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Se repite la historia de incapacidad del Ministerio Público y sentencia benigna en contra de imputados de corrupción.

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Santo Domingo.– En una sentencia que condena benignamente al principal implica del caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó sentencia en el caso de corrupción administrativa  que reveló un entramado que defraudó al Estado dominicano con más de RD$4,500 millones mediante el uso de empresas vinculadas a familiares y allegados del expresidente Danilo Medina.

La presidenta del tribunal, Claribel Nivar Arias, junto a las magistradas Clara Castillo y Yisel Soto, condenaron a Juan Alexis Medina Sánchez, hermano del exmandatario, a 7 años de prisión en la cárcel de Najayo-Hombres por asociación de malhechores, desfalco y uso fraudulento de múltiples empresas para obtener contratos en instituciones como el Ministerio de Salud Pública, Obras Públicas y la Policía Nacional.

Además, Juan Alexis Medina Sánchez  deberá pagar una multa equivalente a 150 salarios mínimos.

En contraste, su hermana Carmen Magalys Medina Sánchez, exvicepresidenta del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), fue absuelta tras no probarse su vinculación con los hechos, ordenándose el cese de cualquier medida de coerción en su contra.

Tras conocer la sentencia, Juan Alexis Medina Sánchez manifestó que no está conforme con el fallo del Segundo Tribunal Colegiado y adelantó que apelará la decisión ante las instancias correspondientes.

José Dolores Santana Carmona fue condenado a 6 años de prisión en la cárcel de Najayo-Hombres por lavado de activos. El tribunal lo halló culpable de ser uno de los principales testaferros del entramado, prestando su nombre para la creación de empresas ficticias que canalizaban los fondos desviados del Estado hacia los líderes de la red de corrupción.

Wacal Bernabé Méndez Pineda recibió una condena de 5 años de prisión en Najayo-Hombres y el pago de las costas penales. Según el expediente, participó en la falsificación de documentos y en la creación de empresas fantasmas que simulaban competencia en licitaciones públicas, permitiendo que las compañías vinculadas al grupo obtuvieran contratos de forma fraudulenta.

Paola Mercedes Molina Suazo fue sentenciada a 5 años de prisión en Najayo-Mujeres y al pago de las costas penales. La investigación determinó que actuó como intermediaria en las transacciones financieras del entramado, facilitando el movimiento y blanqueo de fondos ilícitos provenientes de contratos irregulares.

Carlos Martín Montes de Oca Vásquez cumplirá 5 años de prisión en Najayo-Hombres por su papel en la creación y administración de empresas ficticias que se utilizaron para obtener pagos millonarios del Estado sin la debida ejecución de los servicios contratados.

Víctor Encarnación Matías Montero fue condenado a 5 años de prisión en Najayo-Hombres, con la pena suspendida bajo condiciones, además de una multa de RD$500,000 y la prohibición de contratar con entidades financieras, de valores o públicas. El tribunal estableció que colaboró en la logística de los fraudes, incluyendo la coordinación de entregas y servicios ficticios que respaldaban los cobros ilegales.

Francisco Ramón Brea Morel (Johnny Brea) recibió una condena de 5 años de prisión en Najayo-Hombres y el pago de las costas penales. Se le encontró culpable de falsificar documentos relacionados con la entrega de materiales como el AC-30, justificando así pagos millonarios por servicios que nunca fueron realizados.

Rigoberto Alcántara fue sentenciado a 5 años de prisión en Najayo-Hombres y al pago de las costas penales. Su participación en el caso estuvo ligada a la administración y creación de empresas utilizadas para justificar contratos fraudulentos en beneficio del entramado de corrupción.

En cambio, el tribunal absolvió a Fernando Manuel Rosa Rosa, Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez, Rafael Antonio Germosén Andújar, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, Libni Arodi Valenzuela Matos, Carlos José Alarcón, Lina Ercilia de la Cruz, Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco, Antonio Florentino, José Miguel Genao, Fulvio Antonio Cabreja Gómez y José Idelfonso Correa, por falta de pruebas.

En todos los casos, se ordenó el cese de medidas de coerción y la devolución de bienes incautados.

La Operación Antipulpo expuso un esquema de corrupción que, según el Ministerio Público, se valió de la influencia política de Alexis Medina para obtener contratos fraudulentos en el Estado, desviar fondos y blanquear capitales a través de una red de empresas de carpeta.

Empresas

También resultaron las empresas condenadas Domedical Supply SRL, Fuel American Inc., General Supply Corporations SRL, General Medical Solution AM SRL, Kyanred Supply SRL, Suim Suplidores Institucionales Méndez SRL, United Suppliers Corporations SRL, Wattmax Dominicana SRL y WMI International SRL.

También completan la lista de empresas condenadas Wonder Island Park SRL, Acorpor SRL, Ichor Oil SRL, Globus Electrical SRL, Contratas Solution Services CSS SRL, Constructora Alcántara Bobea (CONALBO) SRL, Proyectos Engineering & Construction PIC SRL, Reivasapt Investment SRL y Suhold Transporte y Logística SRL.

Las empresas Cemeraf y Editorama fueron absueltas del cargo de lavado y liberadas del pago de costas.

  • Las empresas condenadas.
  • Los implicados.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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