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Destitución de Lugo: ¿Legal e Ilegitima?

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“Cuando se coloca a una persona No Política a ejercer funciones Política, el resultado será el mismo que cuando se permite que un Odontólogo te realice una operación de corazón abierto: “Un Desastre”.

La destitución del Presidente de Paraguay, Fernando Lugo, sorprendió a la comunidad internacional, pero sobre todo a los presidentes del MERCOSUR y de UNASUR, algunos de los cuales han hecho mucho tanto individualmente en sus países, como todos juntos e integrados por aferrarse al poder, llegando algunos a retorcer las leyes y constituciones de sus respectivas naciones para perpetuarse en el ejercicio del mismo.

En su última reunión, el MERCOSUR impuso al Paraguay una suspensión en el organismo hasta tanto pasen las elecciones de abril próximo, declarando que el actual presidente del país era “Legal Pero Ilegitimo”, lo cual consideramos un soberbio disparate de parte del organismo y de los presidentes que lo integran, y si alguien entienden que con esto le estamos diciendo disparatosos a los presidentes del MERCOSUR, está en lo correcto.

EL Caso de Lugo:

Fernando Lugo fue destituido legalmente, mediante la aplicación del artículo 225 de la constitución, el mismo explica con claridad meridiana a quienes se le aplica, quienes lo aplican, como y porque se lleva  cabo un juicio político en ese país, y cuál es la pena impuesta en caso de ser declarado culpable, dicho artículo reza lo siguiente, cito:

DEL JUICIO POLITICO

ARTICULO 225 – DEL PROCEDIMIENTO

El Presidente de la República, el Vicepresidente, los ministros del Poder Ejecutivo, los ministros de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General del Estado, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República, el Subcontralor y los integrantes del Tribunal Superior de Justicia Electoral, sólo podrán ser sometidos a juicio político por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos o por delitos comunes.

La acusación será formulada por la Cámara de Diputados, por mayoría de dos tercios. Corresponderá a la Cámara de Senadores, por mayoría absoluta de dos tercios, juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y, en caso, declararlos culpables, al sólo efecto de separarlos de sus cargos. En los casos de supuesta comisión de delitos, se pasarán los antecedentes a la justicia ordinaria, fin de la cita.

Creemos que con esto no hay absolutamente ninguna duda, pero aun así hemos oído a varios facultos hablar de ilegitimidad, golpe de estado y otras barbaridades, entre ellos al Dr. Leonel Fernández próximo ex presidente de la Republica Dominicana, todo lo cual es erróneo equivocado y no responde a la verdad.

No fue un golpe de estado porque el artículo 225 de la constitución habla por sí mismo, y los que hablan de otra cosa desconocen la realidad o están defendiendo sus intereses particulares.

El Juicio Politico

Los cinco cargos mediante se acuso al presidente Fernando Lugo “mal desempeño de sus funciones” tal cual reza en el artículo 225, fueron:

1.- Mitin político en cuartel militar

El presidente permitió  la realización de un mitin político de los grupos de izquierda que integran la coalición gubernamental, del 6 al 10 de mayo del 2009, en la sede del Comando de Ingenierías de las Fuerzas Armadas. Ese fue un «acto de naturaleza netamente política» que fue avalado por el Gobierno, aseveró José López Chávez, diputado del opositor partido Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (Unace), quien presento la acusación.

«El presidente ha humillado a las Fuerzas Armadas, a las fuerzas públicas, la Policía nacional», acusó el legislador, quien mantuvo que «ni en la más oscura época de la dictadura se han hecho actos políticos en los cuarteles». 

2.- Invasiones de tierra

El diputado liberal (el partido que llevo a Lugo al Poder) Jorge Ávalos tuvo a su cargo presentar la acusación contra Lugo sobre el conflicto que involucra a los «sin tierras», que exigen al Estado la entrega de una hacienda, propiedad del brasileño Tranquilo Favero -el mayor productor individual de soya del país- en Acunday, en la frontera con Brasil.

«El único instigador de invasiones de tierras en la zona de Acunday es Fernando Lugo», que muestra una «conducta cómplice», según Ávalos. «Mientras esas invasiones se realizaban el presidente se mostraba con puertas abiertas a los líderes de las invasiones», remarcó.

3.- Ola de inseguridad

Carlos Liseras, del Partido Colorado, expuso la acusación sobre la ola de inseguridad por la que atraviesa el país y resaltó los rumores de presunta vinculación del Jefe de Estado con grupos que promueven la existencia del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al que la Fiscalía atribuye secuestros y asesinatos de policías.

4.-Protocolo de Ushuaia II 

El también «colorado» Clemente Barrios acusó al presidente Lugo de haber apoyado el Protocolo Ushuaia II del Mercosur, instaurado el 20 de diciembre del 2010 en Montevideo, sin consentimiento del Congreso.

«El protocolo Ushuaia II atenta contra la democracia y ampara a algunos gobernantes que en la actualidad ejercen el poder violentando los pilares de la democracia», denunció.

El Protocolo de Ushuaia es un documento del Mercosur que tiene el objetivo de defender el orden democrático y en el cual se basa el senado de Paraguay para negar la admisión de Venezuela «mientras su gobierno mantenga las agresiones a la institucionalidad democrática (embates contra opositores, ataque a la prensa no oficialista, extrapoderes del presidente, etc.), señalo el diario paraguayo abccolor en su edición digital del jueves  21 de junio.

La oposición paraguaya denuncia que el gobierno del presidente Fernando Lugo apoya una variación de este documento, el Protocolo de Ushuaia II en el cual se apunta a identificar  al «orden democrático» con la figura de los presidentes. y

5.- Matanza de Curuguaty

Finalmente, el diputado Óscar Tuma, también del Unace, se encargó de presentar los alegatos sobre la matanza en Curuguaty, un desalojo de campesinos «sin tierras» el pasado día 15 de Junio, en una hacienda, que se saldó con la muerte de seis policías y diecisiete campesinos.

Tuma advirtió que la misma fue una emboscada contra las fuerzas de seguridad, al tiempo de señalar que Lugo «ha fortalecido a los grupos criminales que amenazan a los ciudadanos y que llegan a lo más bajo, atentar contra la vida de otros».

Estos fueron los alegatos presentados en la acusación contra Lugo, no voy a emitir juicios de valor sobre los mismos, pues sería una intromisión de mi parte, pero quienes tenía que conocerlos los conocieron, la acusación  fue legítimamente presentada por la cámara de diputados y legítimamente juzgada por el senado, lo declararon culpable y como dice el artículo 225 “y, en caso, declararlos culpables, al sólo efecto de separarlos de sus cargos.

Entonces si es legal, si los que tenían el mandato legítimo del pueblo para hacer cumplir la constitución (diputados y senadores), ya que fueron electos por el pueblo en unas elecciones libres y soberanas, esos representantes  fueron que llevaron a cabo el juicio político, ¿donde está la ILEGITIMIDAD?.

El Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L. dice que, cito: Legitimidad es cualidad de lo que es conforme y acorde a la ley, fin de la cita. La enciclopedia libre Wikipedia, dice que: Legitimidad, es un término utilizado en la Teoría del Derecho, en la Ciencia Políticay en Filosofía que define la cualidad de ser conforme a un mandato legal, a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto, entonces a ¿cual Ilegitimidad se refieren?.

El Debido Proceso

Algunos analistas han restado legitimidad al proceso mediante el cual ascendió al poder el Vice Presidente Federico Franco, tal cual lo establece la constitución de Paraguay, que dice “A falta definitiva del Presidente asumirá el Vicepresidente la presidencia de la republica”, aduciendo que no se cumplió con el  debido proceso, significando que no se le dio tiempo para la defensa a Lugo, no sé si se dieron cuenta que el artículo 225 no establece plazos para nada, igual pudo hacerse en doce, 24, 48, 72, o 175 horas como pudieron ser días, como saben los juristas todo “debido proceso” en todas partes del mundo tienen algo en común, están escritos, se  establecen con exactitud todo lo que se debe hacer para llevar a cabo un recurso de cualquier naturaleza, en el caso del juicio político en Paraguay todo está escrito en la constitución y no establece ningún plazo para nada, por lo que el debido proceso en ese caso fue exactamente lo que se cumplió.

Como puede observarse en este análisis, no entramos en consideraciones, de que si la burguesía, que si los norteamericano, que si los latifundista o los poderes facticos, ese será un análisis que haremos más adelante, en el cual discutiremos ¿Por qué destituyeron a Lugo?, ahora solo quisimos ver si fue Legal y Legitimo el proceso de su destitución,  como a todas luces se puede ver que lo fue.

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El  crimen de genocidio en el Estatuto de Roma

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Por Rommel Santos Díaz

El  genocidio es el ¨crimen de todos los crímenes¨. Podría considerarse como el delito más serio de todos los delitos de lesa humanidad. El Estatuto de Roma adopto en su totalidad, la definición de genocidio establecida en la Convención para la Prevención y Represión del Genocidio de 1948

La definición del delito de genocidio se basa en tres elemento: 1) cometer uno o mas de los siguientes actos: a) homicidio, b) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros de un grupo, b) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, c) medidas destinadas a impedir nacimiento en el seno de un grupo, d) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo, 2) dirigirse contra un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

Constituye crimen de genocidio intentar destruir a un grupo, en parte o en su totalidad. El requisito de la intención culpable es bastante importante. Deberá demostrarse que la persona actuó con la intención de destruir  un grupo.

El genocidio no puede cometerse por negligencia. El termino ¨en su totalidad o en parte¨ significa que un acto aislado de violencia racista no constituye genocidio. Deberá existir la intención de eliminar en grandes cantidades a un grupo, aunque no se logre la destrucción completa de este.

Seria recomendable que los Estados Partes del Estatuto de Roma incorporen en el derecho interno el delito de genocidio tal y como lo define el Estatuto . Los Estados que han ratificado la Convención para la Prevención y el Castigo del  Delito de Genocidio ya han tomado las medidas necesarias en su legislación que dan efectividad las disposiciones de esta convención y prevén penas  efectivas para aquellas personas responsables de genocidio.

Si los Estados Partes del Estatuto de Roma no han incorporado el genocidio dentro de su legislación  nacional, estos tienen distintas opciones si desean enjuiciar estos crímenes pro su propia cuenta:

Primero, podrían  adoptar una definición tomada del Estatuto de Roma, o que se refiera a él directamente. La ventaja de esta medida  es una simplicidad, la cual beneficia al legislador de una ley de implementación, además que sería una ley conforme con los requisitos del Estatuto  de la CPI.

Otra opción sería adoptar una serie de delitos independientes que se conectan con cada una de las acciones enumeradas en el Estatuto. Por ejemplo, el Código Penal del Estado podría especificar el homicidio múltiple cometido con la intención de destruir en su totalidad  o en parte, un grupo nacional, étnico, racial o religioso, lo cual constituye genocidio. Lo mismo podría disponerse para las otras cuatro acciones enumeradas en el Estatuto de Roma.

Los Estados también pueden utilizar los delitos generales existentes para enjuiciar a los autores de genocidio, utilizando suficientemente graves que descrinan el delito cometido.

Sin embargo, algunas de las acciones que constituyen genocidio no constituyen un delito bajo el derecho interno. El Estado Parte podrá reformar su Código Penal y crear nuevos delitos que cubran tales acciones. Los Estados Partes deben garantizar que el enjuiciamiento bajo  el derecho interno no sustraiga a las personas de su  responsabilidad penal.

Finalmente, la definición de genocidio podría ser modificada para ser adoptada por el derecho interno, pero con el propósito de facilitarle un significado similar o mas amplio que aquel previsto por el Estatuto. Por ejemplo, Francia indica en su  legislación nacional que el genocidio  podría ser cometido  contra  cualquier grupo. El proceso se deberá tomar con cuidado, sin embargo,  porque cada uno de los términos contenidos  en  el Estatuto de Roma  tiene un significado  particular y son el resultado de un extenso debate, tanto en 1948 como en 1998.

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La semana en que la patria debe escoger su camino

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Por Isaías Ramos

Esta no será una semana legislativa cualquiera. La República Dominicana enfrenta una decisión capaz de marcar nuestra convivencia democrática: corregir las disposiciones cuestionadas del Código Penal para armonizarlas con la Constitución o mantener normas susceptibles de infundir temor, inhibir la denuncia ciudadana y restringir derechos fundamentales. Esta semana no se discute solamente un Código: se decide si el poder obedecerá a la Constitución.

Muchos dominicanos todavía creen que la llamada “ley mordaza” solo afectaría a periodistas y comunicadores. Ese es un grave error. Cuando expresiones, denuncias o cuestionamientos de interés público pueden convertirse en fuente de persecución penal, el miedo no permanece encerrado en una cabina de radio. Alcanza al ciudadano que denuncia corrupción, a la madre que reclama justicia, al comunitario que protege su río, al profesional que fiscaliza una decisión pública y al joven que expresa su inconformidad en las redes sociales.

En este Código Penal no puede quedar ni un solo artículo que riña con la Constitución, amenace los derechos y libertades del pueblo o cierre el camino hacia el Estado social y democrático de derecho que la Carta Magna nos ordena construir. No se trata de defender privilegios ni de conceder impunidad para difamar, sino de impedir que el poder penal del Estado sea utilizado para intimidar la crítica legítima, castigar la denuncia de interés público o colocar a los funcionarios fuera del escrutinio ciudadano.

Frente a nosotros aparecen dos caminos. El primero es el de la Constitución: dignidad humana, libertad, justicia, seguridad jurídica y construcción efectiva de un Estado social y democrático de derecho que aún sigue siendo una promesa pendiente para millones de dominicanos. Es el camino hacia una patria donde nuestros hijos puedan crecer, expresarse, trabajar y formar sus familias sin sentir que deben abandonarla para vivir con dignidad; el camino de la confianza, la estabilidad, la paz y el sosiego.

El segundo es el de la arbitrariedad revestida de legalidad: una sociedad donde las personas comiencen a medir sus palabras y guardar silencio ante los abusos por temor a las consecuencias. No afirmamos que una sola ley provocará automáticamente el derrumbe de la democracia ni un éxodo inmediato. La advertencia es más seria.

Las naciones comienzan a extraviar su rumbo cuando normalizan pequeñas renuncias a la libertad; cuando la autocensura debilita la fiscalización ciudadana; cuando esa debilidad facilita la arbitrariedad; y cuando la arbitrariedad destruye lentamente la confianza en las instituciones y en el porvenir.

El pueblo dominicano debe mirarse en el espejo de otras naciones que ignoraron las primeras señales y terminaron pagando un precio devastador. Los países no pierden sus libertades ni expulsan a su población de un día para otro. El deterioro suele comenzar con pequeñas restricciones, excepciones aparentemente justificadas y silencios que la sociedad acepta hasta convertirlos en normalidad. Los pueblos sabios aprenden de esos procesos y actúan antes de que sea demasiado tarde.

Ningún país se vacía por una sola medida. Primero se marchan quienes todavía poseen preparación, recursos o redes para comenzar de nuevo. Después queda una nación debilitada por la pérdida de sus jóvenes, profesionales, emprendedores y familias productivas.

Porque el éxodo no comienza en el aeropuerto. Comienza cuando un joven deja de creer que podrá construir su vida en su propia patria; cuando un profesional entiende que su preparación no le garantiza libertad, seguridad ni oportunidades; y cuando unos padres concluyen dolorosamente que deben alejar a sus hijos del país que aman para ofrecerles el futuro que ya no logran imaginar dentro de él.

La República Dominicana no tiene que escoger entre combatir la delincuencia y preservar la libertad. Un Código Penal moderno debe proteger a las víctimas, sancionar con firmeza al criminal y asegurar que ningún ciudadano pueda ser intimidado por denunciar, fiscalizar, reclamar, protestar pacíficamente o disentir. Un Estado que sacrifica las libertades en nombre del orden pone en peligro tanto la libertad como el verdadero orden democrático.

La decisión formal corresponde al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo. Pero la responsabilidad histórica también pertenece al pueblo dominicano. ¿Permaneceremos unidos y vigilantes en defensa de la Constitución, o permitiremos que la división, la distracción y la manipulación nos conviertan en espectadores de la reducción de nuestros derechos? Cuando la ciudadanía guarda silencio, el poder pierde sus límites y la Constitución se queda sin defensores.

No debemos esperar un milagro. Debemos exigir sabiduría, prudencia y responsabilidad constitucional. Los congresistas y el presidente de la República juraron respetar y hacer respetar la Constitución. Este es el momento de honrar ese juramento: escuchar las advertencias, corregir toda disposición incompatible con las libertades públicas y entregar al país un Código Penal justo, moderno y firme contra el crimen, pero incapaz de ser utilizado contra la ciudadanía.

Desde el Frente Cívico y Social hacemos un llamado solemne al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo para que se coloquen del lado de la Constitución y honren el juramento que hicieron ante Dios y ante el pueblo de cumplirla y hacerla cumplir. Convocamos también a la ciudadanía a permanecer atenta, unida y vigilante ante cualquier intento de vulnerar sus derechos y libertades.

Esta semana la patria deberá escoger su camino: el de la Constitución o el de la intimidación; el de la confianza o el del miedo; el de la ciudadanía libre o el del silencio impuesto. El Congreso tendrá la votación y el Ejecutivo asumirá su responsabilidad. Pero el pueblo conservará siempre el deber de defender, pacífica y democráticamente, aquello que ningún poder puede legítimamente arrebatarle.

Cuando una nación debe escoger entre el miedo y la Constitución, un pueblo digno no vacila: se une, levanta su voz y defiende la libertad.

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Opinión

Los directores de diarios, ¿quiénes son?

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Por Oscar López Reyes

Bienvenido Álvarez Vega alborea como un adalid del periodismo y un portaestandarte en la dirección de dos relevantes diarios impresos. Para esa función cualifica, profesionalmente, por su formación académica en comunicación, su olfato noticioso agudo y saber periodístico; su rigor en la selección y verificación de la información, y su reconocida honestidad y credibilidad, que anclan como clave.

Bienvenido Álvarez Vega, Premio Nacional de Periodismo, igual que Miguel Franjul, director de Listín Diario, y Aníbal de Castro, director de Diario Libre, quienes acoplan la trilogía de los decanos de los diarios impresos del país. Son respetados por sus trayectorias, y porque saben diferenciar, meridianamente, la especulación y el relato de actualidad e interés colectivo, en su texto y contexto.

Ellos y los otros directores de diarios son reputados porque saben escuchar, guiar en el trabajo en equipo contrarreloj y delegar, e inspirar a sus colegas de labores en las salas de redacción; conocen perfectamente las exigencias de las audiencias, el modelo del negocio de una publicación y cómo adaptar los contenidos en la transición digital de los diarios, sin apartarse de su identidad de la publicación. La experiencia, sin improvisación, enseña a la gestión mediática y a cómo abordar, apropiadamente, la ética periodística.

El retiro de Álvarez Vega de la dirección del matutino Hoy coincidió con solicitudes de alumnos de la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Dominicana O&M que, con frecuencia, me preguntan si tengo relación con el director de X diario, porque quieren mi ayuda para realizar su pasantía. Les contesto que sí, que con todos los directores y que tengo el privilegio de ser un periodista de interludio, y a seguidas exclaman: ¡Qué! Sí -les respondo- porque en 50 años he trabajado con todos ellos (veteranos) y con los jóvenes, como ustedes. Y -para mi sorpresa- indagan quiénes y cómo son ellos.

Para no seguir desgañitándome con respuestas rápidas, y muchas veces mutiladas, preparé un breve prontuario de cada uno de los principales ejecutivos de rotativos, que prefiero compartir con los estudiantes de las otras ocho escuelas universitarias de comunicación social de República Dominicana, y con lectores de esas antiguas gacetas.

1.- Miguel Franjul, director de Listín Diario. Estudió en el Instituto Dominicano de Periodismo (IDP) e ingresó como reportero del Listín Diario en 1968, a los 17 años de edad. También ha sido director de La Información (Santiago), La Nación y Diario@Diario. Es autor de cinco libros. Siendo subdirector de Hoy, me empleó como redactor de ese matutino y a numerosos alumnos ha acogido como pasantes, con una simple solicitud.

2.- Aníbal de Castro, director de Diario Libre. Cambió los estudios de sacerdote en el Seminario Misionero por los de periodismo en la UASD y Estudios de Desarrollo en la Universidad de East Anglia, Londres, en 1979. Laboró para El Nacional, HIN y como jefe de redacción y director de Última Hora. Fue fundador del primer impreso gratuito del país: Diario Libre, así como de la revista Rumbo; embajador en Washington, el Reino Unido, España, Bélgica y jefe de la Misión ante la Unión Europea. Por más de diez años publicó mis artículos de opinión en Última Hora y compartimos la dirección del Instituto de Previsión y Protección del Periodista (IPPP).

3.- Bienvenido Álvarez Vega, director de Hoy. Estudió periodismo en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y laboró como periodista para Radio Ahora, El Nacional, La Noticia, Radio Comercial, Radio Popular y director-fundador de El Siglo, el primer periódico digital del país. El protestantismo ha moldeado su ejercicio profesional y su vida. Compartimos como redactores del matutino El Sol, en 1978, y en la década de 1980 laboré bajo su dirección en el Hoy.

4.- Persio Maldonado, director de El Nuevo Diario. Desde mediados de la década de 1970 se inició en el área administrativa en el matutino El Sol y en 1981 junto a un grupo de periodistas fundó El Nuevo Diario. Se licenció en Ciencias Políticas en la UASD y Derecho en la Universidad Interamericana. Funge como presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios y coproductor del programa Matinal, Canal 5, Telemicro. Juntos laboramos en El Sol y El Nuevo Diario.

5.- Bolívar Díaz Gómez, director de El Nacional. En 1968 se inició en el periodismo como corresponsal de El Nacional en Santiago y luego en la redacción central de la capital y en la revista Ahora. En 1988 fue designado subdirector de El Nacional y a los 27 años ascendido a director, en sustitución de Radhamés Gómez Pepín, fallecido el 26 de octubre de 2015. Desde el 2018, cada martes en ese rotativo me publica la columna Libre Pensar.

6.- Nelson Rodríguez, director de El Caribe. Locutor desde 1972, en Santiago, y en 1977-1980 en el área de producción de El Sol. Laboró como reportero, jefe de redacción y otras funciones ejecutivas en El Nuevo Diario, El Siglo, Última Hora, Diario Libre, la revista Rumbo, Grupo Cinco y la Junta Central Electoral. En 1977-1978 ocupó la secretaría general del Sindicato de Trabajadores de la Editora El País o El Sol, en el cual le acompañé como miembro de la directiva de ese gremio.

7.- José P. Monegro, director de El Día. Inició sus estudios de periodismo en la UASD y terminó en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD). Por 11 años fue reportero de Listín Diario y corresponsal de la agencia norteamericana Asocciated Press (AP). Se desempeñó como jefe de redacción de la revista Ahora y subdirector de El Día, bajo la dirección de Rafael Molina Morillo, a quien sustituyó.

8.- Ingrid González Rodríguez, directora interina de La Información. Licenciada en Educación en la PUCMM, y especializada en técnicas pedagógicas aplicadas a la Educación Superior en la Universidad UTESA. Desde 1996 ha publicado la columna diaria Reflejos, dedicada a tópicos de filosofía, arte, literatura y viajes, en la faceta del periodismo cultural. Escribió para el periódico Centenario y fue consorte del doctor Príamo Rodríguez Castillo, presidente de La Información y de Utesa. A ella me ha unido la literatura.

Similares improntas fueron estampadas por verdaderos periodistas, icónicos en la dirección de diarios, como Rafael Herrera, Francisco Comarazamy, Germán Emilio Ornes y su hijo Antonio Emilio Ornes, Mario Álvarez Dugan, Freddy Gatón Arce, Rafael Molina Morillo, Radhamés Gómez Pepín, Virgilio Alcántara, los hermanos Silvio y Emilio Herasme Peña, Bonaparte Gautreaux Piñeyro, Juan Bolívar Díaz, Antonio Gil, Pedro Caro, Miguel Angel Prestol, Félix Reyna, Mozart Deláncer, Eulalio Almonte Rubiera, Osvaldo Santana, Víctor Manuel Tejada, Ruddy González, Huchi Lora, Juan Manuel García y Manuel Quiroz.

Las publicaciones dirigidas por intelectuales o científicos no periodistas se han caracterizado por la opacidad en el desface informativo y editorial, y terminan en el naufragio, en tanto que los economistas designados como editores económicos se han deslizado, escurridizos, hacia el precipicio más insondable.

Como podemos observar, sin microscopios ni lupas, el director de un diario que sea un periodista profesional experimentado en el reporterismo de calles y fuentes oficiales, evita disgustos no revelados y conflictos con editores y otros miembros de la redacción, que se siente menospreciados por la ausencia de ascensos.

En esta época de desinformación, superficialidades, falsas noticias y manipulaciones/distorsiones expresamente interesadas, el periodista en la dirección de un diario -y no un experto o doctor que pocos entienden por su incorregible exceso de tecnicismos- asegura la aplicación rigurosa de la ética y la independencia informativa por encima de las coacciones comerciales y políticas. En el reverso, el medio tira por la borda el derecho a la información y renuncia a ser un contrapoder, porque se vuelve un artefacto insulso y sin prestigio.

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El autor: Expresidente Colegio Dominicano de Periodistas (CDP)/Asoc. Escuelas de Comunicación Social (AdecomRD) y presidente Asoc. de Profesionales de Relaciones Públicas (Asodoprep).

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