Opinión
El día en que me salvé de un atentado de la Banda Colorá
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3 años agoon
Después de mi viaje de entrenamiento en Cuba en el año 1967, regresé al país. Encontré mucha tensión en el partido, sobre todo entre el ala teórica, de gente muy preparada, y el ala militar, de la que yo era uno de sus representantes. A veces pensaba que esos compañeros sentían hacia nosotros una especie de desprecio olímpico. Teníamos muchas contradicciones, ya no teóricas, sino que se sentía una relación tensa entre nosotros.
A nivel político parecía que las cosas estaban más tranquilas, por lo que me fui por unos días a mi casa, aunque guardando determinadas precauciones ya que después de mi entrenamiento había entrado clandestinamente al país, como lo había hecho otras veces a consecuencia de la persecución a la que éramos sometidos los luchadores democráticos.
Incluso, en uno de los contados viajes que pude hacer de manera normal fui detenido en Estados Unidos cuando el avión en el que viajaba de Londres a Jamaica se desvió al aeropuerto de Nueva York por problemas técnicos y me sacaron a la fuerza. Me mantuvieron en una cárcel de migración hasta que abordé otro avión que venía a Santo Domingo, al que me trasladaron en un camión con un grupo de chinos, algunos de los cuales tenían la cabeza cortada e iban a ser deportados.
En ningún momento tuve la intención ni el deseo de pisar suelo norteamericano, por lo que me sentí tentado a demandar a la línea aérea inglesa que me transportó. Mi regreso a casa ocurrió en un período en el que las aguas estaban más calmadas, o así lo creíamos. Grave error. Lo más peligroso para un revolucionario es confiarse.
Un día, después de mi regreso, en casa esperábamos la visita de mi abuela Florinda y mi tío Rafael cuando Marcia me pidió comprar unas papas en el colmado para preparar la comida. Entregué las papas y salí otra vez de casa a realizar otra diligencia. Al montarme en mi FIAT 600 escuché a una persona gritar “¡Tony!” y al volver la cara vi una mano empuñando un revólver dentro del carro. No sé qué instinto de conservación me guio, pues agarré la mano del intruso y el disparo salió hacia arriba.
El acompañante de mi agresor y quien había gritado mi nombre estaba en la otra acera armado, pero al parecer rehusó dispararme por temor a herir a su cómplice, que yo mantenía controlado. Aceleré el vehículo; mi atacante se enganchó de la puerta y la capota, pero lo despegué con un codazo. Cayó al pavimento bastante golpeado y después me contaron que se le desprendió hasta el cuero cabelludo. Continué la marcha, me dispararon y los tiros impactaron en un neumático, por lo que el carro giró y tuve que detenerlo frente a los agresores en la calle Juan Sánchez Ramírez, frente al Colegio Universitario de Señoritas. Me desmonté y corrí. Al doblar en la calle Wenceslao Álvarez me metí a una casa cuyo propietario me ofreció protección. Al entrar a la vivienda, ya los hombres estaban tan cerca de mí que en un momento sentí que me habían disparado. En efecto, me dispararon con una pistola de cañón corto y lo que sentí fue que la presión del tiro pasando muy cerca de mi costado.
Al minuto de cesar el tiroteo, mi hijo mayor, Antonio Emilio, que entonces tendría unos seis años, salió de la casa familiar y al ver a la persona tendida en la calle, gritó a su mamá: “No es papá, no es papá”.
Las muchachas del colegio de señoritas también salieron y gracias a ese señor que me protegió pude preservar mi vida. Le pedí que avisara a la policía sobre el atentado y en ese momento llegaron Marcia y una prima al lugar.
Cuando se presentaron los agentes policiales salí y me monté en su vehículo, en presencia de familiares, vecinos y estudiantes. Al llegar al cuartel general de la Policía me llevaron a una salita al lado de la oficina del jefe. Al poco rato se asomó alguien con la mano hinchada y me dijo: “Mira cómo me dejaste la mano”. La única respuesta que se me ocurrió fue mencionarle la madre de mala manera.
El hombre herido que me reclamaba era el sargento Tito, el famoso jefe de la Banda Colorá, y ese fue probablemente uno de los primeros atentados que perpetraron miembros de ese deleznable clan de asesinos.
Luego llegó un alto oficial a tratar de persuadirme de que la intención de los agentes envueltos en el hecho no era atentar contra mí, sino decirme que el jefe de la Policía me quería ver.
—¿Ah, sí? —le contesté— ¿Me querían ver con un revólver apuntándome y que se disparó desde que le agarré la mano?
Me despacharon y desde ese día entré de nuevo a la clandestinidad por mucho tiempo.
Una de las familias que más me protegieron, y a quienes quiero como a la mía propia, fueron los Cassá Bernaldo de Quirós: don José Cassá Logroño, su esposa doña Lily Bernaldo de Quirós y sus hijos Roberto, Beatriz y Constancio Cassá Bernaldo de Quirós. Estuve mucho tiempo viviendo con ellos. Doña Lily era hija de una gloria del derecho de la República Española, don Bernardo Constancio de Quirós, que pasó por la República Dominicana con su familia y Lily se enamoró de un dominicano y se quedó. Ellos se fueron a México. Una de las hermanas de doña Lily estaba casada con uno de los dirigentes importantes en esa época del Partido Comunista Español, apellido Balaguer.
Doña Lily, en su condición de refugiada de la Guerra Civil Española, estuvo en un campo de concentración francés y vivió con ese trauma toda su vida. La vi unos meses antes de morir, ya estaba prácticamente ciega, pero muy lúcida. Su hija me dijo, aunque yo no lo percibí, que ese trauma se le había exacerbado en la vejez.
Mucha gente me acogió en su casa en los períodos de clandestinidad. Entre los primeros, recuerdo con mucho afecto a Alberto Malagón y a su esposa Margarita Tavares, abogada muy conocida y que fue juez de la Suprema Corte de Justicia por muchos años.
Donde Manolo González y Clara Tejera, a quienes siempre vi como mis hermanos mayores por adopción, estuve un tiempo después de la Revolución, pues, aunque se habían hecho las paces y Manolo era considerado igual de peligroso que yo, vivía en Ciudad Nueva, una zona más segura para los excombatientes. Para nosotros estar en áreas fuera de la Zona Colonial era un gran riesgo. Estuve con ellos y sus hijos Carlos, María del Mar, Manuel y Natasha un tiempo, hasta que pudimos conseguir un apartamento en la calle Sánchez, donde había residido Caamaño durante la Revolución. Ahí viví con mi familia algunos años.
Extractos editados de mi libro “Relatos de la vida de un desmemoriado”.
Por Isaías Ramos
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.
Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.
El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.
Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.
Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.
El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.
Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?
La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.
Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.
Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.
Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.
No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.
La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?
La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.
Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.
Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.
La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.
En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.
Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.
No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.
Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.
Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.
Opinión
El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad
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3 días agoon
junio 10, 2026Por Robinson Lebrón
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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.
El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.
Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible
Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.
Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:
- Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
- Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
- El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.
Opinión
Cumplimiento de la condena de la Corte Penal Internacional
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3 días agoon
junio 10, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.
La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.
Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.
Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.
En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.
En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.
La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.
En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.
