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Síndrome de improvisación reflejado en el  DR-CAFTA  amenaza seguridad alimentaria nacional.

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Por Elba García

El país está expuesto a poner en peligro su seguridad alimentaria con la entrada en vigencia de  la fase que se inicia  en el 2025 del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y la Republica Dominicana, DR.CAFTA, la cual abre las puertas del   territorio nacional al arroz procedente de la potencia del norte, cuyas consecuencias serían la desaparición del productor local.

El día 24 de septiembre del año 2001, en el marco de la IX Reunión del Comité de Negociaciones Comerciales del ALCA, se realizó una reunión entre cinco países de Centroamérica, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos con el objeto de discutir posibles medios para profundizar las relaciones bilaterales de comercio e inversión.

En este sentido, el 27 de noviembre de ese año se iniciaron las discusiones de carácter técnico en el marco de la fase exploratoria identificada posteriormente como Dialogo de Política Comercial CA-USA, las cuales tuvieron lugar en enero del 2002.

Sin embargo, no es hasta noviembre el 2003, a unos cuantos meses de que concluyera el proceso de negociación de CAFTA, que el Consejo sobre Comercio e Inversión de Estados Unidos y República Dominicana se reúnen para que se produjera la eventual incorporación del país al proceso de negociación del Tratado y cuya decisión al respecto es hecha pública el 12 de enero del 2004 y terminó el 15 de marzo de 2004 y ya en abril del mismo año se publica el borrador de los acuerdos.

La cuestión es que en este proceso de discusión de la incorporación del país al DR-CAFTA nunca se tomaron en cuestión una serie de asuntos que son vitales para la seguridad alimentaria de los dominicanos, como por ejemplo un producto tan importante en su dieta diaria como el arroz, lo cual demuestra que las autoridades nacionales fueron asaltadas por la cultura de la improvisación que caracteriza a la nación.

El arroz es un componente por excelencia de la canasta básica alimenticia de República Dominicana y en consecuencia es tradicionalmente el plato más consumido al mediodía (arroz, habichuela y carne), que  le dicen la “bandera”, en alusión a los colores del símbolo patrio, que son blanco, rojo y azul.

El arroz, según un informe publicado por el Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA), cuyo nombre científico es “Oriza sativa”, es el segundo alimento más importante en el mundo, sólo superado por el trigo.

La República Dominicana es un país autosuficiente en el cultivo de arroz, con una producción promedio anual que, de acuerdo con estadísticas del Banco Agrícola, ronda los 12.3 millones de quintales en la última década (2011 al 2020), muy cercano a su consumo interno.

Pese a la autosuficiencia nacional, el país no ha superado esa condición en la producción de arroz, ya que no ha tenido avances en cuanto a la productividad, rendimiento y potencial para convertirse en exportador del cereal, dado que no existe una cultura en esta materia como resultado de la falta de planes del Estado al respecto.

Durante el lustro de 2005 al 2010 el rendimiento promedio de producción de arroz en el país era de 4.23 quintales por tarea, de acuerdo con cifras del Ministerio de Agricultura, mientras que para la década de 2011 al 2020 apenas aumentó a 4.51, prácticamente sin variación.

Empero, aunque la producción de arroz ha aumentado ligeramente en durante los años (2018-2020), con un promedio de 13.5 millones de quintales, no ha habido  una mejoría en el rendimiento (4.56 quintales por tarea), sino por el uso de mayores extensiones de terreno de siembra.

Eso queda demostrado al observar los tres años anteriores (2015-2017), cuando el promedio de producción anual fue de 12.3 millones de quintales, pero fruto de un rendimiento de 4.68 quintales por tarea.

El arroz (Oriza sativa) es el segundo alimento de mayor importancia a nivel mundial, después del trigo y es el alimento básico para la mitad de la población mundial. La producción mundial de arroz para el año 2016 fue de 472.25 millones de toneladas, siendo China (144.9 millones TM) e India (106,500,000 los mayores productores mundiales, seguidos por Indonesia (37.2 millones TM) y Blangladesh (34.6 millones TM) (https://www.produccionmundialarroz.com; IDIAF).

La República Dominicana es considerado como un país autosuficiente en la producción de arroz, un cultivo básico en la alimentación del pueblo dominicano, ya que de acuerdo al Ministerio de Agricultura, de un total de consumo estimado en 12.4 millones de quintales, el país mantiene una producción promedio de unos 11.2 millones de quintales y una importación de solo unos 421,000 quintales promedio (2005-2013). La producción de arroz en el país mantiene un promedio de rendimiento de 4.23 QQs/tarea, siendo el consumo per cápita en el país de unas 127 libras, uno de los promedios de consumo más alto de América Latina.

La producción de arroz se hace fundamentalmente bajo sistema de riego (98% de la producción) por unos 30,000 productores, en una superficie de 2,9 millones de tareas (1 tarea=15.9 ha). De ese total de productores, el 45% corresponde a parceleros de la Reforma Agraria, en parcelas pequeñas de entre 20 a 75 tareas. El 55% restante de productores de arroz son parceleros del sector privado.

República Dominicana es un país autosuficiente en el cultivo de arroz, con una producción promedio anual que, de acuerdo con estadísticas del Banco Agrícola, ronda los 12.3 millones de quintales en la última década (2011 al 2020), muy cercano a su consumo interno.

Pero aunque es un país autosuficiente en la producción de arroz, República Dominicana no ha avanzado en cuanto a productividad, rendimiento y potencial para convertirse en un exportador de ese cereal.

Sin embargo, aunque la producción de arroz viene aumentando ligeramente en los últimos tres años (2018-2020), con un promedio de 13.5 millones de quintales, no ha sido por una mejoría en el rendimiento (4.56 quintales por tarea), sino por el uso de mayores extensiones de terreno de siembra.

Eso queda demostrado al observar los tres años anteriores (2015-2017), cuando el promedio de producción anual fue de 12.3 millones de quintales, pero fruto de un rendimiento de 4.68 quintales por tarea.

Las regiones agropecuarias productoras de arroz, según datos del IICA y el Ministerio de Agricultura, son ocho, las cuales se indican a continuación:  Norte, Norcentral, Noroeste, Nordeste, Este, Central, Sur y Suroeste en 21 de las 31 provincias del país.

Las variedades de arroz que más se usan para el cultivo en el país son Prosequisa 4 y 5, Juma 57 y 67, Idiaf 1, Jaragua, Yocahu, Puita, Cristal 100, Esmeralda, entre otras.

las estadísticas del Banco Agrícola indican que durante el primer cuatrimestre del año 2020 se registró una producción de 3.7 millones de quintales de arroz con la particularidad de que el rendimiento supera los promedios anteriores con 5.08 quintales por tarea.

Sin embargo, eso puede tener su explicación en el ciclo productivo, ya que los rendimientos varían de acuerdo con la época de producción y las regiones de mayores extensiones de siembra, según detallan expertos.

En República Dominicana hay dos etapas de siembra para la producción de arroz, la primera de las cuales es conocida como la “cosecha de primavera”, que se desarrolla desde diciembre hasta abril de cada año, mientras que la otra es la “cosecha de invierno” que abarca los meses de junio, julio y agosto.

Un informe publicado por el Instituto Dominicano de Investigaciones Agrícolas y Forestales (IDIAF) destaca que en la siembra de primavera el ciclo vegetativo del cultivo es superior entre 10 y 20 días con respecto a la de invierno.

La presión de enfermedades es menor, por lo que en la siembra se obtienen mejores rendimientos, que se estima superan en un 20% los de la época productiva de invierno.

Muchos productores realizan una “siembra temprana” en noviembre, con el objetivo de conseguir mejores precios, ya que cuando se cosecha en marzo-abril los inventarios del grano almacenado están reducidos.

Sin embargo, la siembra en esa etapa muestra una mayor incidencia de plagas y enfermedades que afectan los niveles de rendimiento.

En el mes de abril, el Banco de Reservas anunció el Programa de Pignoración de Arroz para la cosecha 2021-2022, que respaldó a cientos de productores con RD$6,000 millones en financiamientos, a una tasa preferencial de 7% anual.

El administrador general de la institución financiera, Samuel Pereyra, expresó que el programa garantiza que los productores reciban el pago a tiempo por parte de los molineros, lo que permite que el precio al consumidor se mantenga estable sin afectar la rentabilidad.

El Banco de Reservas lidera el Programa Nacional de Pignoración de Arroz con una participación de un 55% del total de los recursos aportados para la cosecha del alimento más consumido por los dominicanos, además de ser la más importante actividad agropecuaria creadora de empleos en las zonas rurales de las 21 provincias donde se produce.

Los detalles proporcionados más arriba dan la certeza de que amén de tratarse del producto más importante de los dominicanos, el cual tiene además un gran contenido político, no se entiende por qué las autoridades no salieron en defensa del arroz para evitar la liquidación de un sector productivo tan vital para la vida nacional.

Republica Dominicana podría sufrir las mismas consecuencias de lo ocurrido con el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, el cual prácticamente borró del aparato productivo de la nación azteca a los productores de maíz, materia prima vital para la dieta diaria del nacional de este país.

El país se expone a partir del año 2025 que sean borrados del mapa nacional los productores de arroz y que este producto sea de factura de importación, lo cual podría implica que en principio llegue a precios más bajos, pero que después se encarezca por las maniobras a las  que incluso recurren los importadores,  los cuales no tienen limites las ansias de acumulación  y la vocación especulativas de este sector.

Evidentemente, que las autoridades nacionales no alcanzan a ver los riesgos que implica dejar que se imponga la improvisación y la falta de visión para que desaparezca del aparato productivo nacional los productores de arroz como consecuencia de la firma de un tratado en el que no se prevén una serie de consecuencias que se podrían derivar del mismo, porque este se lleva de paro renglones tan importantes que constituyen una parte que forma parte  de la cultura alimenticia nacional.

En razón de que  el  Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos (DR-Cafta) ya está en un punto de renegociación como lo dispone el artículo 3.18 del mismo, se impone  a partir de ahora replantear aquellos asuntos que fueron manejados con cierta ligereza y en consecuencia sugerir la creación de una comisión  para revisar la implementación y operación del acuerdo con respecto al comercio de mercancías agrícolas.

La posibilidad de que  las partes establezcan  una Comisión de Revisión Agrícola que deberá evaluar los efectos del proceso de liberalización comercial, la operación de las medidas de salvaguardia agrícola y su posible extensión, a fin de salir en protección de la producción agrícola nacional, principalmente de los productores de arroz.

Algunos economistas con mucha experiencia en tratados estiman que llegó el momento de que el país haga nuevas negociaciones de acuerdo a su realidad  para proteger a productores tan importantes como los de arroz.

Desde hace mucho tiempo que los productores agropecuarios dominicanos reclaman una revisión del acuerdo, pero aunque se han dado algunos amagos hasta el momento no se ha llegado a nada concreto.

El DR-Cafta se firmó en el 2004 en el gobierno de Hipólito Mejía y entró en vigencia en República Dominicana en el 2006 y desde entonces se han hecho ciertos cuestionamientos sobre las condiciones en que fue firmado.

Un análisis del Centro de Estudios Económicos y Sociales, P. José Luis Alemán (CEESPA) de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), publicado tras cumplirse la primera década de su puesta en vigencia en el 2004, indica que ha valorado que la República Dominicana simplemente se adhirió al tratado sin agotar un proceso de negociación.

“En agosto de 2003, el gobierno de EEUU aceptó incorporar a RD al DR-CAFTA mediante una simple adhesión (docking), negociando solamente las listas de acceso a mercado y los tiempos de desgravación, y sin tocar los temas de las disciplinas comerciales -es decir- los temas vinculados al desarrollo. Quedó así desde el inicio descartada toda posibilidad de lograr un “trato especial y diferenciado” por los niveles de desarrollo”, establece el citado estudio.

Los autores reseñan una publicación que señala que las autoridades dominicanas (de entonces) aceptaron la propuesta de adhesión sin hacer ningún estudio sobre el impacto que el acuerdo tendría sobre la economía del país, las leyes que deberían ser modificadas, los empleos que se perderían o se ganarían, las implicaciones para el comercio exterior, las barreras no arancelarias a remover, la modificación del entorno comercial, entre otros aspectos.

“Lo más paradójico de todo fue que el DR-CAFTA no fue una imposición estadounidense, sino todo lo contrario, es decir, que grupos políticos nacionales y un sector específico del empresariado local fueron los que abogaron a favor de una adhesión, no una negociación”, dice el documento.

Agrega que aquí se renunció unilateralmente a cualquier posición en el ámbito internacional que pudiera generar el más mínimo desagrado de los funcionarios estadounidenses.

Los autores señalan que para la firma del tratado no hubo estudios de impacto, ni una revisión de los textos en materia de disciplinas comerciales.

 Indican que todo se hizo de manera precipitada, solo se negociaron los anexos y las listas de acceso a mercado. Con esas solas excepciones el resto consistió en una mera adhesión.

Ahora, sin lugar a dudas, República Dominicana tiene una nueva oportunidad para realmente negociar el acuerdo o en su defecto las consecuencias serán lamentables durante los años y décadas por venir.

La Licenciada Elba Rosa García Hernández es abogada, comunicadora y activista social dominicana, con base en Santiago de los Caballeros. Es cofundadora de la firma legal "La Ley & Usted" y ejerce como litigante especialista en derecho civil, inmobiliario, penal y electoral y además se desempaña como jefa de información del periódico digital larepublicaonline.com, quien además es egresada de Derecho, Mercadeo y Secretario Ejecutivo de las universidades Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y Abierta para Adultos (UAPA). Cuenta con formación en derecho inmobiliario, periodismo digital y marketing. Litiga casos complejos y se desempeña como consultora legal para diversas empresas corporativas. Es reconocida por su participación como panelista y comunicadora en plataformas digitales, donde analiza temas de relevancia jurídica, política y derechos humanos. Ha sido reconocida por su liderazgo y servicio social en la República Dominicana.

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Partidocracia pone en peligro estado de derecho con control y manipulación del sistema de justicia a través del CNM.

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Por Elba García

La evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia y los demás miembros del sistema está en manos de los partidos políticos, ya que la configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha sido concebida para responder a los intereses de la partidocracia.

Esta realidad pone en peligro la independencia que debe prevalecer en el sistema de justicia para que en el país se pueda fortalecer el estado de derecho y la democracia, lo cual no parece un problema tan fácil de resolver.

En estos momentos está sobre la mesa el amplio margen de discrecionalidad que tiene el CNM para decidir la permanencia de un juez en el sistema de justicia, cuyos miembros provienen en su mayoría de los partidos políticos sin ninguna formación jurídica para evaluar a esos magistrados.

Una de las evidencias de la forma como jueces ponen en manos del sistema de partidos su carrera fue lo ocurrido en el 2025 con la decisión del CNM de no ratificar a Pilar Jiménez, Manuel Read y Moisés Ferrer cuando concluyó su periodo constitucional de siete años, siendo la primera vez que este órgano excluyó magistrados mediante el referido mecanismo, lo que generó críticas por la falta de parámetros objetivos para medir el desempeño judicial.

Ahora, es decir, el pasado 3 de agosto, el Consejo Nacional de la Magistratura aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ que concluyeron su ciclo constitucional, de los cuales tres agotaron los dos periodos de siete años permitidos por la carta magna y en consecuencia deben ser sustituidos.

Sin embargo, cuatro de ellos, incluido el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina, además de Nancy Salcedo, María Garabito y Manuel Herrera Carbucia anunciaron que no buscarán su ratificación, aunque no lo han dicho, pero ha trascendido que no creen en el sistema de evaluación que descansa en la partidocracia. De hecho, el saliente presidente del más alto tribunal del país fue el resultado de ese poder que tienen los partidos políticos para escoger los jueces del país.

El control de los partidos políticos para la escogencia de los jueces nacionales genera una gran incertidumbre por el hecho de que personas que no tienen la preparación ni la formación para someter a una evaluación a magistrados que tienen toda una carrera judicial, coloca a éstos en una situación incómoda e  inaceptable.

Ya existe un precedente de cómo se escogen los jueces de las altas corte con el recordado Pacto de las Corbatas Azules entre Leonel Fernández y Miguel Vargas Maldonado, que dio como resultado el primer Tribunal Constitucional encabezado por Milton Rey Guevara.

El pasado 3 de agosto, el CNM aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ, cuyo ciclo constitucional concluyó este año. Tres agotaron el tiempo en que deben permanecer en las posiciones, pero otros cuatro, -el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina; Nancy Salcedo, María Garabito y en las últimas se unió Manuel Ramon Herrera Carbuccia,  comunicaron que no buscarán la ratificación.

Las críticas al modelo no sólo se centran en los criterios consignados  en el Reglamento 2-25 del Consejo Nacional de la Magistratura, el cual contempla aspectos técnicos, éticos y personales, como productividad, calidad de las decisiones, tiempo de respuesta, aportes jurídicos, integridad, independencia, reputación intelectual e imagen pública, sino en la interpretación y aplicación del mismo.

Empero, El CNM no dispone una calificación o ponderación específica para esos criterios ni define qué nivel de desempeño debe alcanzar un juez para ser ratificado, por lo que la decisión final queda en manos del órgano que está bajo control de los partidos políticos, donde se mide el vínculo del aspirante a juez a los fines de garantizar el control de sus funciones.

El precedente sentado por la evaluación, cuyas actas del 2025 hablan claro al respecto y no dejan dudas, además, de la agenda principalmente política que desarrollan los partidos políticos en esta instancia y muestra que ella compromete los informes de desempeño, ya que en casos muy concretos consejeros expusieron criterios opuestos sobre un mismo juez, pero a partir del mismo expediente.

Pero desde antes de esta situación, el país conoció la retaliación que se siguió durante la presidencia de Danilo Medina en contra de la jueza de carrera Miriam German, quien fue excluida del sistema sobre la base de criterios políticos más que técnicos judiciales.

El propio CNM suspendió las evaluaciones para revisar el entonces Reglamento 1-19, lo que dio paso al 2-25, el cual no fue afectado sustancialmente, dado que mantuvo los puntos que producen las principales críticas en su contra, porque carece de una escala de calificación y una ponderación objetiva para determinar cuándo el desempeño es suficiente para que se produzca la ratificación.

En lo que respecta a los tres jueces excluidos del sistema de justicia mediante la evaluación del CNM, hubo en dos de los tres casos una votación empatada y la decisión final descansó en el presidente Luis Abinader en su condición de presidente del órgano en cuestión, quien durante sus dos mandatos ha mostrado una marcada tendencia a no respetar el sistema de justicia constitucional con  el desacato mediante decretos de una serie de leyes y jurisprudencia provenientes del Tribunal Constitucional.

La configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) otorga al oficialismo tres votos de siete, los cuales son el de Abinader, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos y el de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, mientras que los partidos de la oposición están representados por Omar Fernández, hijo de Leonel Fernández, y el diputado Tobías Crespo. Los demás integrantes son el presidente de la SCJ, la jueza Nancy Salcedo y el que preside el Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez, lo que deja claro el control de los partidos políticos en un órgano que juega un papel de primer orden en la independencia del poder judicial.

Ahí está la explicación de que no hay demanda que tenga ganancia de causa en contra de los partidos políticos, cuyas decisiones no pasan de la declaración de inadmisibilidad de los casos como se puede comprobar con lo que ocurre regularmente en el Tribunal Superior Electoral (TSE).

La Fundación Institucionalidad y Justicia sostiene que el CNM carece de una estructura técnica especializada para hacer las evaluaciones de los jueces y en consecuencia ha planteado sustituir el modelo por un periodo de designación para los jueces de las altas cortes.

Otro que se ha expresado al respecto es el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ha criticado que la permanencia de los jueces dependa de un órgano de una composición predominanmente política, lo que a su juicio puede afectar la independencia judicial y propiciar gestiones y cabildeos cuando se próxima la evaluación.

No obstante, Subero Isa es un defensor del sistema de partidos y del control que mantienen éstos sobre todo el Estado, cuya posición ahora avala desde la Consultaría Jurídica del Poder Ejecutivo con un asesoramiento al presidente Abinader para que desacate la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional.

Lo menos que debía ocurrir para mejorar la situación creada es la aprobación de una nueva ley o la modificación de la existente para conformar un nuevo Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), cuyos miembros tienen que venir de las universidades nacionales, el Colegio de Abogados de la República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional y jueces de carrera, pero no personas que representan  los intereses de los partidos políticos.

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Transparencia Internacional con medición de lucha contra corrupción en R.D. se sale de contexto.

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Por Elba García

Son innumerables las afirmaciones de organismos internacionales que hablan de logros en la democracia dominicana, que nadie entiende porque su valoración parte de lo que venden mediáticamente sectores interesados.

El más reciente de estos informes se refiere a que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, sin tomar en cuenta que se trata de una confrontación político partidaria para unos quitarles credibilidad a otros.

El primer problema para valorar correctamente lo que ocurre en la justicia con la corrupción administrativa, cuyo mal afecta a todos los partidos que han tenido el control del Estado, es que el Ministerio Público más que un mecanismo para combatir el fenómeno representa un instrumento para perseguir al contrario ya salido del poder y que es imputado de incurrir en mal uso de recursos públicos, pero generalmente los casos, aunque sean verdad, terminan en impunidad.

En la actualidad una serie de procesos se ventilan en la justicia, pero los resultados son regularmente la absolución de los acusados y cuando ello no ocurre así en el tiempo prudente es porque el Ministerio Público y la defensa de los imputados llevan los casos mediante incidentales a periodos muy largos sin que haya una solución a los mismos.

La base de lo que ocurre sólo tiene como fin satisfacer mediáticamente las ansias de justicia de la sociedad dominicana, pero que en la realidad ello nunca ocurre, todo como resultado de que la justicia está controlada por los mismos que promueven la corrupción administrativa a través del Consejo Nacional de la Magistratura y de otros órganos del Estado.

El trabajo de valoración de la transparencia en la República Dominicana no parte de una interpretación objetiva o más bien realista por la organización que acaba de publicarla, el que hace más daño que bien por tratarse de una especie de distorsión de la verdad, tal vez para llevar a una actitud conformista del ciudadano.

El estudio más reciente que impacta a la República Dominicana ha sido hecho público por el presidente de Transparencia Internacional, quien afirma que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, pero que luce que el mismo carece de la objetividad necesaria para hacer tal afirmación.

Amplios sectores de la vida nacional entienden que esa supuesta lucha contra la corrupción que menciona Transparencia Internacional parte de una valoración fuera de contexto cuando no toma como referencia lo que ocurre con el Ministerio Público y todo el sistema de justicia.

Algunos medios de comunicación dan mucha relevancia a lo dicho por Transparencia Internacional, precisamente por el origen que tiene, pero no se detienen a sopesar lo que ocurre en el Estado dominicano por estar controlado por los partidos políticos, los cuales han creado las herramientas necesarias para evitar que la figura de la impunidad sea prácticamente erradicarla del escenario nacional.

La sanción de los delitos penales comunes son tal vez los que de alguna manera tienen una respuesta relativamente más convincente, aunque siempre la severidad de la justicia está determinada por el nivel de contaminación de los que controlan el sistema, como la ya conocida partidocracia.

La referencia realizada por Transparencia Internacional la atribuyen al papel del Gobierno, los fiscales y el sistema judicial, los cuales juegan un rol en este campo que los convierte en  los principales actores  del deterioro de elementos tan vitales para el logro del propósito anunciado  como la seguridad jurídica, el fortalecimiento institucional y en consecuencia de la mejoría de la democracia, lo que deja en tela de juicio la afirmación  de la mencionada organización de que lo que ocurre puede generar una mejoría de los niveles de confianza pública, pese a que es todo lo contrario.

La valoración de Transparencia Internacional destaca que estos actores, desde sus respectivas responsabilidades, forman parte de un proceso institucional que ha colocado la lucha contra la corrupción como un elemento relevante dentro de la gestión pública y del fortalecimiento de la democracia, cuando la realidad es que en el país hay serias preocupaciones por el camino que toma la justicia con el no cumplimiento de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa.

Sin lugar a dudas que durante décadas América Latina ha enfrentado el desafío de lograr instituciones más sólidas y confiables, pero que en muchos casos en ese contexto regional la valoración de Transparencia Internacional luce ser el resultado de un análisis hecho en un cuarto frío que no tiene nada que ver con la verdad.

Tanto es así que, si se parte del caso Odebrecht, cuyos imputados todos fueron absueltos por los tribunales nacionales, cuando no ocurrió lo mismo en otras naciones del hemisferio, como por ejemplo Perú, donde varios expresidentes de la República guardan prisión por estos hechos, se puede ver la falsa valoracion en esta materia de la referidad entidad interncaional.

Pero más recientemente en el país varios exministros del gobierno de Danilo Medina fueron absueltos a pesar de que a nivel social la gente mantiene la idea de que se enriquecieron con los recursos públicos, cuyo caso más emblemático es del ahora aspirante presidencial Gonzalo Castillo.

Es muy probable que este tipo de informe obedezca al interés del Gobierno de fortalecer los factores que observan los inversionistas antes de tomar cualquier decisión para poner su dinero en un proyecto nacional.

Todo el mundo sabe que la inversión nacional y extranjera no depende únicamente de las oportunidades de mercado, sino también de la confianza, la seguridad jurídica y la estabilidad de las reglas, las cuales todavía son un sueño en el país.

La proyección de una fortaleza institucional genera mejores condiciones para atraer capital, impulsar proyectos productivos y ampliar sus posibilidades de crecimiento, pero que las afirmaciones en este sentido pueden ser el resultado de una interpretación caprichosa, a los fines de que sea verdaderamente un componente estratégico para el desarrollo económico.

La valoración de Transparencia Internacional es posible que tenga su explicación en el hecho de que el país será sede del 1 al 4 de diciembre de 2026 de la Conferencia Internacional Anticorrupción, un encuentro global que reunirá a más de dos mil participantes provenientes de alrededor de 140 países.

La celebración de este importante foro internacional sobre la base de una premisa falsa no hace bien a la democracia en el hemisferio y el mundo, ya que el mismo es un escenario para el debate mundial sobre transparencia, integridad pública y fortalecimiento institucional, los cuales no están presentes en el Estado dominicano.

Sin embargo, el fenómeno de los informes de diferentes tipos como el de la pobreza y este de la transparencia y lucha contra la corrupción, parecen ser una forma de vender el país sobre la base de una percepción más que de la realidad.

La reputación internacional de un país se construye a partir de la verdad y debe ajustarse a factores como la estabilidad democrática, el desempeño económico, la calidad institucional y la confianza, los cuales deben estar por encima del debate político.

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Inseguridad del Gobierno al distintiguir entre promulgar una ley que viola o que se ajusta a proceptos constitucionales.

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Por José Cabral

El presidente Abinader ha sido el que más, pese a que pregona lo contrario, que ha puesto en un total descrédito los decretos de leyes y de otros actos de la administración pública que son aplicables y de obligatorio cumplimiento para todo el pueblo dominicano, cuya inseguridad o falta de certeza juridica del principal funcionario del Gobierno implica la nulidad de los mismos, la pérdida de confianza ciudadana y de los diversos tipos de responsabilidad legal, lo cual ocurre cuando se toman decisiones sin claridad sobre las normas aplicables.

Cuando esto ocurre el documento pierde validez juridica si carece de los elementos esenciales de la ley de leyes, afectando los derechos de los ciudadanos, lo que expone al servidor público, máxime si se trata del presidente de la República, a sanciones administrativas, disciplinarias, civiles e incluso  penales por extralimitación de funciones, sobre todo cuando el acto involucra la figura de la precaricación.

Las dudas en esta materia son una causa para que se produzca una paralisis institucional, dado que la ocurrencia de las mismas constantemente frenan la eficacia y la agilidad que se exige al servicio público moderno, lo que produce un impacto social que se expresa mediante la incertidumbre en los ciudadanos afectados que no tienen la claridad sobre sus derechos  ni predictibilidad en los trámites del Estado.

Se entiende que la vulnerabilidad a este respecto estimula la corrupcion, ya que la falta de criterios firmes abre espacios a la arbitrariedad o a interpretaciones sesgadas de la  ley.

Son innumerables los decretos publicados por el presidente que han sido anulados por el Tribunal Constitucional (TC) por representar una violación de leyes y de la Constitución de la República, lo que pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la vida democrática de la nación.

El sistema jurídico dominicano se rige por una jerarquía en la que ocupa el lugar preponderante y cimero la Constitución y luego van las leyes orgánicas y ordinarias y en ese mismo orden los decretos, las resoluciones y otros actos que no pueden estar por encima de los que ocupan lugares primeros en el orden legal.

Evidentemente que el gobierno de Luis Abinader no tiene la menor idea de este concepto de jerarquía, lo cual provoca que regularmente emita decretos que rompen con el principio de legalidad y de juridicidad por el que deben regirse los mismos.

Para cuidar detalles como este es que existe la Consultoría del Poder Ejecutivo, a los fines de asesorar al presidente de la República de lo que puede hacerse o no en el marco de la administración pública para evitar que el mandatario pierda su credibilidad como se produce en la gestión de Luis Abinader.

En la actualidad cursan varias acciones de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional para anular la promulgación de leyes por parte del Poder Ejecutivo que violan la jerarquía jurídica, amén de que ya ha ocurrido lo propio con decisiones del presidente que proyectan ignorancia o sencillamente constituyen un desacato que rompe con la seguridad jurídica, la institucionalidad y el orden democrático.

Una de las «metidas de patas» del presidente Abinader fue la promulgación de la Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes cuando las mismas son el resultado de la facultad interpretativa del TC a través del mandato otorgado a este órgano extra poder por el constituyente mediante los artículos 184 y 185 de la Constitución de la Republica y el 47 de la Ley 137-11.

Ahora, si bien la promulgación de la ilegal ley por violar o desacatar una jurisprudencia del alto tribunal proyecta una mala imagen del presidente Abinader, pero peor ocurre con quien ostenta la dirección de la Consultoría del Poder Ejecutivo, cuyo titular al momento de las acciones antijurídicas es nada más y nada menos que el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa.

La nulidad más reciente de un decreto de Abinader, que atenta en contra de la jerarquía jurídica, tiene que ver con la violación de la Constitución mediante la vulneración de derechos fundamentales, usurpación de poderes entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional.

El TC ha recurrido a la facultad que tiene de anular decretos como el relacionado a la creación de escalas de rangos, pensiones o reglamentos orgánicos cuando el presidente excede su potestad y vulnera la Constitución de la República.

Muy recientemente el alto tribunal emitió la sentencia TC/0287/26 que anuló el decreto 178-25 del pasado 02 de abril del 2025 expedido por el presidente Luis Abinader, el cual tenía el propósito de implementar una escala de rangos entre alistados y suboficiales de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana desde raso hasta sargento mayor de comando abarcando a los suboficiales dentro sus tres categorías de subtenientes, respectivamente.

Como se ve, el presidente de la República ha buscado modificar el otorgamiento de rangos mediante un decreto cuando las Fuerzas Armadas se rigen por una ley orgánica, que jerárquicamente es superior a la facultad que tiene en esta materia el jefe del Poder Ejecutivo.

Abinader con el referido decreto se llevó de paro la Ley 139-13, orgánica de las Fuerzas Armadas, que es la que otorga la autoridad para hacer los ascensos de rangos que el presidente ha tratado de disponer de forma ilegal, lo cual conllevó la nulidad de la referida norma.

Este escenario se repite regularmente, cuyo proceder del mandatario no sólo revela una mala asesoría legal, sino también un nivel de ignorancia que crea preocupación en la ciudadanía, ya que se pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la democracia nacional.

Los casos de este tipo son numerosos y los mismos ponen en tela de juicio la capacidad de un presidente que no tiene claros estos detalles, lo que constituye un atentado al régimen legal de la nación, ya que ello también implica incumplir, sobre todo cuando hay violación de derechos fundamentales, con las normas ya no sólo del derecho interno, sino también del externo.

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