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Preguntas sin respuestas de jueza frente a acusación contra red del Abusador.

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Tras ser recusada y apartada del caso de César Emilio Peralta (El Abusador), la jueza que conocía la audiencia preliminar a los alegados integrantes de una red de narcotráfico, encabezada por la figura anteriormente mencionada, fue sacada del proceso luego de cuestionar la calidad de la acusación presentada por los fiscales en contra de los imputados.

La magistrada Patricia Padilla fue apartada del caso tras el Ministerio Público recusarla y un tribunal de alzada acoger esta petición, luego de que opinará sobre el expediente elaborado por el Ministerio Público del que dijo está “desnudo y sin pruebas”.

“Se destapan con una acusación desnuda, sin pruebas… es evidentemente observable las faltas en las que ha incurrido el Ministerio Público y que inclusive dieron lugar a la suspensión del extitular de la (Procuraduría) Especializada Antilavado”, dijo en una audiencia la jueza, que conocía el caso desde el año pasado.

La Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió la recusación del órgano acusador por entender que la imparcialidad de Padilla estaba comprometida ya que en la audiencia se originó una discusión técnico procesal en el que mostró su disgusto con el accionar de los fiscales y emitió juicios de valor respecto a la acusación. Además de que, indicó la Corte, la jueza violentó debido proceso al interrumpir el discurso del Ministerio Público cuando este le estaba recusando.

En su análisis, el tribunal de alzada precisa que los juicios de valor que emitió magistrada Padilla dejan en evidencia su prejuzgamiento del proceso, lo que, explica, compromete la imparcialidad de la juzgadora.
Previo a que fuera recusada y sacada del caso, la jueza Padilla se había inhibido del proceso, cuestión que le fue rechazada por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional como la Corte de Apelación al no encontrar, en ese momento, fundamento para ser apartada.

En la siguiente audiencia fue cuando la fiscal Ramona Nova, titular interina de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, presentó la recusación y la jueza emitió sus comentarios.

En la audiencia preliminar a la magistrada Padilla, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, solo le restaba escuchar los alegatos finales de varias defensas para retirarse a deliberar y decidir si los acusados irían o no a juicio.

Audiencia será reiniciada

Este proceso judicial llegó a los tribunales en agosto del 2019, luego de que la red sindicada a “César el Abusador” fue desmantelada tras una larga investigación.

Aunque el caso tiene ya casi tres años en la justicia, no fue hasta el año pasado cuando se pudo comenzar a conocer la audiencia preliminar.

Ahora la situación se complica ya que la audiencia tendrá que reiniciarse. Esto así debido a que la magistrada Franchesca Potentini, que fue apoderada de este caso, debe ponerse en conocimiento del mismo y para esto hay que arrancar desde cerco.

De acuerdo a lo explicado por juristas, la audiencia preliminar tendrá que recomenzar ya que la jueza Potentini no tiene conocimiento de lo que allí se debatió y tampoco puede “ponerse al corriente” solo leyendo las actas de audiencia o la acusación presentada por los fiscales.

La situación se debe a que al ver un cambio de juzgador, que es quien tiene que tomar una decisión respecto a este caso, se perdió el principio de inmediación que establece el Código Procesal Penal.

La magistrada Potentini es quien, ahora, decidirá si el caso pasa o no a un juicio de fondo y que los imputados sean juzgados en una siguiente etapa. La jueza fijó la audiencia para el viernes 15 de julio.
El Ministerio Público ha dicho que tienen una acusación “con mucha fortaleza” y que cuentan con un auto de apertura a juicio “seguro”.

Los imputados en este caso de narco y lavado

El Ministerio Público ha establecido que la alegada red de César Emilio Peralta, quien actualmente se encuentra en una prisión de Puerto Rico, logró colocar, estratificar e integrar al sistema financiero nacional más de RD$3,418,786,413 procedentes del narcotráfico. Los implicados en este caso son Marisol Franco, esposa de César el Abusador; el expelotero Octavio Dotel, José Bernabé Quiterio, Manuel Sánchez , Johanny Paniagua, Yadher Vásquez (Jake Mate) y Edward Patricio Montero Cabral (el Zapatazo). Además, Alan Bueno Alcéquiez (Alan Dólar), Rafael Reyes, Rodolfo Cedeñ, Heriberto de la Cruz (Erick Aqua), Lidio Peña, Jeifry del Rosario, Melchor Alcántara, Genri Dantana Badía, entre otros.

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Alarmas entre los partidos políticos por sentencia del TC sobre candidaturas independientes

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Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE),  anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.

Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.

Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.

El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.

“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.

Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.

Tribunal Constitucional

Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.

Preocupaciones y acciones conjuntas

Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.

Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.

“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.

Impacto político

Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.

“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.

Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.

“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.

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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.

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Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición  a la creación de una organización política.

Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.

El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).

La alta corte decidió que estos textos eran inconstitucionales debido a que se condicionaba la posibilidad de participar como independiente a la creación de una organización política.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.

Una “amenaza” al sistema de partidos

Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.

“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.

Sin respuesta de la JCE

Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.

La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.

Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.

Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.

«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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