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Diputados aprueban de urgencia en primera lectura la reforma laboral

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Santo Domingo, R.D.-De urgencia la Cámara de Diputados aprobó este jueves en primera lectura el proyecto que busca reformar el Código de Trabajo establecido en la Ley Orgánica 16-92, luego de leer de manera íntegra los 80 artículos de modificación.

Sin embargo, este procedimiento legislativo realizado en la sesión celebrada esta tarde, por los congresistas, es diferente al utilizado para favorecer el Código Penal, ya que los diputados aprobaron la transformación del marco laboral sin haber analizado a plenitud, con antelación, su contenido.

Así lo evidenció con sus declaraciones el diputado Charlie Mariotti, quien expresó al pronunciarse en el hemiciclo su inconformidad con la premura de los representantes, recordando que el proyecto de reforma laboral no fue estudiado en una comisión bicameral, como sucedió en el caso de la propuesta del marco penal.

“A mí me llama la atención que estemos solicitando el mismo procedimiento a un proyecto que no pasó por el procedimiento del Código Penal, que fue conocido en una comisión bicameral, eso a mí no me parece coherente. Este proyecto nosotros no lo hemos conocido, el proyecto llegó anoche.

Sí se leyó hoy, pero nosotros no lo hemos conocido y la legislatura vence el sábado…”, afirmó Mariotti, indicando que la norma laboral fue estudiada por una comisión especial del Senado de la República.

Es por esta razón que el representante del Distrito Nacional por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) intentó presentar una moción para enviar el proyecto de ley a una comisión de la cámara baja antes de ser aprobado.

Precisamente, una comisión, encabezada por Pacheco e integrada por más de 15 diputados, estaba reunida en un salón del órgano legislativo con el presidente de la Cámara Alta, Ricardo de los Santos, para agilizar la elaboración de las modificaciones que le realizarán al conjunto de leyes penales.

Sin embargo, esto sucedía en el mismo instante en que otros diputados permanecían en la sesión leyendo el proyecto de ley del Código Laboral, para conocerlo en primera lectura. Mariotti, al igual que otros representantes opositores y oficialistas, estuvo presente en la mesa de trabajo del Código Penal.

El diputado Elías Wessin también tomó un turno a la palabra, para manifestar su rechazo a varios apartados colocados en el proyecto.

“Tiene una orientación sexista en el principio número 7, en el artículo 3 y otros artículos, esto choca con el criterio de la Constitución que habla sobre sexo y genero. Donde sea que este código laboral hable sobre eso (debe) ser eliminado porque choca con la constitución, que habla sobre género y sexo, no orientación y sexo”, afirmó Wessin.

Además, deploró que el artículo tres contenga el término “ascendencia nacional”, alegando que no tiene sentido debido a que  “estamos hablando de un Código Laboral que es para los dominicanos”.

Los 190 representantes de la Cámara de Diputados, quienes tendrán en sus manos la decisión de enviar al Poder Ejecutivo este documento legislativo convertido en ley, ya que, de lo contrario, pasaría a la lista de perimidos debido a la clausura de la legislatura programada para el 26 de julio.

Cesantía

La pieza, a excepción de ligeras modificaciones, es el resultado de las reuniones que desarrolló durante más de dos años el Concejo Económico Social (CES) con el sector tripartito, conformado por el empresariado, los sindicalistas y el Gobierno.

El derecho adquirido de los trabajadores dominicanos en el Código de Trabajo promulgado en el año 1992, figurado en la cesantía laboral, estaba contenido en el documento legislativo depositado en la Cámara Alta por el Poder Ejecutivo.

Sin embargo, la libertad que tienen los congresistas de modificar y legislar con independencia de las consideraciones del Gobierno mantenía con preocupación a diversos sectores de la sociedad, ya que temían por su eliminación.

Pero, finalmente, los representantes no propusieron ningún tipo de alteración que altere el fondo de este apartado, situado a partir del artículo 80.

De acuerdo con lo explicado por la comisión especial de la Cámara Alta, presidida por el senador Rafael Duluc, se amplía el tiempo de licencias por matrimonio, fallecimiento de familiares, paternidad con licencia en un 100%, y maternidad, mínimo de 14 semanas pagadas.

Asimismo, protege a la mujer embarazada del despido durante la gestación, maternidad y tres meses posteriores y se regulan condiciones para jornadas extendidas, horarios flexibles y contratos atípicos, priorizando el acuerdo entre las partes y la notificación al Ministerio de Trabajo.

El proyecto de ley también reconoce el impacto de la tecnología en la organización del trabajo, incorporando la modalidad de teletrabajo, lo que permitirá atraer nuevos talentos y adaptarnos a las nuevas dinámicas laborales.

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Fiscal acusado de sobornar testigo del caso Senasa recibe rechazo de solicitud de variación de prisión preventiva.

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Santo Domingo, R.D.-La solicitud del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, a quien el Ministerio Público señala de exigir y recibir soborno a un testigo del fraude en el Seguro Nacional de Senasa, de variar la prisión que se le impuso por una medida de coerción menos grave,  fue rechazada este miércoles por una jueza de la corte del Distrito Nacional.

La magistrada Nancy Joaquín Guzmán, de la Tercera Sala de la Corte Penal del Distrito Nacional, ratificó los tres meses de cárcel en Najayo Hombres que se le impuso al miembro del Ministerio Público en mayo y que luego le confirmó en junio la Suprema Corte de Justicia.

  • El Ministerio Público, representado por el titular de Persecución, Wilson Camacho, junto al procurador de corte Eduardo Velázquez Muñoz y Andrés Mena, logró que el tribunal acogiera su petición de mantener la prisión al imputado.
  • Según Velázquez Muñoz, los presupuestos presentados por la defensa del imputado fueron insuficientes en base al peligro de fuga y la gravedad de los hechos que se le atribuyen.

Valdez Alcántara se le señala por exigir y recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de Roberto Canaán Acta, exgerente de Atención al Usuario del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Por el caso de corrupción en el Senasa, este jueves el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de Instrucción, revisará también la prisión preventiva que se le impuso al exdirector de la ARS, Santiago Hazim y los otros cinco imputados que permanecen en la cárcel de Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra.

Asimismo, Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Speakler Mateo.

Ada Ledesma Ubiera, está última quien estaba recluida en Najayo Mujeres, fue favorecida recientemente con una garantía económica y arresto domiciliario.

Los otros tres procesados por el presunto fraude son el empresario Eduardo Read EstrellaCinty Acosta Sención y Heidy Mariela Medina, quienes tienen arresto domiciliario desde el pasado mes de diciembre.

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Fiscales piden a tribunal rechazar solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recibió el pedido del Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal para que  rechace la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Memes y paradias no constituyen delitos en nuevo Codigo Penal.

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Santo Domingo, R.D.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, afirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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