Conecta con nosotros

Opinión

El día en que me salvé de un atentado de la Banda Colorá

Published

on

Después de mi viaje de entrenamiento en Cuba en el año 1967, regresé al país. Encontré mucha tensión en el partido, sobre todo entre el ala teórica, de gente muy preparada, y el ala militar, de la que yo era uno de sus representantes. A veces pensaba que esos compañeros sentían hacia nosotros una especie de desprecio olímpico. Teníamos muchas contradicciones, ya no teóricas, sino que se sentía una relación tensa entre nosotros.

A nivel político parecía que las cosas estaban más tranquilas, por lo que me fui por unos días a mi casa, aunque guardando determinadas precauciones ya que después de mi entrenamiento había entrado clandestinamente al país, como lo había hecho otras veces a consecuencia de la persecución a la que éramos sometidos los luchadores democráticos.

Incluso, en uno de los contados viajes que pude hacer de manera normal fui detenido en Estados Unidos cuando el avión en el que viajaba de Londres a Jamaica se desvió al aeropuerto de Nueva York por problemas técnicos y me sacaron a la fuerza. Me mantuvieron en una cárcel de migración hasta que abordé otro avión que venía a Santo Domingo, al que me trasladaron en un camión con un grupo de chinos, algunos de los cuales tenían la cabeza cortada e iban a ser deportados.

En ningún momento tuve la intención ni el deseo de pisar suelo norteamericano, por lo que me sentí tentado a demandar a la línea aérea inglesa que me transportó. Mi regreso a casa ocurrió en un período en el que las aguas estaban más calmadas, o así lo creíamos. Grave error. Lo más peligroso para un revolucionario es confiarse.

Un día, después de mi regreso, en casa esperábamos la visita de mi abuela Florinda y mi tío Rafael cuando Marcia me pidió comprar unas papas en el colmado para preparar la comida. Entregué las papas y salí otra vez de casa a realizar otra diligencia. Al montarme en mi FIAT 600 escuché a una persona gritar “¡Tony!” y al volver la cara vi una mano empuñando un revólver dentro del carro. No sé qué instinto de conservación me guio, pues agarré la mano del intruso y el disparo salió hacia arriba.

El acompañante de mi agresor y quien había gritado mi nombre estaba en la otra acera armado, pero al parecer rehusó dispararme por temor a herir a su cómplice, que yo mantenía controlado. Aceleré el vehículo; mi atacante se enganchó de la puerta y la capota, pero lo despegué con un codazo. Cayó al pavimento bastante golpeado y después me contaron que se le desprendió hasta el cuero cabelludo. Continué la marcha, me dispararon y los tiros impactaron en un neumático, por lo que el carro giró y tuve que detenerlo frente a los agresores en la calle Juan Sánchez Ramírez, frente al Colegio Universitario de Señoritas. Me desmonté y corrí. Al doblar en la calle Wenceslao Álvarez me metí a una casa cuyo propietario me ofreció protección. Al entrar a la vivienda, ya los hombres estaban tan cerca de mí que en un momento sentí que me habían disparado. En efecto, me dispararon con una pistola de cañón corto y lo que sentí fue que la presión del tiro pasando muy cerca de mi costado.

Al minuto de cesar el tiroteo, mi hijo mayor, Antonio Emilio, que entonces tendría unos seis años, salió de la casa familiar y al ver a la persona tendida en la calle, gritó a su mamá: “No es papá, no es papá”.

Las muchachas del colegio de señoritas también salieron y gracias a ese señor que me protegió pude preservar mi vida. Le pedí que avisara a la policía sobre el atentado y en ese momento llegaron Marcia y una prima al lugar.

Cuando se presentaron los agentes policiales salí y me monté en su vehículo, en presencia de familiares, vecinos y estudiantes. Al llegar al cuartel general de la Policía me llevaron a una salita al lado de la oficina del jefe. Al poco rato se asomó alguien con la mano hinchada y me dijo: “Mira cómo me dejaste la mano”. La única respuesta que se me ocurrió fue mencionarle la madre de mala manera.

El hombre herido que me reclamaba era el sargento Tito, el famoso jefe de la Banda Colorá, y ese fue probablemente uno de los primeros atentados que perpetraron miembros de ese deleznable clan de asesinos.

Luego llegó un alto oficial a tratar de persuadirme de que la intención de los agentes envueltos en el hecho no era atentar contra mí, sino decirme que el jefe de la Policía me quería ver.

—¿Ah, sí? —le contesté— ¿Me querían ver con un revólver apuntándome y que se disparó desde que le agarré la mano?

Me despacharon y desde ese día entré de nuevo a la clandestinidad por mucho tiempo.

Una de las familias que más me protegieron, y a quienes quiero como a la mía propia, fueron los Cassá Bernaldo de Quirós: don José Cassá Logroño, su esposa doña Lily Bernaldo de Quirós y sus hijos Roberto, Beatriz y Constancio Cassá Bernaldo de Quirós. Estuve mucho tiempo viviendo con ellos. Doña Lily era hija de una gloria del derecho de la República Española, don Bernardo Constancio de Quirós, que pasó por la República Dominicana con su familia y Lily se enamoró de un dominicano y se quedó. Ellos se fueron a México. Una de las hermanas de doña Lily estaba casada con uno de los dirigentes importantes en esa época del Partido Comunista Español, apellido Balaguer.

Doña Lily, en su condición de refugiada de la Guerra Civil Española, estuvo en un campo de concentración francés y vivió con ese trauma toda su vida. La vi unos meses antes de morir, ya estaba prácticamente ciega, pero muy lúcida. Su hija me dijo, aunque yo no lo percibí, que ese trauma se le había exacerbado en la vejez.

Mucha gente me acogió en su casa en los períodos de clandestinidad. Entre los primeros, recuerdo con mucho afecto a Alberto Malagón y a su esposa Margarita Tavares, abogada muy conocida y que fue juez de la Suprema Corte de Justicia por muchos años.

Donde Manolo González y Clara Tejera, a quienes siempre vi como mis hermanos mayores por adopción, estuve un tiempo después de la Revolución, pues, aunque se habían hecho las paces y Manolo era considerado igual de peligroso que yo, vivía en Ciudad Nueva, una zona más segura para los excombatientes. Para nosotros estar en áreas fuera de la Zona Colonial era un gran riesgo. Estuve con ellos y sus hijos Carlos, María del Mar, Manuel y Natasha un tiempo, hasta que pudimos conseguir un apartamento en la calle Sánchez, donde había residido Caamaño durante la Revolución. Ahí viví con mi familia algunos años.

Extractos editados de mi libro “Relatos de la vida de un desmemoriado”.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Opinión

Un Llamado a la Conciencia Democrática

Published

on

Por Isaías Ramos

En medio de un escenario político tumultuoso, la reciente exclusión de partidos minoritarios en el debate presidencial constituye una flagrante violación del artículo 39 de la Constitución. Este artículo consagra la igualdad ante la ley y garantiza los mismos derechos y oportunidades para todos, sin discriminación alguna. Esta situación pone en evidencia un alarmante déficit democrático y una profunda desconexión entre las estructuras de poder y las necesidades reales del pueblo dominicano.

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, al organizar un debate presidencial y decidir excluir a ciertos participantes basándose en criterios arbitrarios como el tamaño del partido, no solo ha perpetrado una discriminación injusta, sino que también ha socavado los principios fundamentales de igualdad y pluralismo. Este acto refleja cómo las élites políticas y económicas intentan perpetuar un sistema injusto que favorece a unos pocos en detrimento de la mayoría.

Es perturbador observar cómo los candidatos que aceptaron participar en este debate sin cuestionar la exclusión de otros no solo muestran una falta de compromiso con los principios constitucionales, sino que también evidencian una falta de ética y responsabilidad cívica. La aceptación de esta situación por parte de los candidatos participantes refuerza la percepción de que su interés por mantener su posición en el estatus quo prevalece sobre el bienestar colectivo y el respeto a la ley fundamental del país.

Los dominicanos se enfrentan no solo a la usurpación de su derecho a recibir información diversa y representativa durante un periodo electoral crítico, sino también a la erosión de su capacidad de tomar decisiones informadas. Limitar la participación en el debate presidencial a los partidos mayoritarios priva a la ciudadanía de explorar una gama más amplia de alternativas políticas y soluciones a los problemas nacionales.

Este contexto demanda un despertar cívico. Los ciudadanos deben exigir que se respeten los principios de igualdad y pluralismo en todos los procesos electorales, promoviendo un cambio hacia debates más inclusivos que permitan la participación de todas las fuerzas políticas sin discriminación. El respeto a la Constitución y a los derechos que esta garantiza es fundamental para construir una democracia verdaderamente representativa y justa.

El Frente Cívico y Social continuaremos abogando por un sistema electoral equitativo donde todos los partidos y candidatos tengan la misma oportunidad de ser escuchados. Es esencial que todos los sectores de la sociedad trabajemos juntos para garantizar que las futuras elecciones sean un reflejo fiel de la voluntad popular, libre de manipulaciones y exclusiones arbitrarias.

Por ello, es imperativo despertar nuestro sentido cívico y exigir un cambio hacia debates más inclusivos y equitativos. No podemos permitir que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo y la voluntad popular. Debemos ser guardianes activos de nuestra democracia, velando por el respeto irrestricto a nuestra Constitución y luchando contra cualquier intento de manipulación o exclusión.

En el FCS queremos hacer un llamado urgente: no dejemos que aquellos que buscan perpetuar un sistema injusto y opresor nos silencien o nos dividan. Recordemos siempre que la verdadera fuerza radica en la unidad del pueblo consciente e informado. Si el sistema falla en representarnos adecuadamente, debemos manifestarlo con firmeza mediante acciones como la invalidación del voto o la abstención responsable. El poder está en nuestras manos para forjar un país donde cada voz sea escuchada, cada derecho sea respetado y cada sueño pueda realizarse sin obstáculos.

¡Despierta, RD!

Continue Reading

Opinión

La Corte Penal Internacional y  otras obligaciones internacionales

Published

on

Por Rommel Santos Díaz

La ley internacional concede inmunidad contra el enjuiciamiento penal por Estados extranjeros a los Jefes de Estado  y oficiales diplomáticos (artículo 31 Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). Sin embargo, los delitos enumerados por el Estatuto de Roma pueden haber sido cometidos por diplomáticos, Jefes de Estado, oficiales gubernamentales o por cualquier otra persona que goce de inmunidad diplomática, y la ley internacional no podrá  reconocerles inmunidad alguna contra el enjuiciamiento por tales crímenes.

La Corte Penal Internacional determinará si existe alguna inmunidad, cuando se le refiere un caso. Sin embargo, el artículo 98 del Estatuto de Roma establece ciertas restricciones a la CPI, cuando solicite la entrega  u otro tipo de asistencia a los Estados.

El artículo 98 del Estatuto de Roma trata la situación de entrega de una persona cuando existe un conflicto  con las obligaciones del Estado bajo el derecho internacional o con respecto  a la inmunidad diplomática de un extranjero o su  propiedad.

La Corte Penal Internacional no deberá requerir que un Estado actúe de manera contraria a sus obligaciones  internacionales. Pero al mismo tiempo una situación tal raras veces surgirá, ya que la Corte investigará tales posibilidades antes de solicitar una entrega al Estado. Adicionalmente, las obligaciones del derecho internacional aplicables a los Estados Partes incluirán sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma.

Al aceptar los artículos 27 y 86 del Estatuto, los Estados Partes abiertamente retiran cualquier inmunidad contra la CPI . Por ende, cuando un nacional de un Estado Parte es requerido por la Corte, ese nacional no podrá reclamar las inmunidades normales que existan respecto al enjuiciamiento penal en el exterior, y el Estado requerido no estará violando sus obligaciones internacionales si entrega la persona a la CPI.

No obstante, cuando la CPI haya determinado que la inmunidad si existe, podrá dar curso a la solicitud de entrega solamente si cuenta primero con el apoyo del Estado de nacionalidad del acusado. En tal caso, el Estado requerido  que proceda con la entrega no violara sus obligaciones internacionales de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

El artículo 98 establece que la Corte no podrá dar curso a la solicitud de entrega que requiera  que el Estado requerido viole sus obligaciones de conformidad con los acuerdos internacionales que requieran el consentimiento del Estado que entrega a una persona de ese Estado a la CPI.

Esta situación podría surgir cuando una persona detenida en el Estado requerido haya sido extraditada a ese Estado desde otro país, bajo la condición de ser devuelta a su país luego de la investigación o enjuiciamiento,  o la ejecución de una condena. Podría también darse cuando , bajo el  acuerdo de Estatus de Fuerzas, los miembros de las fuerzas armadas de un tercer Estado se encuentren dentro del Estado solicitado.

Cuando el Estado que entregue sea un Estado Parte del Estatuto de Roma , no deberá restringir la posibilidad de que otros  Estados entreguen  a sus nacionales a la CPI, ya que cada Estado Parte acepta la jurisdicción de la Corte sobre sus nacionales y no hay fundamento para rechazar la entrega de una persona a la Corte .

Sin embargo, cuando la persona requerida alegue el principio de ne dis in idem, y la decisión de  admisibilidad de la CPI aún esté pendiente, el Estado requerido deberá consultar con el Estado que entrega, y la CPI, de conformidad con el artículo 89, para determinar si se debe suspender o no la ejecución de la solicitud.

De lo contrario el Estado requerido tendría que contar con el consentimiento del Estado de la persona que entrega. La CPI deberá contar con la cooperación del Estado que entrega, si no es este un Estado Parte, antes de que la Corte  Penal  Internacional solicite la entrega.

El articulo 98 solo es relevante cuando el Estado requerido pueda demostrar que la acción requerida por la CPI lo obligaría a violar una obligación bajo el derecho internacional. Un Estado  no podrá invocar una  previsión de su derecho interno que garantice inmunidad a la persona a ser entregada.

En el contexto de las obligaciones el Estado Parte tiene la obligación de entregar a una persona  que goce de inmunidad diplomática, cuando la CPI solicite su entrega luego de haber obtenido la cooperación de un tercer Estado para la renuncia de la inmunidad.

Cuando la CPI solicite la entrega de una persona, pero el Estado Parte requerido normalmente estaría violando un acuerdo internacional con un tercer Estado, el Estado requerido  esta obligado a entregar a la persona si la Corte cuenta con el consentimiento del tercer Estado para la entrega de la persona . El Estado Parte requerido deberá entregar a la persona si el tercer Estado es un Estado Parte.

En el marco de la implementación los Estados Partes deberán prever dentro de su derecho interno, la posibilidad de entregar  a una persona a la CPI aunque normalmente goce de inmunidad estatal o diplomática, cuando el Estado de donde esta persona  es nacional acuerde renunciar  a su inmunidad. Debido a que la CPI tiene la autoridad de determinar si existen  o no las inmunidades, no obstaculizaron las la cooperación con la CPI. Esto garantiza que el Estado Parte pueda cumplir con sus obligaciones de entrega.

Los Estados Partes deberán asegurar que sus nacionales puedan ser entregados a la CPI por otros Estados, cuando sea conveniente, y que no existan acuerdos bilaterales o multilaterales que obstaculicen el proceso. Los Estados Partes deberán estar preparados para revelar a la Corte cualquier obligación o acuerdo internacional que pueda estar en conflicto con una solicitud de entrega que este preparando la Corte, si la misma necesitare tal información.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

Continue Reading

Opinión

Danilo al margen de la ley

Published

on

Por Nelson Encarnación

La incitación a la violencia es un delito grave en todas las sociedades organizadas, incluida la nuestra, donde un llamado a alterar el orden público acarrea consecuencias penales para cualquier persona, pues el Estado tiene la obligación no solo de perseguir el hecho, sino de prevenirlo.

Por consiguiente, el expresidente Danilo Medina se coloca al margen de la ley e incurre en ese delito de incitación a la violencia cuando llama a la militancia del Partido de la Liberación Dominicana, que él lidera, a destruir las eventuales carpas que coloquen los seguidores oficialistas en los alrededores de los colegios electorales el próximo 19.

Un líder de la categoría de quien fue presidente de la República durante ocho años, y que además dirige una de las formaciones políticas fundamentales del sistema de partidos, debe ser lo suficientemente prudente y medido para conocer el alcance de sus arengas.

La incitación de Medina tiene varios puntos relevantes, pero fuera del delito en que incurre, hay dos de carácter electoral que su desatino no alcanza a calibrar.

El primero tiene que ver con lo que ya ha determinado la Junta Central Electoral (JCE) respecto de las carpas partidarias, las cuales el órgano de comicios prohibió tajantemente a partir de las alegaciones que produjeron esas instalaciones luego del proceso de febrero pasado.

En consecuencia, la perorata de Medina carece de sentido, si se toma en cuenta la señalada disposición.
El otro aspecto es aún más relevante para los intereses del partido morado y de toda la oposición, puesto que, si entre sus argumentos figura la supuesta manipulación del proceso por el oficialismo para provocar la abstención de sus adversarios, podemos suponer que, con un ambiente de posible violencia, los votantes poco motivados preferirían quedarse en sus casas para no exponerse.

Esto tiene un referente histórico que Danilo conoce perfectamente. Se trata de las elecciones de 1966, cuando el profesor Juan Bosch, candidato frente a un Joaquín Balaguer aupado por los invasores estadounidenses, llamó a sus seguidores a que fueran a votar armados con palos y piedras para defender el voto.

¿Qué hicieron miles de partidarios del PRD? Se quedaron en sus casas para no convertirse en presa de los violentos determinados a imponer a Balaguer. ¿Es esto lo que Danilo quiere para luego alegar irregularidades?

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group