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Declaran «inadmisible» apelación de todos los acusados en caso Odebrecht

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Santo Domingo (EFE).-  La Suprema Corte de Justicia a través de su  Sala Penal  declaró inadmisibles los recursos de apelación sometidos por los seis imputados en el caso de la constructora brasileña Odebrecht, contra el auto de apertura a juicio dictado por el juez de ese organismo Francisco Ortega Polanco.

La Camara de Consejo de la Suprema Corte de Justicia rechazó a  unanimidad la petición de los que fueron enviados a juicio de fondo  en el caso ODEDRECH, cuyos jueces que la conforman son los  magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Vanessa Acosta Peralta y Fran Euclides Soto Sánchez.

La información se dio a conocer mediante un comunicado del mas alto tribunal de justicia de la República Dominicana en el que se  precisó que los magistrados así lo decidieron, luego de examinar lo establecido en el artículo 303 del Código Procesal Penal, indicando que la norma es clara al expresar la ausencia de acción recursiva contra el auto de apertura a juicio.

La decisión fue notificada a los recurrentes Víctor Díaz Rúa, exministro de Obras Públicas; Tommy Alberto Galán, senador por la provincia San Cristóbal; Ángel Rondón; Porfirio Andrés Bautista García, expresidente del Senado; Conrado Enrique Pittaluga Arzeno y Juan Roberto Rodríguez Hernández, exdirector de Instituto Nacional de Aguas Potables (Inapa).

El grupo está acusado de repartirse 92 millones de dólares que la constructora Odebrecht admitió pagó en el país como sobornos para adjudicarse la construcción de millonarias obras de infraestructuras entre 2001 y 2014.

Los jueces también sustentaron su decisión en el criterio del Tribunal Constitucional (TC) al conocer acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 303 del Código Procesal Peña, y en ese orden esa alta corte dejó establecido que los autos de apertura a juicio no son apelables.

Lo establecido por el TC dice que, “dicha decisión no resulta apelable porque el juez de la instrucción solo prepara y organiza el proceso penal, es decir, no emite una decisión definitiva sobre el proceso y por tanto, no tiene decisión final; solo envía a juicio de fondo los casos que, según las pruebas, evalúe procedentes, contrario a lo que sucede con el auto de no ha lugar, que sí le pone fin al proceso penal y que por lo tanto puede ser recurrido”.

La Sala Penal de la SCJ destaco en su decisión que, “se puede afirmar con claridad meridiana, que las presuntas conculcaciones ahora promovidas en sustento de la admisibilidad de la apelación, no guardan identidad con aquellos supuestos, como tampoco este tribunal ha podido advertir al examinar la naturaleza de lo ahora alegado, la concurrencia de algún elemento atentatorio al núcleo duro de los derechos fundamentales argüidos y que no puedan ser planteados en sede de juicio, como manda la norma procesal penal”.

También, la corte pudo señalar que “el legislador no solo reiteró la inviabilidad de recurso alguno contra el auto de apertura a juicio, sino que abonó razones para fortalecer la regla contenida en dicho texto que prohíbe el recurso de apelación”, al referirse a la aplicación del artículo 303 del CPP.

El inicio del juicio del caso Odebrecht fue pautado para el 12 de septiembre venidero, etapa del proceso que por mandato constitucional está facultado para ser conocido por el pleno de la Suprema Corte de Justicia.EFE

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Caso del Jet Set tendrá decision del juez este lunes si va o no a juicio.

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Santo Domingo.- Raymundo Mejía,  juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional,  decidirá el próximo 15 si envía o no a juicio a los propietarios de la discoteca Jet Set Club, Antonio y Maribel Espaillat, acusados de homicidio involuntario en perjuicio de 236 personas fallecidas durante el derrumbe del techo del centro de diversión, ocurrido el 8 de abril del 2025.

El magistrado dará el fallo a las 10:00 de la mañana de esa fecha, con el objetivo de ponderar los argumentos del Ministerio Público, de los representantes legales de las víctimas y de la defensa de los imputados.
Esto tras más de un año de ocurrir la tragedia que dejo más de 200 personas fallecidas y más de cien heridos y decena de huérfanos.

Durante la audiencia, familiares de los fallecidos y personas afectadas expusieron ante el juez cómo han cambiado sus vidas tras el trágico suceso. Asimismo, los imputados y su defensa presentaron sus argumentos ante el tribunal.
El Ministerio Público solicitó formalmente el envío a juicio de los propietarios de la discoteca Jet Set Club, al considerar que existen suficientes elementos de prueba que demuestran la responsabilidad de los hermanos Espaillat en los hechos que se les imputan.

A la salida del tribunal, el director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, expresó que espera que el juez adopte una decisión acorde a la ley y ordene el envío a juicio de los acusados.

El 18 de junio, le dictan medida de coerción contra Antonio y Maribel Espaillat, propietario y gerente de la discoteca Jet Set, acusados de homicidio involuntario en perjuicio de más de 230 personas fallecidas y 189 heridas tras el desplome del techo del centro de diversión. Ellos fueron apresados el 12 de junio por miembros del Ministerio Público tras ser interrogado por el hecho.

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El país es el segundo en América Latina con mas presos preventivos.

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Santo Domingo.- Mientras en el pais se pregona que se ha avanzado en el estado de derecho, ocupa el segundo lugar en América Latina y el Caribe con  mayor numero de presos preventivos y ocupación penitenciaria más alta, superada  solo por Haití, según la Dirección de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC).

El dato, que es reseñado este domingo por  periódico Listín Diario  refleja una debilidad estructural del sistema de justicia penal en su capacidad de investigación y procesamiento.

Señala que en República Dominicana hay aproximadamente 25,000 personas privadas de libertad, de las cuales cerca de 16,000, equivalente a mas del 60% son preventivos.

El documento advierte que la elevada proporción de personas privadas de libertad sin sentencia firme en América Latina y el Caribe evidencia esa misma debilidad estructural. Cuando las investigaciones criminales son lentas o de baja calidad y los tribunales enfrentan sobrecarga de casos, la prisión preventiva termina usándose como sustituto de investigaciones eficaces y procesos judiciales oportunos.

Agrega que la dinámica se refuerza por la presión política y social de “mostrar resultados” en materia de seguridad. Esa presión incentiva respuestas punitivas inmediatas, incluso cuando los procesos judiciales no están plenamente desarrollados.

“El resultado es una acumulación de personas detenidas sin condena que traslada las fallas del debido proceso al sistema penitenciario. Esto contribuye al hacinamiento y debilita la capacidad del Estado para mantener un control efectivo sobre las cárceles”, señala Democracias Bajo Presión.

El PNUD explica que desde inicios del siglo XXI la región ha registrado uno de los aumentos más rápidos de población penitenciaria a nivel mundial. El número de personas privadas de libertad pasó de unos 700,000 a comienzos de los años 2000 a cerca de 1.8 millones en 2024. Es un incremento cercano al 150%.

“Este crecimiento contrasta con la relativa estabilidad o el aumento moderado observado en otras regiones y refleja, entre otros factores, la expansión de políticas penales más punitivas y el uso extensivo de la prisión preventiva”, apunta el informe.

Asimismo, establece que la población privada de libertad en América Latina y el Caribe presenta un marcado sesgo socioeconómico. Los estudios revelan que las personas bajo prisión tienen un nivel educativo inferior al promedio de la población general.

“Esta desigualdad se acentúa en la fase de la prisión preventiva, donde el acceso limitado a una defensa legal y las dificultades para acreditar condiciones de arraigo —como domicilio estable, empleo formal o fianzas— incrementan la probabilidad de permanecer detenido durante el proceso judicial”, destaca el estudio.

Ante ese panorama, el PNUD advierte que cuando las cárceles presentan sobrepoblación crónica, déficits de control interno o se convierten en centros de coordinación de actividades ilícitas, la capacidad del Estado para ejecutar sanciones queda comprometida.

Otras causas del problema

El reporte también señala que los cuerpos policiales en América Latina y el Caribe enfrentan fragmentación institucional, bajos niveles de profesionalización, limitaciones en capacidades investigativas y vulnerabilidad a la cooptación local.

Por eso, cuando la probabilidad de sanción es reducida —lo que se refleja en bajas tasas de homicidios esclarecidos— el poder intimidatorio de los actores criminales se amplifica y la autoridad estatal pierde credibilidad.

La medida de coerción efectiva, según el informe, no se mide solo por operativos o despliegues, sino por la capacidad de investigar, procesar y sancionar de manera consistente. “En este sentido, la impunidad constituye un indicador central de debilitamiento coercitivo: sin consecuencias previsibles frente al delito, el monopolio legítimo de la violencia se vuelve nominal más que efectivo”.

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formalizan cargos contra caso Onco 14 por fraude millonario a SENASA.

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Santo Domingo, R.D.-Una estructura criminal desarticulada por el Ministerio Público, identificada como Operacion Onco 14, recibió  una imputación formal al ser acusada de orquestar un sofisticado esquema de fraude en perjuicio del Estado dominicano, el Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y cientos de pacientes oncológicos de la región del Cibao.

La investigación, dirigida por la Dirección General de Persecución, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la Fiscalía de Santiago, señala como cabecillas a tres exdirectivos del Patronato Cibaeño Contra el Cáncer, entidad que administra el Instituto Oncológico Regional del Cibao (IORC).

Los imputados son Héctor Antonio Lora Cruceta, expresidente del Consejo del Patronato y exmiembro de la junta directiva del IORC, Luisa Yasiris Guzmán, actual esposa de Lora Cruceta y presidenta de la fundación Tócate RD-Casa de Acogida.

Según el expediente, los acusados utilizaron empresas fachada, incluyendo Vargas Lora & Asociados (actualmente Vargas Guzmán Accounting Center) y la fundación antes mencionada, para desviar fondos destinados a tratamientos médicos vitales para pacientes del régimen subsidiado.

El Ministerio Público subraya una irregularidad clave en la investigación, aunque los estatutos del IORC estipulaban un mandato de dos años para la presidencia, Héctor Antonio Lora Cruceta se mantuvo en el cargo desde el 9 de octubre de 2018 hasta el 6 de octubre de 2025.

El procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, destacó que esta es la tercera estructura criminal enfrentada como parte de las investigaciones sobre el fraude al SeNaSa, una labor de depuración iniciada con la Operación Senasa bajo la dirección de la Procuradora General, Yeni Berenice Reynoso.

En los allanamientos, realizados con apoyo de la Policía Nacional y la Unidad de Investigación Criminal (UIC), se ocuparon dinero en efectivo y títulos de propiedad, dispositivos electrónicos (computadoras, celulares, DVR), documentación comprometedora y vehículos.

Según el Ministerio Público el grupo deberá responder por una serie de cargos graves que incluyen asociación de malhechores, estafa contra el Estado, soborno, delitos de alta tecnología (acceso ilícito a sistemas), lavado de activos.

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