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Opinión

Una afrenta difamatoria en democracia

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Por Oscar López Reyes

Ángel Martínez:

(y parte II)

En un memorable acto de honor por no probar una denuncia sobre corrupción, Eduardo Chibás se pegó un tiro mortal mientras producía su programa radial (Cuba, 1951). A la inversa, en el 2025 el dominicano Angel Martínez ha dado tumbos por cárceles y tribunales, donde olímpicamente reconoce sus difamaciones y pide perdón a los vilipendiados, que no estarían seguros que si retiran las querellas muy pronto volverá por su fuero con otras delaciones morbosas e intimidaciones.

Aprovechando lucrativamente la vulnerabilidad de las audiencias mediáticas sin sentido crítico ni capacidad de rechazo, especificada en la comunicativa Teoría de la Aguja Hipodérmica (o Teoría de la Bala Mágica), un obsesivo con visibles alteraciones emocionales ensombrece como una patana sin freno, en un firmamento en que el tuerto es Rey. Encapota cual aborto de la democracia.

El presunto investigador privado Angel Ramón de Jesús Martínez Jiménez (Nacido en Santiago en 1954) tiene abierto procesos judiciales por utilizar plataformas digitales para formular imputaciones sin fundamento real, y luego exigir recursos financieros para retirar sus contenidos, así como por delitos tecnológicos, estafa y lavado de activos.

Visualicemos ocho siluetas biopsicosociales del protagonista -peyorativamente denominado La Guinea- devenido en un fenómeno de las redes sociales:

1.- Espionaje

Se vanagloria en proclamar que ha trabajado en operaciones clandestinas y encubiertas para la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA), el Buró Federal de Investigaciones (FBI), el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, el Servicio Secreto, la Policía de New York y otros organismos de inteligencia de Estados Unidos. La DEA aseguró que Ángel Martínez no ha laborado para esa ni para otra agencia del Departamento de Justicia de esa nación. Más, no se descarta que, en algunos periquetes, por paga individualmente haya ofrecido informaciones a uno que otro oficial de estas instituciones.

2.- Secuestro

Pregona, como cartulina de triunfo, que ha sido secuestrado en tres ocasiones, y que ha salido victorioso por el rescate espectacular de la Fuerza Delta de Contrainteligencia.

3.- Libros publicados

En su comprobado ingenio e inventiva para concatenar ideas y manipular conceptos e imágenes, ha escrito y publicado más de una docena de libros: La Historia de Todos, La Cocaína al Desnudo, ¿Quién se ha robado mi identidad?, Psicología Criminal: Manual de Estudio, La Mujer del Sicario, El Narcotráfico como Forma de Vida, Alzheimer: Más allá de los Recuerdos, Manual del Detective Privado, La CIA. Hombre Marcado: Historia Basada en Hechos Reales, Narcocultura: Diario de un Latino en New York y La Doble Cara del Narcotráfico.

4.- Conferencia:

Por su creatividad y chispa se estribó en escuelas, colegios, clubes e instituciones privadas, donde dictó conferencias, antes de la aparente gravitación de su variación conductual y escandaleras.

5.- Arrestado en EE. UU.

El 16 de agosto de 2013 fue arrestado en Miami-Dade County, Florida, por el delito de estafa en tercer grado, conforme el expediente registrado con el número 13-019119. Según su contenido, a parientes de víctimas o encarcelados prometía ayudarlos en los procesos judiciales a cambio de recursos monetarios, y desaparecía sin dejar rastro.

6.- Redes Sociales

Desde el 2015 ha diseminado su canal de YouTube “Detective Angel”, y en esta y otras redes sociales ha embrujado a más de un millón de seguidores, atraídos por las controversias, las acusaciones sobre supuestas actividades ilícitas contra dirigentes políticos, empresarios, funcionarios, legisladores y otras personalidades públicas.

Aplica, sabedor o inconscientemente, la Teoría de la Aguja Hipodérmica (o Teoría de la Bala Mágica), que plantea que los mensajes mediáticos poseen la capacidad para manipular efectivamente a montones de personas que no son selectivas con la información, y que reciben pasivamente y sin postura crítica. O sea, que los argumentos son como una inyección que se introduce directamente en la mente humana, impactando y condicionando sus pensamientos y comportamientos.

7.- Demandas

Acumuló un récord por haber sido sometido a la Justicia como 20 veces por difamación y delitos tecnológicos, extorsión, estafa, lavado de activos y otros, a través de plataformas digitales. Los acusadores han sido Guido Gómez Mazara (2020), Arnulfo de Jesús Gutiérrez Almonte, Serio (Gory Moya, 2021), Sandra Eugenia de la Rosa, Milagros Germán, Roberto Fulcar, Gregorio Dominguez, Arismendy Almonte y otros.

8.- Arrestos y coerciones

El lunes 26 de mayo de 2025 fue detenido en alta mar por la Armada Dominicana en Puerto Plata, a bordo del crucero MSC World America, en cumplimiento a una orden de captura emitida por la Novena Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que el 10 de junio de 2021 lo declaró en rebeldía por no acudir a una audiencia para que enfrentara cargos por el quebrantamiento a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología. Jueces le han rechazado acción de amparo e impuesto medidas de prisión, el pago de sumas económicas, presentación periódica a juzgado e impedimento de salida del país. Miami notará su ausencia.

Como colofón, Eduardo Chibás ni Ángel Martínez estudiaron periodismo en centros universitarios, y sus imputaciones temerarias y lastimeras, sus melodramas y tragedias encuadran, prioritariamente, en un paraje antagónico con la verdad. Cautivaron por la formulación de denuncias en expectativas, con mentiras pronunciadas con absoluta seguridad.

El dominante neoliberalismo comunicacional facilita el acceso a la radio, la televisión, las redes sociales y otras plataformas digitales, para denigrar en la impudicia. Jamás apelaron a la investigación, a los formatos de redacción con objetividad, a la ética profesional, el derecho a la información, el derecho constitucional ni a otras leyes de comunicación. Dejaron de ser metódicos, concienzudos y meticulosos.

Durante un mínimo de cuatro años, en las escuelas universitarias de comunicación social se enseñan y practican más de 50 asignaturas, que versan sobre la búsqueda de datos, su comprobación y verificación por un superior; el respeto tanto a las fuentes como a los receptores de los mensajes, y cuándo y cómo preferir con responsabilidad el periodismo informativo, interpretativo y de opinión. Y es que cada día el periodismo contornea con más complejidad y exige más rigurosidad.

Además del lance del chantaje y la extorsión, ciertos comentaristas de radio, televisión y redes sociales no profesionalizados en comunicación social aparentan estar abrumados por una anormalidad psíquica o un desgaste cognitivo. Son mercenarios de la difamación y descarrilamiento de la pluralidad digital. Acalambran como un cisne negro de la democracia.

Expresidente Colegio de Periodistas (CDP) y

Presidente Asoc. de Relaciones Públicas (Asodoprep).

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Opinión

Poder capitalista-patriarcal: fábrica de feminicidios

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Por Narciso Isa Conde

Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.

La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.

La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.

No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.

No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.

No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.

A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.

Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.

El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,

Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:

La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.

En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.

Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios

La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.

La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.

Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.

La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.

Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.

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Opinión

Cumplimiento de las solicitudes  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar  asistencia en el trámite.

En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.

El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado  Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.

Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.

En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte  requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga  o haga ese Estado Parte.

Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para  la ejecución de una solicitud de conformidad con  las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.

Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información  confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente  artículo.

Rommelsantsodiaz@gmail.com

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Opinión

La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).

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Por Robinson Lebrón

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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.

 El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.

El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.

Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.

Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.

Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.

Robinson Jesús Lebrón Céspedes.

rlebroncespedes@gmail.com

El autor es abogado y Docente Universitario.

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