. Deben inscribirse en el RNC, implementar un manual de prevención definido por las autoridades y hacer la debida diligencia a sus clientes para identificar a sospechosos de lavar dinero.

Venta de viviendas

Se prohíbe pagar o aceptar más de RD$1,000,000 en efectivo por la compra de una vivienda. Constructoras y agentes inmobiliarios deben evitar esas operaciones y reportarlas a las autoridades.

Compra-venta vehículos

No se puede hacer operaciones en efectivo por más de RD$500,000. Es sospechosa cualquier transacción que, aun sin superar ese monto, sea para adquirir masivamente vehículos, cambio o venta por valores muy inferiores, o pago anticipado y en efectivo de una operación en cuotas.

Casinos y banca de juegos

Prohibido comprar en efectivo boletos o fichas por más de RD$250,000. Los casinos o bancas deberán reportar si un clientes sobrepasa el umbral de US$3,000 diarios o su equivalente en pesos, en una o varias operaciones.

Joyerías y casas de empeño

Están prohibidas las compras en efectivo que superen los RD$450,000. También aplica para armas.

Notarios y registradores

Aplica para notarios, abogados y contadores que registren compra-venta de inmuebles, administren dinero de un cliente, registren empresas y actúen como sus apoderados o directivos.

diariolibre.com

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Economía

El Ejecutivo vuelve a pedir autorización para emitir hasta US$4,354.5 MM en préstamos

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Santo Domingo, R.D.-El Poder Ejecutivo aprovechó la reformulación del Presupuesto 2026 para redistribuir recursos entre instituciones, solicitar autorización para contratar hasta US$4,354.5 millones en préstamos e introducir cambios que amplían su capacidad de maniobra durante la ejecución del gasto público.

La propuesta de reformulación del Presupuesto General del Estado para 2026, sometida por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, redistribuye miles de millones de pesos entre instituciones, incluyendo una reducción de 2,000 millones de pesos al Ministerio de Educación. Además,  incorpora la autorización para contratar 23 operaciones de crédito público por 4,354.5 millones de pesos y otorga al Ejecutivo nuevas facultades para realizar ajustes presupuestarios.

El proyecto modifica la Ley 99-25, que aprobó el presupuesto vigente, con el argumento de que el desempeño de las recaudaciones permite aumentar en 40,978.3 millones de pesos tanto los ingresos como las apropiaciones de gasto. Como ambos conceptos crecen en la misma proporción, el déficit fiscal previsto para 2026 permanece sin cambios en RD$280,575.2 millones.

  • Sin embargo, uno de los aspectos de mayor alcance es la reincorporación del artículo 71 de la Ley 99-25, mediante el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda y Economía a concertar 23 operaciones de crédito con organismos multilaterales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial, la CAF, la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y otras entidades financieras internacionales.

Las operaciones abarcan proyectos de agua potable y saneamiento, ampliación del Metro y el Monorriel de Santo Domingo, redes de transmisión eléctrica, modernización de centrales hidroeléctricas, infraestructura vial, sistemas de riego, desarrollo territorial, resiliencia climática y reforma del sistema penitenciario. En conjunto representan un monto de 4,354.5 millones de dólares.

El texto no establece las condiciones financieras específicas de esas operaciones. En todos los casos dispone que serán contratadas a una «tasa de interés y comisiones compatibles con las vigentes en el mercado para la República Dominicana», sin detallar tasas, plazos, períodos de gracia ni el costo financiero estimado de cada préstamo.

Reducen fondos a Educación

La reformulación también reorganiza el gasto entre instituciones públicas. Entre las reducciones figura una disminución de 2,000 millones de pesos para el Ministerio de Educación, y montos menores para el de Turismo y Energía y Minas.

En sentido contrario, aumentan las asignaciones para la Presidencia de la República, Interior y Policía, Salud Pública, Obras Públicas, Agricultura, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Hacienda y Economía y la Administración de Obligaciones del Tesoro Nacional.

Además del nuevo paquete de endeudamiento, el proyecto incorpora disposiciones que amplían la capacidad de actuación del Poder Ejecutivo durante la ejecución presupuestaria.

El artículo 10 autoriza al Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de la ley y realizar los ajustes derivados de la ejecución del presupuesto conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Presupuesto.

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Cinco fiduciarias del país administran RD$537,700 millones

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Santo Domingo, R.D.-El negocio fiduciario ha ganado espacio en la economía dominicana durante la última década. Detrás de proyectos inmobiliarios, inversiones, garantías y otros esquemas de administración de bienes opera una actividad que, de acuerdo con cifras de la Superintendencia de Bancos (SB), ya concentra más de medio billón de pesos en activos administrados.

Los datos disponibles en el portal de la SB muestran que cinco entidades fiduciarias administraban, al cierre de las fechas de actualización correspondientes a junio y julio de 2026, activos por RD$537,702.76 millones. En conjunto también manejaban 1,105 fideicomisos y empleaban a 385 personas.

Las cifras evidencian el tamaño que ha alcanzado este segmento financiero, cuya función no consiste en recibir depósitos o conceder préstamos, sino en administrar bienes y derechos que otras personas o empresas les confían mediante contratos de fideicomiso.

De acuerdo con la información de la Superintendencia de Bancos, Fiduciaria Reservas administra activos por RD$318,004.73 millones, equivalentes al 59.14% del mercado medido por activos administrados. La entidad reportaba 285 fideicomisos y una plantilla de 141 empleados.

Fiduciaria Popular ocupa el segundo lugar por activos administrados, con RD$100,699.88 millones, una participación de mercado por activo administrado de 18.73%; una participación de mercado por fideicomisos de 39.19%, 433 fideicomisos y 68 colaboradores.

Le sigue Fiduciaria La Nacional, con RD$64,257.70 millones bajo administración, una participación de mercado por activo administrado de 11.95%; participación de mercado por fideicomisos de 20.54%, además de 227 fideicomisos y 104 empleados.

Fiduciaria BHD registra activos administrados por RD$38,437.25 millones, equivalentes al 7.15% del mercado, junto con 108 fideicomisos y 54 empleados.

En tanto, FiduAPAP administra RD$16,303.20 millones, con una participación de 3.03%, además de 52 fideicomisos y una plantilla de 18 personas.

Mientras la distribución por activos presenta diferencias importantes entre las entidades, la participación cambia cuando el indicador observado es la cantidad de fideicomisos administrados. En ese caso, Fiduciaria Popular concentraba el 39.19% de los fideicomisos reportados por estas entidades, seguida por Fiduciaria Reservas con 25.79%, Fiduciaria La Nacional con 20.54%, Fiduciaria BHD con 9.77% y FiduAPAP con 4.71%.

Más que administrar dinero

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) define el fideicomiso como un acto jurídico mediante el cual una o varias personas entregan bienes o derechos a una entidad fiduciaria para crear un patrimonio separado que será administrado por esa entidad en beneficio de otra persona o incluso del propio fideicomitente.

Ese patrimonio separado es uno de los elementos centrales de esta figura. Los bienes transferidos al fideicomiso no pasan a formar parte del patrimonio propio de la fiduciaria, sino que permanecen independientes y deben administrarse exclusivamente conforme a las condiciones establecidas en el contrato.

La DGII explica que el fideicomiso no posee personalidad jurídica, aunque sí tiene la condición de contribuyente.

También señala que puede constituirse para cualquier propósito permitido por la ley, contiene bienes de cualquier naturaleza, se formaliza por escrito ante notario y dispone de un régimen de  publicidad registral que permite hacerlo oponible frente a terceros.

En ese esquema, la fiduciaria asume la administración de los bienes, pero no adquiere la propiedad para fines propios ni puede utilizarlos en beneficio de sus administradores.

La legislación también establece obligaciones específicas para las fiduciarias. Entre ellas figuran mantener separados los bienes administrados de su propio patrimonio y del resto de los fideicomisos que gestionan, rendir cuentas al fideicomitente o al beneficiario cuando corresponda, administrar los bienes con prudencia, diligencia y cuidado, disponer de ellos únicamente conforme a lo establecido en el contrato y transferirlos a quien corresponda una vez se cumplan las condiciones pactadas.

Igualmente, las fiduciarias deben defender los bienes que administran, no pueden garantizar resultados o rendimientos de las inversiones, tampoco delegar sus funciones, apropiarse de los bienes fideicomitidos ni realizar actos en beneficio de sus propios administradores. Estas obligaciones buscan preservar la independencia del patrimonio administrado y garantizar que los recursos entregados por los fideicomitentes sean utilizados únicamente para los fines previstos en el contrato de fideicomiso.

La Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso contempla distintos tipos de fideicomisos.

Entre ellos se encuentran los fideicomisos de planificación sucesoral, utilizados para organizar la transmisión del patrimonio; los fideicomisos de inversión y los fideicomisos de inversión y desarrollo inmobiliario.

Lo que sí se puede hacer bajo la sombrilla de la ley

La normativa también permite crear otros tipos de fideicomisos, siempre que su objeto no contradiga las disposiciones legales vigentes.

En todos los casos participan al menos tres figuras principales. El fideicomitente, que aporta los bienes o derechos; la fiduciaria, encargada de administrarlos; y el beneficiario o fideicomisario, quien recibe los beneficios derivados del patrimonio fideicomitido o los bienes al finalizar el contrato, según las condiciones acordadas.

De acuerdo con lo explicado por la DGII, las personas jurídicas constituidas exclusivamente para fungir como fiduciarias deben registrarse e informar el inicio de sus operaciones. Asimismo, la legislación permite que bancos múltiples, asociaciones de ahorros y préstamos y otras entidades de intermediación financiera autorizadas por la Junta Monetaria puedan ejercer funciones fiduciarias.

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Economía

Popular destina 41 % cartera a las mipymes

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Santo Domingo, R.D.-El Banco Popular Dominicano encabeza el crédito a las a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) del país, y se mantuvo como la entidad de intermediación financiera con el mayor saldo de créditos destinados a este sector.

La entidad cuenta con una cartera de RD$157,310 millones al cierre de abril de 2026, según el más reciente informe del Sistema de Información del Mercado Bancario Dominicano (SIMBAD) de la Superintendencia de Bancos (SB).

Este volumen de financiamiento a las mipymes representaba para ese momento el 40.8% de la cartera comercial total del Banco Popular. La cartera para el segmento mipyme en particular registró, además, un crecimiento interanual de 4.1% y contabilizó 59,600 créditos al período referido.

Estos resultados reflejan el respaldo sostenido del Banco Popular a las mipymes dominicanas y su rol como aliado financiero de un sector fundamental para la actividad productiva, la generación de empleos y el crecimiento económico nacional.

Según el informe “Financiamiento a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas” de la SB, las mipymes aportan un valor agregado equivalente al 32% del producto interno bruto (PIB) y generan alrededor de 3.05 millones de puestos de trabajo, equivalentes al 61.6% del empleo total. Asimismo, representan el 98.5% de las empresas inscritas en el Registro Nacional de Contribuyentes, de acuerdo con datos de 2024 citados en el reporte. “Reafirmamos nuestro compromiso de continuar acompañando a las micro, pequeñas y medianas empresas dominicanas, apoyando sus proyectos, sus necesidades financieras y sus planes de crecimiento. Como aliados financieros de las mipymes, en el Banco Popular fortalecemos su capacidad de contribuir al desarrollo de una economía más dinámica, competitiva y sostenible”, afirmó Christopher Paniagua, presidente ejecutivo del Banco Popular.

Referencia geográfica

Popular impulsa el crecimiento de mipymes

El Banco Popular informó que continúa apoyando a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) mediante soluciones financieras orientadas a cubrir sus necesidades de operación e inversión, fortaleciendo su competitividad y crecimiento.

Según la Superintendencia de Bancos, la entidad registró una tasa de interés acumulada de 11.7 % para este segmento a abril de 2026, una de las más bajas del sistema, con un índice de morosidad de 1.3 %.

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