¡No!, un país no es una marca, y no lo es porque un país no tiene un conjunto de características claramente definidas para ser mercadeables. Pero, sobre todo, porque un país es una sociedad humana con virtudes y defectos, con diferencias y contradicciones. No es unívoco.
¿Qué puede mercadearse como país dominicano? ¿El legado español? ¿El legado africano? ¿El indigenismo exterminado? ¿El mulataje? ¿La hospitalidad? ¿La sociabilidad? ¿La música rítmica? ¿El machismo? ¿El racismo? ¿La pobreza? ¿la riqueza? ¿La desigualdad social? ¿La corrupción? ¿Algún producto orgánico?, etc.
¡Sí!, se puede mercadear la imagen del mar azul para atraer turistas, se puede mercadear también que hay montañas, que hay una zona colonial de impronta española, que hay ritos afro-dominicanos, que se produce cacao y banano orgánico, que es la tierra del merengue y la bachata, etc. Esas son cosas específicas que existen en este país.
Pero poner trazos de la bandera dominicana a un logo no es marca país. Eso apela más al sentimiento patriótico de los dominicanos que a la búsqueda de negocios en el extranjero, que es, a fin de cuentas, lo que hay detrás de eso que se llama marca país.
Los extranjeros no tienen sentimientos patrióticos hacia la República Dominicana ni los tendrán. Les interesa algo específico y transaccional: playas, exportar, importar, invertir, etc. Y en la medida que lo ofrecido en transacciones es de buena calidad, se aseguran mejores negocios.
El nuevo logo de la marca país es problemático no solo por el supuesto plagio, sino porque lo más importante en un logo es que perdure en el tiempo, que concite a través del tiempo una asociación positiva. Eso hace un logo importante. Lo demás es sensacionalismo publicitario y gastadera innecesaria de dinero.
¿Tenía la República Dominicana un logo anteriormente? No lo sé, nunca lo noté, y si no lo noté, es probable que mucha gente tampoco lo notara. El nuevo logo ha sobresalido por la controversia suscitada del supuesto plagio. Si no, hubiera pasado sin penas ni glorias. Ahora, si van a comenzar de cero, lo mejor es tener un logo menos controversial que se añeje.
El lema “La república del mundo” es malísimo porque resalta precisamente la palabra que constituye la piedra en el zapato del nombre de este país. Muchos países tienen la palabra república en su nombre formal, pero la quitan para hacerlo más corto, fácil e impactante.
El nombre República Dominicana es muy largo, da trabajo pronunciarlo en español y en otros idiomas, y nunca se acuño solo Dominicana, aunque en algunos países latinoamericanos, para simplificar, dicen Dominicana sin mencionar la palabra república, o se refieren al país como Santo Domingo obviando así el término república (igual hacen muchos dominicanos).
Los países desarrollan una identidad no por un logo o un lema, sino porque a través del tiempo se les identifica con características y experiencias positivas o negativas, aspirando siempre a que prevalezcan las positivas.
La República Dominicana no es “La república del mundo” ni lo será. Por eso, no vale la pena malgastar dinero del pueblo en publicidad promoviendo esa idea.
Artículo publicado originalmente en el periódico HOY

El desarrollo del capitalismo, del mercadeo y la publicidad ha llevado a creer que todo puede convertirse en una mercancía con éxito definida o eficazmente falseada para atraer consumidores o inversionistas Así se llegó en décadas recientes a popularizar la idea de que un país puede mercadearse; presentarse como una marca para ser apetecido en distintos tipos de negocios.
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.