Análisis Noticiosos
Conviene restablecer la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
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6 años agoon
Bastaría con que el Congreso Nacional ratifique la competencia de la Corte, ya contenida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, acogiendo ese requisito de la sentencia 256-14 del Tribunal Constitucional dominicano.
Por Juan Bolívar Díaz
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-A la República Dominicana le convendría poner fin a los cuestionamientos internacionales derivados de dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC), pudiendo comenzar por someter al Congreso Nacional la ratificación de la Jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dejada en un limbo ya por seis años.
Un segundo paso para recuperar la imagen del país en los organismos de derechos humanos y la comunidad internacional seria empeñarse en la plena aplicación de la Ley 169-14 que enmendó la desnacionalización producida por la sentencia del TC 169-13 de enorme repercusión universal y que dividió agriamente la sociedad dominicana.
En un limbo jurídico
Con su sentencia 256-14 de noviembre del 2014 el TC pretendió evadir las responsabilidades que le reclamó parte de la comunidad nacional y la internacional prácticamente a unanimidad, y específicamente la CIDH por haber dejado anulada la nacionalidad que ostentaban decenas de miles de descendientes de extranjeros nacidos en el país (en gran parte haitianos), retroactivamente hasta el 1929, con su sentencia 169-13 del año anterior, pero sólo logró profundizar el descrédito.
El esfuerzo fue doblemente fallido porque arrojó nuevas condenas de la Corte, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y su similar de las Naciones Unidas, así como de numerosas instituciones que velan por los derechos humanos en el mundo, y también por haber dejado al país en un limbo respecto a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969, que entró en vigor el 18 de julio de 1978.

RD suscribió la Convención el 7 de septiembre de 1977 siendo ratificada mediante la Resolución 739 del Congreso Nacional en diciembre del mismo año, y registrada el 21 de enero de 1978 ante el Consejo de la Organización de Estados Americanos. La misma Convención instituyó la Corte Interamericana y dejó establecido que para aceptar su jurisdicción no se requería nueva convención, que bastaba la adscripción de un representante de los Estados suscribientes. Por eso el presidente Leonel Fernández aceptó la jurisdicción, como casi todos los países, sin otro protocolo que un escrito del 25 de marzo de 1999.
A raíz de la desvinculación de la Corte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA advirtió que esa decisión solo tendría efecto con la denuncia de la Convención sobre Derechos Humanos, lo que no se ha producido, dejando el país en un limbo, pero susceptible de seguir siendo objeto de sentencias de la CIDH.
Vergüenza internacional
La segunda sentencia del TC también apeló a la retroactividad para declarar inconstitucional la jurisdicción de la CIDH en la RD sobre la base de que el Congreso Nacional no la había ratificado, aunque lo “descubrió” 15 años después y tras una decena de eventos que la reconocían, incluyendo algunos del mismo tribunal.
La generalidad de los constitucionalistas dominicanos la rechazaron. Eduardo Jorge Prats con un artículo que tituló “¡Qué vergüenza!”. Con similares calificativos se expresaron otros como Cristóbal Rodríguez, Olivo Rodríguez Huerta, Flavio Darío Espinal, Carlos Salcedo, Nassef Perdomo y Ariel Gautreaux, y juristas de la categoría de Jorge Subero Isa y Francisco Alvarez Valdez. Las juezas del mismo tribunal Katia Jiménez y Ana Isabel Bonilla, y el juez Hermógenes Acosta, dieron votos disidentes en términos absolutos.
Se recordó que el Congreso Nacional ratificó la competencia de la CIDH al aprobar la Ley orgánica del TC 137-11, que la reconoce como la máxima instancia en materia de derechos humanos. Para colmo, el mismo TC en sus sentencias 0084-13 y 136-13 también había reconocido “el carácter vinculante de los dictámenes de la CIDH”. Y su presidente, Milton Ray Guevara había firmado, en noviembre del 2012, un “Acuerdo Marco de Colaboración” con la Corte que dos años después desconocían.
Algunos de los constitucionalistas opinaron que para el país salirse de la Convención, que es la única forma legítima de desconocer la jurisdicción de la CIDH, tendría que mediar una reforma constitucional, ya que el artículo 74.3 de la Constitución proclamada en el 2010, otorga jerarquía constitucional a los tratados y convenciones suscritos por el Estado. Para colmo, la RD logró en el 2006 que la jurista dominicana Rhadys Abréu de Polanco fuera electa como jueza de la CIDH, cargo que ejerció durante 6 años.
Fácil remedio diplomático
Ahora que se ha reducido el furor ultranacionalista de la pasada década y que se pone en vigencia una profesionalización de la diplomacia dominicana, empeñada en mejorar el posicionamiento de la República en el ámbito global, sería conveniente restablecer la jurisdicción de la CIDH y salir del limbo, porque al final ese organismo seguirá juzgando casos de violaciones de derechos humanos aunque aquí no la reconozcan, lo que en el ámbito latinoamericano sólo ocurre además con Venezuela, que en estos tiempos no parece la mejor compañía.
Cualquier legislador o bloque de legisladores, o el Poder Ejecutivo podría tomar la iniciativa con el simple procedimiento de retomar el protocolo enviado por Leonel Fernández en 1999 y someterlo a la ratificación del Congreso Nacional, atendiendo así la única objeción formulada por el TC. Seguro que ello sería celebrado en el ámbito de los organismos internacionales como parte de las rectificaciones que comenzaron con la Ley 169-14 que devolvió la nacionalidad a decenas de miles de afectados por la sentencia 169-13 del TC, que “muy a la dominicana” sostuvo que esta era de aplicación obligatoria, pero “se le buscó la vuelta” para enmendarla.
Poco después de la ley de mayo del 2014, la Junta Central Electoral publicó en dos diarios un listado de 55 mil personas que podían volver a procurar sus actas de nacimiento. Se estima que sólo 26 mil lo han hecho, y que casi la mitad no han podido, unos porque se habían muerto o marchado del país y muchos porque viven en la extrema pobreza y no han tenido los recursos para gestionar un documento ya de poca utilidad para su condición socio-económica.
Para salir de la apatridia
El país necesita reconciliarse con los organismos multilaterales e instituciones sociales internacionales que velan por los derechos humanos, pero también adoptar políticas efectivas que le permitan salir del estigma de auspiciador de apatridia. No basta con que se niegue, si hay señales tan objetivas como la de los que se acogieron al plan B de la Ley 169-14, que otorga la ciudadanía por naturalización a los descendientes de extranjeros nacidos en el país, pero que no hicieron, o no se les aceptó oportunamente la declaración de nacimiento. Se da el caso que en una misma familia hijos mayores obtuvieron el registro, pero no así los que llegaron cuando empezó la discriminación, y así unos son ciudadanos dominicanos y otros extranjeros indocumentados.
En un rígido plazo de apenas meses, 8 mil 768 personas se acogieron al plan de naturalización, pero seis años después, apenas 750 la han logrado, mediante el decreto 262-20 emitido por el presidente Danilo Medina el 16 de julio pasado, 11 días después que perdió las elecciones presidenciales. El 89 por ciento todavía espera un documento de identidad, porque aquí nacieron y aquí han vivido siempre y no tienen otra nacionalidad ni piensan ni pueden ir a buscarla en ningún otro país. Por eso los consideran apátridas.
Es posible que muchos de ellos no hayan completado el paquete de requisitos que se les impuso para ser reconocidos, comenzando por los documentos de identidad de sus padres, que en muchos casos no los tenían, desconocidos, o que hace años volvieron a Haití. Una buena proporción son de padre o madre dominicanos. Otros requisitos difíciles de cumplir para muchos son los testigos de su origen o las comadronas que los recibieron, o los certificados de los hospitales, que en muchos casos ni siquiera los registraban. Tampoco les resulta fácil obtener certificados de empleos. Son una proporción tan ínfima de la población que merece la mayor generosidad.
Hay que borrar el estigma
El país necesita quitarse de encima el estigma que lo mantiene junto a Myanmar, Costa de Marfil, Letonia y Estonia, a la cabeza de los mayores auspiciadores de apatridia en el mundo. El pasado 30 de septiembre al cumplirse el 66 aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos volvió a reclamar a RD un esfuerzo por restañar las heridas de las sentencias del TC.
Tras reconocer y celebrar los efectos positivos de la Ley 169-14 que habría devuelto la nacionalidad a 26 mil personas, y el decreto de Medina que naturaliza a 750, la Comisión instó al Estado dominicano a “buscar medidas sostenibles, asequibles y duraderas” para la situación de unos 6 mil 400 que no han podido obtener la nacionalidad vía el proceso de naturalización, considerados en situación de apatridia. En el mismo sentido se pronunció la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
Desde las sentencias del TC casi todos los años RD es evaluada en el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, donde organizaciones como el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, la Red de las Américas sobre Nacionalidad y Apatridia, Humans Rights y otras unen sus esfuerzos a la nacional Dominicanos por Derecho para mantener los cuestionamientos y reclamos de rectificaciones.
No basta negarlo y el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene suficientes documentos para avalar la necesidad de borrar un estigma que distanció el país hasta de la comunidad de naciones del Caribe, con daños económicos, y lo dejó en las cuatro esquinas del mundo.-
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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3 días agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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2 semanas agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
