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No hay forma de negar soborno de fiscal en el caso Senasa, dice Wilson Camacho.

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Santo Domingo, RD. –Wilson  Camacho,  procurador adjunto y director general de Persecución,  aseguró que “no hay forma de negar” los hechos relacionados con el caso de soborno que se le imputa al fiscal Aurelio Valdez Alcántara.

Camacho indicó que existen pruebas suficientes que sustentan la acusación del Ministerio Público y que confirman que el dinero ocupado al hoy procesado corresponde a una evidencia previamente utilizada por la propia institución.

Explicó que el imputado fue arrestado mediante una entrega controlada, por lo que tanto el Tribunal que impuso la medida como la Suprema Corte de Justicia han coincidido en que la medida de coerción adecuada es la prisión preventiva, la cual fue mantenida y no suspendida, como había solicitado la defensa.

“Ese dinero salió del Ministerio Público, fue fotografiado y fue marcado antes de su salida”, expresó Camacho a la salida de la audiencia en la que se le ratificó la prisión preventiva a Valdez Alcántara.

El director de Persecución agregó que la continuidad de la prisión preventiva es normal en casos de esta naturaleza, debido a la complejidad y gravedad de las imputaciones, como el presunto fraude en SENASA en el que estaría involucrado el fiscal por supuestos actos de soborno.

“Fue la consecuencia de una investigación de un miembro del Ministerio Público”, sostuvo.

Suprema Corte confirma prisión preventiva al fiscal Aurelio Valdez imputado de soborno en caso Senasa

Camacho también señaló que este tipo de procesos obliga a la institución a revisar internamente las condiciones de sus propios fiscales, ya que su función es perseguir a cualquier persona que cometa un delito, siempre que existan pruebas que lo sustenten.

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Ley que crea «Alertas RD» fue promulgada por el Poder Ejecutivo.

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Santo Domingo, R.D.-La Ley 25-26 fue promulgada por el presidente Luis Abinader que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada oficialmente como «Alertas RD».

Esta legislación dota al Estado de un régimen jurídico coordinado y ágil para dar una respuesta inmediata ante casos de desaparición, priorizando la dignidad humana y la protección de los sectores más vulnerables.

El nuevo marco legal tiene como objeto el diseño de un mecanismo de difusión masiva, inmediata y en tiempo real de información relevante sobre personas desaparecidas, integrando los esfuerzos de las instituciones estatales, los medios de comunicación y la sociedad civil.

La Ley 25-26 dictamina que la Policía Nacional o el Ministerio Público, tras valorar la denuncia (que podrá ser interpuesta de manera presencial o vía telefónica), deberán activar el sistema de alarmas de manera conjunta e inmediata, sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte de desaparición o situación de peligro inminente.

La ley establece una tipificación especializada de las alertas según el perfil de la persona afectada:

Alerta Amber: Exclusiva para la sustracción o desaparición de niños, niñas y adolescentes.

Alerta Azul: Aplicable en casos de desaparición de personas que presenten alguna discapacidad física o mental.

Alerta Rosa: Activada específicamente para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas.

Las alertas emitidas tendrán una temporalidad inicial de cinco días calendario, prorrogables por el mismo plazo cuantas veces sea necesario.

Su difusión se canalizará a través de las redes sociales, medios de comunicación tradicionales, terminales de transporte, plataformas digitales y boletines policiales.

Asimismo, la normativa crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada y de acceso interinstitucional que estará bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional.

Para la dirección estratégica de la ley, se crea el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía y presidido por su titular.

Este consejo de carácter consultivo estará integrado además por la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Defensa, la Dirección de la Policía Nacional, el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Sistema 9-1-1, el INDOTEL, el CONANI, el CONAPE, el CONADIS, el COE y el Servicio Nacional de Salud (SNS).

El estatuto de la ley introduce un régimen de consecuencias riguroso, el cual establece que los servidores públicos que, teniendo conocimiento de un caso de desaparición, omitan informar u obstaculicen los protocolos establecidos, serán sancionados por la comisión de faltas graves bajo la Ley núm. 41-08 de Función Pública, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que les correspondan.

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Fiscal procesado por soborno en caso Senasa dice «Estoy presto a enfrentar mi proceso».

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Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara fue mantenido en prision por decision  de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, quien está acusado formalmente de recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de un testigo clave en el entramado de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

El tribunal, presidido por el magistrado Francisco Jerez Mena e integrado por las juezas Nancy Salcedo y Yorlin Vásquez Castro, tomó la determinación de manera unánime al desestimar el recurso de apelación presentado por la barra de la defensa del imputado.

Los abogados Alberto Thomas Delgado Lora, Valentín Medrano Peña, Oscar Medina Mateo y Freddy Mateo Cabrera interpusieron el recurso técnico en procura de revocar la decisión de la jueza de instrucción especial Isis Muñiz, quien originalmente dictó tres meses de prisión preventiva como medida cautelar contra Valdez Alcántara.

Durante el desarrollo de la audiencia de apelación, Valdez Alcántara intervino de manera directa, mostrándose firme y confiado en su inocencia.

El encartado aseguró ante el tribunal que posee elementos audiovisuales que demostrarán de forma inequívoca que las imputaciones formuladas en su contra carecen de veracidad real y que los hechos no acontecieron de la manera descrita por el órgano persecutor.

«El Ministerio Público tiene la obligación legal de investigar tanto a favor como en contra del procesado, y en este caso no lo ha hecho. Han violentado el principio de objetividad en su máxima extensión dentro del proceso», manifestó el fiscal imputado.

Asimismo, denunció que el Ministerio Público incurrió en la violación del debido proceso al intentar ocultar evidencias de carácter audiovisual que supuestamente desmontarían la tesis de la acusación.

Valdez Alcántara fue más allá al sugerir ante los jueces de la Suprema Corte que el proceso penal se encuentra contaminado por motivaciones ajenas al imperio de la ley, insinuando la existencia de fricciones y resentimientos particulares entre los investigadores asignados al caso y su persona.

Al respecto, sentenció que «los problemas personales que un investigador o persona tenga con algún investigado no deben incidir en la marcha del proceso».

Por otro lado, Wilson Camacho, titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público,  respaldó la decisión de la Suprema Corte.

Camacho puntualizó que tanto el tribunal de primera instancia como el máximo órgano jurisdiccional del país han unificado criterios al determinar que la prisión preventiva es la medida de coerción más idónea, razonable y proporcional ante la extrema gravedad de los delitos atribuidos al funcionario judicial.

Cabe destacar que Valdez Alcántara está adscrito a la propia Pepca y es señalado de recibir dinero en efectivo de manos del testigo Roberto Canaán, catalogado como una de las figuras centrales del presunto entramado de corrupción detectado en SeNaSa.

La captura del fiscal se ejecutó bajo la modalidad de flagrante delito mediante una «entrega controlada» de fondos públicos debidamente fiscalizados.

El magistrado Camacho detalló meticulosamente la rigurosidad técnica con la que se llevó a cabo el arresto, argumentando que este tipo de operaciones deja sin ningún tipo de sustento jurídico o factual las objeciones presentadas por la defensa.

«Yo no entiendo cómo una persona puede negar una entrega controlada. El dinero salió del Ministerio Público, se le entregó a la persona afectada, se fotografió antes de la entrega y esas fotos se depositaron en el tribunal de manera previa. Luego, al imputado se le encontró ese mismo dinero que ya estaba marcado. En términos objetivos, salvo el derecho de defensa, no hay forma de negar unos hechos tan evidentes», sentenció firmemente Camacho.

Política de cero tolerancia institucional

Al ser pregunto respecto a las justificaciones y tácticas de negación ejercidas por el imputado, Camacho declinó especular sobre la estrategia defensiva y prefirió remitirse de forma pragmática a las contundentes pruebas materiales y periciales recolectadas en el curso de la fase indagatoria.

De igual forma, Camacho ponderó el profundo impacto institucional que representa este proceso para la credibilidad de la justicia dominicana, subrayando que la investidura o la condición de fiscal no constituye un manto de impunidad ni exime a ningún ciudadano del cumplimiento estricto de la ley.

Por el contrario, aseveró que obliga al órgano persecutor a obrar con el doble de firmeza e integridad, con absoluta independencia de la identidad del procesado.

«Ser fiscal significa perseguir a cualquiera que haya cometido un hecho ilícito del que nosotros tengamos evidencia. Es lo que hemos hecho hasta ahora y es lo que vamos a seguir haciendo», concluyó categóricamente el magistrado.

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El CEA tiene nuevos miembros de su consejo de directores.

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Santo Domingo, R.D.-Como parte de lo que el gobierno llama nuevo proceso institucional del Consejo Estatal de la Azucar (CEA), el presidente Luis Abinader designó tres nuevos miembros del consejo de directores de la institucion oficial.

De acuerdo con el Decreto 352-26, José García Ramírez fue designado miembro del consejo de directores del CEA en representación del sector privado. Asimismo, Rosa Pastora Méndez Méndez fue nombrada integrante de dicho organismo también en representación del sector privado.

El decreto establece, además, la designación de Aníbal Amparo como miembro del consejo de directores del CEA en representación del sector fabril, fortaleciendo la participación de los sectores vinculados a las funciones y responsabilidades de la institución.

“La disposición presidencial señala que las personas designadas permanecerán en sus respectivos cargos hasta que concluya el proceso de disolución del CEA o hasta que se disponga su sustitución mediante una nueva decisión del Poder Ejecutivo”, señala el comunicado de prensa enviado desde la Presidencia de la República.

La fusión del CEA con Bienes Nacionales fue de las primeras anunciadas por el presidente Abinader, sin embargo, seis años después la misma aún no ha sido contemplada. En 2024, el director de ambas entidades, Rafael Burgos Gómez había señalado que la misma se encontraba “en un 92%”, siendo la última vez que se ofreció una actualización sobre ese proceso.

“Con estas designaciones, el Gobierno continúa avanzando en las acciones administrativas e institucionales relacionadas con la transformación y reorganización de los organismos estatales, en consonancia con las políticas de modernización impulsadas por la presente gestión gubernamental”, manifiesta el documento de prensa.

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